El huracán Otis, de categoría 5, destrozó a Acapulco el pasado miércoles 25 de octubre. Este fenómeno comenzó como un ciclón tropical que se intensificó rápidamente, sin dar oportunidad de tomar medidas adecuadas para proteger a la población costera. Se trató de un evento de intensificación rápida, pasando de categoría 1 a 5 en menos de 24 horas. Este tipo de fenómenos meteorológicos es una consecuencia del cambio climático y se espera que se vuelvan más frecuentes. Estas son las consecuencias de las acciones y omisiones humanas, ya que las sociedades modernas han adoptado una actitud egoísta hacia la naturaleza.

El Estado moderno ha basado su idea de bienestar en la superioridad del ser humano sobre su entorno. Se crearon derechos que permitieron dominar y explotar los recursos naturales sin considerar las necesidades de otros seres vivos del planeta ni la sostenibilidad del bienestar humano a largo plazo. Las constituciones liberales se centraron en las libertades y la protección de la propiedad privada, otorgando a las personas un amplio margen de actuación y encomendando al Estado la tarea de garantizar estas libertades. Esto fomentó el crecimiento económico inmediato sin tener en cuenta las implicaciones futuras.

Luego, el Estado de Bienestar se basó en un bienestar presente. El constitucionalismo transitó a un beneficio colectivo, en donde el principio de solidaridad se convirtió en el eje rector de la convivencia humana. En esa modalidad, la sociedad y las estructuras estatales actúan en favor de la igualdad sustantiva a través, principalmente, de la protección de personas en situación de vulnerabilidad. No fue un avance centrado en el cuidado del entorno, sino en la buena convivencia humana, siguiendo una visión utilitarista de la naturaleza.

Las sociedades han creado derechos que les han permitido dominar y explotar los recursos naturales de manera desmedida en su beneficio, sin considerar las necesidades de otros seres vivos del planeta y el bienestar general del entorno. La idea de una producción acelerada para el desarrollo económico de los países ha llevado a una explotación desmedida de los recursos naturales. Esta postura dominante en las organizaciones sociales ha generado el inicio de nuestra destrucción.

Ante las evidencias del deterioro ambiental, en el siglo pasado comenzaron a surgir los primeros acuerdos internacionales para la preservación del medio ambiente, debido a su importancia mundial. La Carta Mundial de la Naturaleza, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 28 de octubre de 1982, suscrita por México, prevé que la “especie humana es parte de la naturaleza y la vida depende del funcionamiento ininterrumpido de los sistemas naturales” y que los “beneficios duraderos que se pueden obtener de la naturaleza dependen de la protección de los procesos ecológicos y los sistemas esenciales para la supervivencia y de la diversidad de las formas de vida, las cuales quedan en peligro cuando el hombre procede a una explotación excesiva o destruye los hábitats naturales”. Esta Carta hace un llamado a la vida humana en armonía con la naturaleza.

A pesar de estas obligaciones, los Estados han priorizado la estabilidad económica en detrimento de la sustentabilidad ambiental. Esto se debe a que el fortalecimiento económico de un país genera beneficios inmediatos para las personas al aumentar su capacidad adquisitiva, pero tiene efectos negativos a largo plazo al perjudicar la sostenibilidad de los recursos que brindarán bienestar a las personas en el futuro.

En el constitucionalismo mexicano, desde 1987, hay una visión ecocéntrica a través de principios que contrarrestan la visión antropocéntrica basada en las libertades humanas. Con el decreto de reforma a la Constitución General publicado el 10 de agosto de 1987, se reformó el artículo 27, tercer párrafo y se adicionó la fracción XXIX-G del artículo 73. El propósito de esta reforma fue “destacar el interés de la Nación en la protección del ambiente y en la preservación y restauración del equilibrio ecológico, otorgándose, con rango constitucional, las facultades necesarias a los órganos de gobierno para tales fines”. Esto se hizo necesario ya que el texto original de la Constitución de 1917 no abordó los problemas del desarrollo económico, la industrialización y el crecimiento demográfico.

La visión ecocéntrica en México se fortaleció con el decreto de reformas a la Constitución General publicado el 8 de febrero de 2012, que incorporó el derecho fundamental al medio ambiente sano en el párrafo 5 del artículo 4º. Este derecho establece lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.” Sin embargo, a pesar de estos avances, la visión ecocéntrica no se ha tomado en serio y carece de efectividad.

Es crucial que el Estado mexicano aborde de manera oportuna los estragos causados por el huracán Otis y cumpla con la visión ecocéntrica como un enfoque preventivo ante el problema. Esto no se limita a tener sistemas de alerta eficientes para fenómenos de intensificación rápida, sino que también busca abordar la raíz del deterioro ambiental.

Si no se toman medidas a través del cumplimiento de normas que restrinjan la voracidad humana, los fenómenos de intensificación rápida seguirán ocurriendo. La devastación de Acapulco envía un mensaje claro: no somos superiores, sino parte de un sistema natural que merece respeto. Nuestros sistemas legales deben armonizarse con las necesidades de los sistemas naturales. Las constituciones deben regular las acciones humanas considerando un equilibrio con el entorno, la sostenibilidad del bienestar de otros seres vivos y el bienestar futuro de las personas.

Frente al desalentador panorama ambiental, los sistemas jurídicos deben regular el cuidado del entorno natural y establecer obligaciones para las autoridades a fin de garantizar el uso futuro de los recursos naturales.