La Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer este lunes el reglamento de ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, indica que la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos tiene 90 días hábiles para realizar las modificaciones a su reglamento Interno.
En 90 días, la Secretaría Técnica de la Comisión Intersecretarial deberá crear la página web que contendrá una base de datos para dar seguimiento al Programa Nacional en la materia.
Expone que se da un plazo de 120 días para el diseño de los programas de capacitación, formación y actualización a que se refieren los artículos 89, fracción XV, de la ley y 83 del reglamento.
El mismo plazo se da a las dependencias y entidades de la administración pública federal que proporcionen atención directa a las víctimas, ofendidos o testigos de delitos de trata de personas para diseñar, implementar y modificar planes y programas en la materia.
La Comisión Intersecretarial, en coordinación con la Segob y la PGR, deberá expedir en 90 días hábiles los protocolos únicos para el uso de procedimientos y recursos para el rescate, asistencia y protección de las víctimas y posibles víctimas de los delitos previstos por la ley.
El ordenamiento que entrará en vigor mañana señala que se abroga el Reglamento de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
