-Nicéforo, si elegimos a muchos políticos para ocupar cargos de Gobierno, qué inconveniente existe para que los jueces también sean elegidos?

-Carlos, muchos mexicanos hacen la misma pregunta: ¿porqué no elegir a los jueces, si así se elimina la corrupción del Poder Judicial, como  ha dicho AMLO? Eso encierra una doble mentira; una, afirmar que el Poder Judicial es corrupto, sin demostrar un solo caso de corrupción; pero aún aceptando que existiesen algunos, la segunda falsedad es que con la elección de los jueces se pueda desterrar ese vicio; con los hechos se desmiente la falacia: si la elección fuera la solución, ninguna corrupción habría en los poderes legislativo y ejecutivo, pero todos conocemos la vergonzosa realidad.

Los políticos son electos porque los ciudadanos conocen sus antecedentes, experiencia, ideología, sus proyectos de trabajo, las obras públicas que prometen realizar, los electores los interrogan, los comparan con sus contrincantes, instándolos a debatir, haciéndoles todo tipo de críticas y objeciones; legislar y administrar, son tareas fácilmente entendibles. Los políticos buscan la fama y la popularidad.

En cambio, quienes optan por la judicatura, deben ser estudiosos y profundos conocedores del Derecho, haber cursado la Maestría o el Doctorado, sus ideales y su vocación tienen como centro la justicia como suprema virtud que garantiza la paz y convivencia social,  se someten a varios exámenes no sólo jurídicos, sino psicológicos y éticos; ningún abogado honorable, congruente y leal a sus convicciones, se prestaría al ridículo y a la faramalla de hacer campaña como candidato a juez; ya lo decía Aristóteles en la Política: “No está bien que el mismo que va a ser merecedor del cargo lo solicite. Debe ejercer el cargo el digno de él, quiera o no quiera” (  Cfr. infra L. II Pág. 87 ). Supongamos que los“electores” preguntasen al candidato: 1.- ¿ Puedes explicarme en qué consiste el jus utendi, fruendi et abutendi?,  2.-¿Qué consideras mejor, el pacto comisorio expreso o el tácito?,   o quizás 3.-¿ Dictarías una sentencia condenatoria en contra de tu hijo, si es culpable?, 4.- ¿ Si voto por tí , y  mi acreedor me demanda judicialmente,   dictarás   sentencia absolutoria?. Quien formulase las preguntas 1 y 2, tendría que ser  un perito en Derecho; quien hiciera las preguntas  3 y 4 sería un ignorante del Derecho o un insidioso  de mala fe.

Es concluyente, entonces,  que quien debe seleccionar o designar  a un Juez, forzosamente tiene que ser un sinodal de Juristas talentosos y experimentados después de haber aplicado los exámenes pertinentes y valorado a los interesados, pero  por Lógica natural y jurídica, prudencia y sindéresis, es imposible que los Jueces sean electos por el voto  de los ciudadanos.

La conclusión anterior se apoya, por un lado, en la práctica y convicción generalizada desde hace veinticuatro siglos a partir de la autorizada e intachable sabiduría del Estagirita, y por otro, en la imposibilidad fáctica de la elección, que la torna claramente nugatoria, aparte de ser inconstitucional, violatoria del artículo 49   de la Carta Magna.

En su incomparable libro de la Política, al referirse a la soberanía del pueblo y a las elecciones, Aristóteles expone en un  magistral silogismo: “Elegir bien es misión de los expertos; por ejemplo, a un geómetra corresponde a los expertos en geometría, y a un piloto a los expertos en pilotaje. Aunque en algunos trabajos y artes participan también algunos profanos, no lo hacen mejor que los expertos. De modo que, según este razonamiento, no debe hacerse soberano al pueblo ni de la elección de magistrados ni de la rendición de cuentas” (Política,Libro III Pág.125, Editorial Gredos, S.A. Madrid 2015).

Aplicando la sana crítica y el razonamiento deductivo, de la simple lectura del Decreto de reformas se llega a lo siguiente: las difamatorias imputaciones  de corrupción del Poder Judicial por parte de AMLO solamente quedaron en palabrería de las “mañaneras”; el Decreto no establece qué elementos concretos, claros y contundentes o  qué medios resultarán eficaces para eliminar la corrupción de los Jueces  precisamente como consecuencia de la elección libre, directa y secreta por la ciudadanía; el complejo procedimiento que establece el artículo 96, reformado, de la Constitución, ni los propios legisladores lo entendieron; ergo se desprende con toda certeza la imposibilidad material y jurídica  para que “los electores” puedan ELEGIR BIEN, como dice Aristóteles.

Lo indiscutible es que el autor de la innecesaria, impracticable e inconstitucional  reforma, fue un demagogo hinchado de odio y rencor y con claro propósito dictatorial: una forma de adular a los legos y profanos es  hacerlos sentir empoderados  porque decidirán quién será juez, engallados además por el odio que les transfirió el demagogo contra los actuales Juzgadores Federales; el Decreto demuestra un simple prurito de cambiar la Constitución, sin entender que, como también  lo afirma el mejor discípulo de Platón: “Cambiar fácilmente de las leyes existentes a otras nuevas, debilita la fuerza de la ley” (Op. cit. Libro II Pág.82). Pareciera que el mejor filósofo de Occidente profetizó el tropiezo que nos causaría nuestro embozado dictador y nos propuso la profilaxis.

Pero lo más nefasto es la perversidad que entraña la reforma judicial promovida por López Obrador bajo un disfraz democrático y apoyada por una cuadrilla de  lacayos, con la inexorable consecuencia que ello acarrea, pues cabalmente por estar en el cargo gracias al gran elector o a  electores influyentes (pensar en la elección POPULAR es un espejismo, según ha quedado demostrado) incluso los Ministros de la Corte fungirán como “simples empleados” del Ejecutivo, resolviendo las controversias judiciales a conveniencia de quien los eligió; en tal tesitura, habrá desaparecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación como uno de los tres Poderes Federales con independencia y soberanía constitucional, consumándose así una  dictadura despótica de López Obrador o de su causahabiente, puesto que el vergonzoso sometimiento de los legisladores es  evidente, y será ya letra muerta el artículo 49 constitucional que establece que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que no podrán reunirse dos o más poderes en una sola persona o corporación .

Causa pavor la soberbia, el populismo y la ignorancia de los vasallos del dictador, cuando desde la Presidencia o desde las Cámaras , o desde las Legislaturas se ufanan del “avance de la reforma judicial” afirmando pomposamente: “¡La reforma judicial va!”,  “¡Desde el momento en que fue publicada, ya es Constitución!” “¡La Corte no es nadie para cambiar la Constitución!”, “¡Los jueces serán elegidos!”, “¡Le haremos un buen regalo a López Obrador!”,  “¡EL PUEBLO YA DECIDIÓ,  CON LA VOLUNTAD DEL PUEBLO NO SE NEGOCIA!”.  “¡México será el primer país del mundo en el que los jueces serán elegidos!”

Cabe preguntar a la pléyade de insignes juristas legisladores cómplices del dictador: ¿Cuándo se llevó a cabo un plebiscito o un referéndum al menos en la Ciudad de México, o la consulta popular prevista en los artículos 35 y 41 de nuestra Constitución Federal para enterarnos de que el pueblo mexicano decidió elegir a todos los jueces de nuestro país? O también piensan reformar la Constitución estableciendo que la elección de jueces (¡y de una vez de los diputados y senadores y del presidente de la República, para ser prácticos!)  se realice a mano alzada, como le gusta a don AMLO?