La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) informó que se adicionan modifican y derogan diversos puntos del Protocolo de Actuación Policial para el control de multitudes y la detención de infractores y probables responsables.

Dichos documentos publicados este jueves en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y que entrará en vigor a partir del 25 de octubre, aclaran que para las acciones de control de multitudes y restablecimiento del orden público se analizará y determinará el grado de riesgo o amenaza en la zona circundante al punto estratégico.

En el primer acuerdo de la SSPDF se establecen las acciones tácticas así como estrategias operativas de contención, por lo que para una multitud pacífica se deberá aplicar la Contención de Multitudes.

En tanto para las multitudes violentas se deberá recurrir a la aplicación del Restablecimiento del Orden Público, para liberal el bloqueo de vialidades y dispersar a las personas manifestantes, la aplicación de “Liberación de Vialidades”.

Añade que cuando se instrumenta acciones en coordinación con el Estado Mayor Presidencial, autoridades federales, de los tres poderes de la Unión, estatales y municipales, cada una asumirá la responsabilidad dentro de su ámbito de competencia, de conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

El documento indica que la Subsecretaría de Desarrollo Institucional diseñara e instrumentará los cursos de capacitación adiestramiento, y actualización dirigidos a la Policía del Distrito Federal, necesarios para la puesta en marcha del protcolo.

Precisa que dichos cursos deberán enfocarse en las áreas de Marco Jurídico y Derechos Humanos, Psicología de la Multitudes, Manejo de Crisis, Manejo de Equipamiento para el Control de Multitudes, Técnicas , Tácticas y Estrategias para el control de Multitudes, Primeros Auxilios, Ética Policial y Elaboración de informes.

Además se emplearán gradualmente los niveles de fuerza ya señalados con anterioridad, en caso de que otras medidas resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto.

Los ordenamientos giran instrucciones a la Jefatura del Estado Mayor Policial a las Subsecretaría de Operación Policial, de Control de Tránsito, de Desarrollo Institucional de Participación Ciudadana y Prevención del Delito y a la Oficialía Mayor.

Lo anterior, para que en el ámbito de sus atribuciones provean lo necesario para la instrumentación de las disposiciones antes mencionadas y la actualización de la normatividad institucional.