Son ya 19 legislaturas las que aprobaron las modificaciones al artículo 41 de la Constitución presentadas por el Ejecutivo Federal, para ampliar las causales de nulidad de elecciones cuando se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley.
De acuerdo con la gaceta Parlamentaria de la Comisión Permanente, los Congresos de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango , Guanajuato, Hidalgo, México, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán informaron que ya dieron cumplimiento al trámite legislativo.
Una vez que el congreso de la Unión declare la validez constitucional de la reforma, está entrará en vigor.
El marzo pasado el presidente Enrique Peña Nieto envió una iniciativa al Senado de ley para reforma el artículo 41 de la Constitución, con lo que plantea que sea causal de nulidad en las elecciones, federales, y locales, no sólo la compra sino también la adquisición de cobertura informativa o tiempos en radio y televisión.
En base a la iniciativa, se plantea modificar el inciso “b” del tercer párrafo de la base IV del artículo 41 de la carta magna para agregar el concepto de “adquirir”, porque a decir del Ejecutivo el término “comprar”, resulta limitado el insuficiente en relación con el propósito de la Reforma Política aprobada por el Congreso el año pasado.
