Raúl Jiménez Vázquez

En un sorpresivo lance mediático, el general Salvador Cienfuegos emitió este insólito mensaje: “Si quieren que estemos en los cuarteles, adelante, yo sería el primero en levantar no una, las dos manos, para que nos vayamos a hacer nuestras tareas constitucionales. Nosotros no pedimos estar ahí, no nos sentimos a gusto, ninguno de los que estamos aquí estudiamos para perseguir delincuentes. Nuestra idea, nuestra función es otra y se está desnaturalizando, estamos haciendo tareas que no nos corresponden porque no hay quien las pueda hacer. Nuestros soldados ya le están pensando si le entran a seguir enfrentado a estos grupos, con el riesgo de ser procesados por un delito que tenga que ver con los derechos humanos o a lo mejor les conviene más que los procesemos por no obedecer, entonces les sale más barato”.

Además de hacer patente un hondo sentimiento de hartazgo institucional, dichos señalamientos evidenciaron que esta y la anterior administración han quebrantado flagrantemente el orden constitucional, pues endilgaron a los milicianos el desempeño de tareas inherentes a la seguridad pública que de acuerdo con el artículo 21 de la Carta Magna solo pueden ser acometidas por autoridades civiles, y para las cuales lógicamente no están facultados, ni preparados, ni entrenados.

La preocupación del general de cuatro estrellas en torno a las posibles responsabilidades penales es absolutamente válida. Más aún porque dada su duración e intensidad bélica y en virtud de la participación directa de la estructura castrense a lo largo de la misma, la guerra antinarco devino en un conflicto armado interno, razón por la cual las violaciones graves a los derechos humanos consagrados en el artículo tercero común de los Convenios de Ginebra son crímenes de guerra bajo el Estatuto de Roma, lo que significa que los autores materiales y los responsables por cadena de mando pueden ser juzgados por la Corte Penal Internacional.

La improcedencia de la intervención de la milicia en labores ajenas a su misión constitucional quedó corroborada con el pronunciamiento hecho inmediatamente después por el presidente Peña Nieto: “La responsabilidad fundamental de soldados y marinos es preservar la soberanía del país y no hacerse cargo de tareas que corresponden a las policías y procuradurías”.

La emisión de una ley de seguridad interior que facilite la convalidación e institucionalización de este brutal ataque a la esencia civilista de la Carta Magna no es una opción aceptable; por el contrario, se trata de una salida falsa, peligrosa, inconstitucional y depredadora de los derechos humanos.

La única solución posible es el retorno a la normalidad constitucional mediante la programación del regreso con la brevedad de los militares a sus cuarteles, tal y como fue exigido por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Al respecto, es preciso acoger las sabias palabras del titular de la Sedena: “La inseguridad no es un asunto que se va resolver a balazos”.

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