La Constitución Mexicana, en su artículo 4º garantiza el derecho a la alimentación, como parte necesaria de una nutrición adecuada, balanceada y de calidad para mejorar la vida de las personas, al disponer:

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

No es mandato menor lo prescrito en la Carta Fundamental, implica un estudio de las regiones, sus culturas, los alimentos que existen y los que no en cada región, y, en un momento dado, los canales de distribución y, algo aún de mayor importancia, el que no existan intermediarios que encarezcan los productos o satisfactores.

La Corte Interamericana (Caso Lahka Honat “Nuestra Tierra” contra Argentina), resolvió que la alimentación no solo debe ser de calidad, sino que debe ser culturalmente aceptada, esto es, va mas allá de lo que el cuerpo humano requiere, sino que también la alimentación se relaciona con un imaginario colectivo, existe, entonces, un encadenamiento psico-social.

Además, se ha documentado en el mundo y en México, falta de alimentos, se dice que no existen los suficientes alimentos para poder nutrir a la población mundial y a la de México, pero, por otra parte, también los datos muestran los millones de toneladas de alimentos perecederos que se tienen que tirar, y, en este caso, hay quienes sostienen que no hay falta de satisfactores alimentarios, sino que lo que no hay es una debida distribución de ellos, que los canales de reparto no llegan a donde se ocupan.

También, se desechan alimentos no por calidad sino por condición, porque no se muestran en su esplendor ante la vista.

Las políticas de los Estados del mundo, y, particularmente, de México, deben concebir canales de distribución agroalimentaria y pecuaria desde lo urbano y hasta lo rural, proteger a los productores –cualquiera que sea su vocación productiva, para garantizar la cultura alimentaria-, abatir la carestía, pero, sobre todo, evitar que se desperdicien alimentos o que se desechen por motivos no de calidad, sino de condición.

Estos retos, desde la perspectiva de los derechos humanos, son inaplazables, pues nuestro País carece desde hace décadas de una política alimentaria y nutricional, que se encuentra en nuestra agenda política suprema: La Constitución, lo que, desde luego, debe transformarse en un programa de gobierno y en acciones específicas.

 

El autor es ombudsperson del estado de Michoacán.