REFLEXIONES CONSTITUCIONALES

 

 

 

¿Legítima defensa… con 11 muertos y empate?

 

Alfredo Ríos Camarena

El Poder Judicial de Michoacán, particularmente el magistrado de la Sala Séptima Penal del estado, Víctor Barragán Benítez, ha dictado una sentencia que será histórica por absurda, contradictoria y porque deja en absoluta impunidad la muerte de 11 personas.

La acción de los grupos de autodefensas —convertidos en autoridad para enmarcar la lucha contra el crimen organizado— ha producido caos, conflictos internos, indisciplina, desorganización y una gran desorientación para la comunidad, no obstante que tienen mayor facilidad para señalar los escondites de los grupos criminales, evitar sus emboscadas y perseguirlos.

Sin embargo, no está claro el origen de las autodefensas. ¿Hasta dónde son ciudadanos hartos de la vejación del crimen organizado? ¿Hasta dónde también están infiltrados por otras organizaciones criminales? Cabe señalar que el más notorio de sus exponentes, el doctor Mireles —carismático líder— está en la cárcel en el estado de Sonora, entre otros; por su parte, Hipólito Mora y su oponente Luis Antonio Torres, alias Simón el Americano, también han sido consignados y excarcelados, por sus enfrentamientos que llegaron al extremo el 16 de diciembre de 2014, donde pasaron de las palabras y amenazas a los tiros, dejando un total de 11 muertos, primero 3 y después 8, de los cuales 6 del bando de el Americano y 5 de Hipólito Mora, incluido su hijo.

Ambos grupos se entregaron, probablemente porque ya existía un arreglo previo, pues es inusitada y absurda la sentencia que otorga a ambos el excluyente de responsabilidad de legítima defensa; el razonamiento del magistrado dice: “El primer hecho debe ser desvinculado del segundo hecho (donde ocurre la legítima defensa simultánea y recíproca)”; según este funcionario judicial, todos actuaron en legítima defensa, por lo que se deduce que no hubo agresores, y ¿los once muertos? Francamente es execrable este tipo de sentencias, que marcan —sin lugar a dudas— las graves fallas del marco jurídico y, sobre todo, la negociación bajo la mesa del cumplimiento de la ley y del respeto al Estado de derecho.

Se puede alegar la legitima defensa cuando alguien defiende su honor, su integridad o su libertad, frente a una agresión grave donde exista inminente peligro, pero es incoherente que los dos grupos en choque hayan actuado en legítima defensa, necesariamente uno fue agresor y otro agredido —si se quiere exculpar por esta vía a uno de los dos—. Por ello, dicha resolución representa una franca aberración para quienes son estudiosos del derecho.

La realidad es que Michoacán sigue con serios problemas, el cambio de gobernador no ha servido, los nuevos interinos surgidos de la academia han demostrado su incapacidad operativa, tanto en ese estado como en Guerrero.

Falta explicar la actuación del excomisionado Alfredo Castillo, quien en los días previos a la sentencia estuvo en Morelia recibiendo personas y dando instrucciones.

La majestad del derecho como una figura superior que puede y debe regular la conducta social no puede admitir hechos tan lamentables que, en vez de coadyuvar a una mejor función del aparato social, nos hunde en el fango de la impunidad.