El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha establecido que la autoridad administrativa comicial debe respetar la garantía de audiencia de los precandidatos con anterioridad a imponerles alguna sanción, con el fin de que tengan la oportunidad de defenderse en los procedimientos a que haya lugar.

Con este criterio, los magistrados generan una arena más igualitaria para los precandidatos y fortalecen sus derechos político-electorales, ya que así, los posibles afectados deberán conocer, previamente, las presuntas omisiones o irregularidades que se les imputan en la presentación de informes de precampaña.

El TEPJF presentó la tesis sobre el criterio de rubro: “Informes de gastos de precampaña. La autoridad administrativa debe respetar la garantía de audiencia de los precandidatos previo a la imposición de sanciones”. A través de la Jurisprudencia 26/2015, el organismo jurisdiccional indicó que los precandidatos deben contar con la oportunidad de defenderse.

En el documento se remarca que la aludida Jurisprudencia establece que en el modelo de fiscalización, los precandidatos “son responsables de la rendición de sus informes de gastos de precampaña ante los partidos políticos, por lo que pueden ser sancionados por incumplir con tal obligación”.

Es así que la autoridad administrativa electoral tiene la obligación de hacer del conocimiento, tanto de los partidos políticos como de sus precandidatos, las determinaciones relacionadas con omisiones e irregularidades en la presentación de los informes de precampaña.

Los magistrados concluyeron que derivado de lo anterior, “las partes pueden manifestar lo que a su derecho convenga, a fin de observar y tutelar el derecho de garantía de audiencia, tomando en consideración las consecuencias jurídicas que derivan del incumplimiento de las obligaciones en la presentación de sus informes”.

Esta irregularidad, señala, trasciende a los precandidatos, pues una de las sanciones que se les puede imponer por parte de la autoridad administrativa electoral, consiste en impedirles su registro o cancelárselos.