A propósito de la contingencia que tiene preocupada a la población capitalina de la Ciudad de México, más que oportuna -que no oportunista-, resulta la recomendación 26 que emitió la Comisión Nacional de Derechos Humanos a distintas instancias del gobierno federal y que se refiere a la urgencia de actualizar el marco jurídico que protege a 177 áreas protegidas en México, que en conjunto suman una extensión territorial de más de 25 628 239 hectáreas.
Se trata de garantizar la protección y preservación efectiva de éstas áreas, naturales y no, que representan una mínima parte de la riqueza natural que posee México y que, como su capital hoy lo demuestra, si no se atiende y cuida debidamente, se perderá lamentablemente.
En total, son quince las recomendaciones que emitió la comisión junto con el listado total de las áreas naturales protegidas de carácter federal, las cuales deberán ser atendidas por el gobierno de la República a través de las distintas dependencias vinculadas al caso.
En este catálogo están incluidas áreas de reservas de la biosfera, parques nacionales, monumentos naturales, áreas de protección de recursos naturales, áreas de protección de flora y fauna, santuarios, parques y reservas estatales, zonas sujetas a conservación ecológica, áreas destinadas voluntariamente a la conservación, entre otras.
En el documento de casi 160 páginas emitido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el organismo que dirige Luis Raúl González Pérez, presenta el diagnóstico de estas 177 áreas protegidas y el riesgo en el que se encuentran por la incertidumbre del estado que guarda su plan de manejo.
Muchos de los expedientes no están actualizados y es común la lectura del estatus del programa de manejo y fecha de publicación, con la leyenda de “no publicado ni elaborado, por abrogar”
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En la recomendación General número 26, sobre la falta y/o actualización de programas de manejo en áreas naturales protegidas de carácter federal y su relación con el goce y disfrute de diversos derechos humanos, se destaca que si bien existen 177 de esos espacios, decretados como tales, al 31 de marzo del presente año sólo se habían publicado 103 programas de manejo, correspondientes a 102 áreas, según información de la CONANP en su portal electrónico.
Asimismo, 20 de ellas disponen de programas formulados mas no publicados, mientras que las 55 restantes no cuentan con dicho instrumento.
Del conjunto de áreas, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas informó a la Comisión Nacional de Derechos Humanos que 27 están por abrogarse, 24 tienen problemas en sus poligonales, mientras que los programas de manejo de dos áreas se encuentran en la etapa de consulta pública.
Asimismo, determina el documento que de las 94 áreas naturales protegidas cuya declaratoria es anterior a 1988, 53 no han sido re-categorizadas (33 de ellas sin programa de manejo publicado) y 41 fueron re-categorizadas con posterioridad a ese año (32 sin programa).
Entre 1988 y el decreto de la LGEEPA de 1996 fueron decretadas 33 áreas, de las cuales 27 no han sido re-categorizadas (5 de ellas no cuentan con su programa) y 6 fueron re-categorizadas con posterioridad a ese año (una de ellas sin programa). Finalmente, desde de 1996 se ha emitido la declaratoria de 50 áreas naturales protegidas, cuatro de ellas sin programa de manejo publicado.
A decir de la Comisión, la Recomendación General está orientada a evidenciar la importancia que tiene para el goce y disfrute de los derechos humanos, la formulación y publicación de los programas de manejo de las áreas naturales protegidas de carácter federal, como “un instrumento de gestión enfocado a garantizar el derecho al medio ambiente sano, además de constituir un mecanismo de política pública dirigido a la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos a la seguridad jurídica y legalidad, así como a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas”.
Se trata de áreas con ambientes originales que no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o bien que requieren ser preservadas y restauradas para salvaguardar la riqueza genética de las especies diversas que en ellas se albergan, especialmente aquellas que se encuentran en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial.
Tras el diagnóstico del estatus legal de cada una de las áreas contempladas en la recomendación de Derechos Humanos, el titular del organismo emitió recomendaciones generales dirigidas al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas para que a través de sus respectivas competencias, se atiendan los señalamientos contemplados.
Entre dichas recomendaciones, destaca el que realicen los estudios y análisis para determinar si las condiciones que dieron lugar a las áreas naturales protegidas que carecen de programas de manejo publicados se han modificado, y de ser el caso, se emita el aviso de reclasificación de aquellas áreas que aún conservan su vocación natural y que cumplen con las características que les dieron origen, dando mayor certeza y seguridad sobre la política de protección, preservación y aprovechamiento sustentable de sus ecosistemas.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos, solicitó además que se identifiquen y supriman los obstáculos administrativos que históricamente han impedido la formulación de los programas de manejo de las áreas naturales protegidas decretadas, entre otros varios puntos.
Se está a tiempo de evitar tragedias como la que hoy vive la capital del país, sólo se ocupa de tantita, muy poquita, voluntad política y ciudadana.
