De nueva cuenta el señor Hugo Aguilar Ortiz habló de su ronco pecho. No me atrevo a calificarlo de jurista; algunos han cuestionado que lo sea y, en este caso, seguí el consejo que aparecía en una placa fijada en los muros de uno de los edificios de la Universidad de Chicago y que vi hace más de sesenta años; ésta, según recuerdo, más o menos decía: En esta Universidad se presume que todo son estúpidos salvo que demuestren lo contrario.
Estoy seguro de que el señor Hugo Aguilar Ortiz no sabe Derecho; en las oportunidades que ha tenido para demostrar lo contrario, más han puesto en evidencia su ignorancia que su sapiencia. Parece que sí tiene el título de licenciado en derecho, pero en este caso, tal como le dijeron a Álvaro Obregón, en estos tiempos cualquier pendejo es general, también puede decirse: en estos tiempos cualquiera es licenciado en derecho.
El señor ministro electo ha abierto la boca de nueva cuenta y, según se está haciendo costumbre, lo ha hecho para decir tonterías. Al parecer esos van a ser los nuevos usos y costumbres a los que tenemos que irnos acostumbrando.
Según informa la prensa declaró:
Ser aliado del SAT; que tiene compromiso con los pueblos originarios; que es parte del movimiento de los pueblos indígenas; que buscará una Suprema Corte de puertas abiertas, itinerante, que salga al territorio a conocer los contextos sociales y promueva un trato humano y comprensivo.
“No vamos a esperar ahí en los asientos, sentaditos, a ver si la realidad llega a conmovernos o a despertar nuestro raciocinio, vamos a estar saliendo al campo. … creará equipos que atraigan los casos relevantes en esas materias. Además, se dará atención prioritaria a los miles de casos penales sin sentencia, en especial de personas presas sin recursos ni defensa” (El Financiero, 29 de julio de 2025).
El pobre futuro ministro no sabe de lo que está hablando y de que existen vías, instancias y recursos para que esos asuntos, en forma limitada, lleguen al conocimiento de la Suprema Corte. Ésta, para acabarla de amolar, en el futuro, por virtud de la reforma de 2024, funcionará únicamente en Pleno. Lo que derivará, téngalo por seguro, en un rezago nunca antes visto.
En el caso, al parecer, hay una explicación, que no llega a justificación, de su proceder. Entiendo la razón de su locuacidad: está oyendo pasos en la azotea: la ministra Lenia Batres Guadarrama está intentando quitarle la presidencia de la Corte. Invoca para hacerlo un argumento que está de moda: paridad de género. Ella, al fin ministra Burra –yo niego que lo sea–, pasa por alto dos consideraciones de fondo: una, un mandamiento constitucional, que es de naturaleza suprema; y el otro: que en la actualidad ocupa la presidencia del Alto Tribunal una mujer.
Con sus declaraciones el futuro ministro Aguilar quiere dar a entender que su presidencia es un hecho que está fuera de dudas y de discusiones y que, como tal, ya está tomando decisiones.
Yo le aconsejo que se serene. Su presidencia está segura. El tercer párrafo del artículo 94 constitucional dispone: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionara en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quien alcance mayor votación”.
De ese precepto se desprende, de manera indudable, una salvedad al principio de paridad de género; éste no opera cuando la presidencia de la Corte se confía a quien hubiere obtenido el mayor número de votos. En el caso quien ganó, y con mucho, fue el señor Aguilar.
La señora Batres, al externar su pretensión de presidir la Corte, de nuevo demuestra su ignorancia y exhibe su ambición. Ignora, pues esa es la realidad, algunos principios jurídicos:
Uno: la ley especial prevalece sobre la general; el segundo que es un principio general del Derecho, contenido en el artículo 10 del Código Civil federal que dispone: “Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario”.
En el caso la norma especial es la contenida en el artículo 94 constitucional, que deposita la presidencia de la Corte en quien obtenga mayor número de votos en la “elección” y la general, las normas que establecen la paridad de género.
La paridad de genero es un principio general que cede ante un precepto expreso y específico: el transcrito; éste, en forma expresa, dispone que se deposite la titularidad de la presidencia de la Corte en quien, en la elección, alcanzó el mayor número de votos: Héctor Aguilar Ortiz.
Si de paridad de género se trata, nadie puede ignorar que en la actualidad presiden la Corte una mujer: doña Norma Piña, luego, en aplicación de ese principio, le toca a un hombre presidirla. No hay de otra.
En ignorancia ni a cuál de los dos ir. La señora Batres a la ignorancia agrega otros vicios: uno, el de la ambición; y otro, el de ser discriminadora; al sumarlos, da un mal resultado que no va con alguien que es miembro del más Alto Tribunal y que se entiende que en el momento en que llega al edificio de la Corte, se olvida de sus prejuicios, ideología e intereses políticos y particulares, para resolver de manera imparcial los asuntos sometidos a su consideración.
Si por virtud de lo dispuesto por los artículos transitorios la señora Batres presidirá la Corte a partir de 2027, ¿Qué prisa tiene en hacerlo a partir de septiembre de este año?
(La presidenta Sheinbaum ha puesto a la señora Batres en su lugar: por declaración hecha el lunes 4 de agosto, reconoció al señor Aguilar Ortiz como futuro presidente de la Corte).


