Este martes admitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) en contra de diversos artículos de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la cual establece, entre otras cosas, la obligación de avisar a la autoridad sobre la realización de una manifestación pública, con 48 horas de anticipación.

Las demandas fueron turnadas al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien dio entrada a los recursos en los que se impugna la constitucionalidad de los artículos 7, 9, 69, 213 y 214 con los que se pretende regular manifestaciones, peregrinaciones, desfiles, caravanas o cualquier concentración humana de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social que puedan afectar el tránsito, vialidades, la paz y tranquilidad de la población de la Ciudad de México.

La norma fue publicada el pasado 14 de julio en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

En la demanda, la CNDH argumenta que la obligatoriedad de dar aviso a las autoridades  viola los derechos a la libertad de tránsito, de expresión, no discriminación, seguridad jurídica y asociación, así como los principios de legalidad, pro persona y de restricciones previstas expresamente por la constitución.

Gutiérrez Ortiz Mena dio vista al gobierno del Distrito Federal y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como a la Procuraduría General del a República para que presenten sus alegatos respectivos.

El ministro instructor no tiene fecha límite para presentar su proyecto de dictamen al pleno de ministros.