El nombramiento del fiscal general de la república (FGR) y consecuentemente del fiscal anticorrupción, que desde 2014 se encuentra en el aire, será uno de los temas prioritarios de la agenda legislativa para este periodo ordinario de sesiones en el Congreso de la Unión, luego de que sin un titular no se puede echar a andar por completo el andamiaje jurídico de las reformas constitucionales y normativas que buscan combatir los hechos de corrupción en nuestro país.
No es mínima la polémica causada por el tema, pues un grupo de legisladores del PAN, PRD, PT y Morena, los mismos que aprobaron la reforma constitucional, así como organizaciones civiles y académicos proponen que, antes del nombramiento, debe reformarse el artículo 102 constitucional para eliminar el “pase automático” al titular de la Procuraduría General de la República (PGR) —al actual procurador Raúl Cervantes— a la Fiscalía General, con los argumentos de que son necesarios más candados normativos para garantizar que tanto el fiscal general como el fiscal anticorrupción gocen de autonomía e independencia plena del Poder Ejecutivo federal.
Issa Luna Pla, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (IIJ-UNAM), explica que este “grupo de ciudadanos pide que primero se siente el piso jurídico básico y mínimo para tener esa autonomía dentro de las nuevas fiscalías. “Mi postura es que no necesariamente ese es el único camino, también es importante que ya se nombre tanto al fiscal anticorrupción como al general, para que entren en vigor las reformas al Código Penal Federal en el cual se establecen todas las normas anticorrupción que deberían estarse aplicando ya a los casos que se están investigando en la PGR”.
En su opinión, se deben hacer los nombramientos de los fiscales y, en la marcha, las reformar necesarias, pero ya no dejar pasar más tiempo, porque hay mucho trabajo que hacer para echar andar la estructura del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), hay que ver oficinas, investigaciones, personal, etc., hay la oportunidad de aprender, de ver las capacidades, bondades y debilidades que se tienen y de ahí partir para proponer los cambios necesarios.
La también coordinadora del Área de Derecho de la Información del IIJ-UNAM asegura que no es un mito que sin nombramientos se impide la transformación de la Procuraduría General a Fiscalía y, por ende, la entrada en vigor del nuevo Código Penal, en donde se plasman ya las disposiciones jurídicas para castigar con mayor severidad y eficacia a los corruptos, y dar mayor certeza a la sociedad mexicana.
El polémico 102
La Reforma Político Electoral publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de febrero de 2014, establece que la Procuraduría General de la República se transformará en Fiscalía General de la República a más tardar en 2018, y con esto se nombrará también a un fiscal general de la nación, quien durará nueve años en el cargo.
Así lo dice la ley: “El Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propios”, de acuerdo con las nuevas disposiciones plasmadas en el artículo 102.
El debate está en que el priista Raúl Cervantes, y actual procurador, sería el primer fiscal general de la república, de acuerdo con la reforma mencionada que indica que una vez que se apruebe la Ley Orgánica por el Congreso de la Unión, y de acuerdo con el artículo 16 transitorio, que determina que quien sea el procurador en ese momento se convertirá de forma automática en el primer fiscal general.
Lo que no se entiende es que los mismos legisladores que aprobaron las reformas constitucionales son ahora los que quieren modificar el artículo 102 para que el procurador Cervantes no llegue como titular de la Fiscalía General de la nación, lo cual mantiene en stand by todo el marco jurídico contra la corrupción.
La investigadora de la UNAM apunta: “la complejidad que existe en este momento es que el Senado aún no cumple con su obligación de nombrar al fiscal general de la república y al fiscal anticorrupción y ahora existen en la Cámara alta varias iniciativas de ley para reformar la Constitución Política y diversas normas para expedir un nuevo ordenamiento legal, respecto a su designación, que garantice fiscales más autónomos e independientes y que su nombramiento, según el caso, no dependa solo del Ejecutivo federal o del Senado”, para que no llegue un fiscal general “cuate” o un fiscal anticorrupción “a modo”, sino al contrario, que sean fiscales independientes y autónomos.
Cabe decir que no solo son las iniciativas presentadas por los fuerzas partidistas en el Congreso las que piden cambios al 102 constitucional, incluso el presidente Enrique Peña Nieto envió en noviembre del año pasado una iniciativa de decreto para modificar la reforma constitucional que creó la Fiscalía General de la República.
También busca eliminar el pase “automático”, ya que una vez que se declare la autonomía de la Fiscalía, el Senado deberá iniciar el procedimiento para nombrar al nuevo fiscal.
Aunque abre la puerta para Raúl Cervantes, al proponer que “el procurador en funciones continuará en su cargo hasta que el Senado designe al fiscal general y además podrá ser considerado para participar en el proceso de designación”.
Issa Luna asegura que se deben discutir todas las iniciativas que se tienen, cosa que no ha hecho el Senado, sobre todo “porque este tema tiene una incidencia política”.
Antes de00 2018
La también exintegrante del Comité de Acompañamiento Ciudadano para la designación del fiscal anticorrupción, afirma que los nombramientos de los fiscales, pendientes desde 2014, no se ha hecho porque no hay un plazo determinado ni estipulado en la constitución que obligue al Senado a cumplir con su responsabilidad de nombrar ya al titular de la fiscalía general, incluso no existe sanción alguna para los legisladores. El único plazo que existe es que tiene que ser a más tardar en 2018; así mismo, tampoco ”hay alguna sanción ni para los dirigentes de la mesa directiva ni para los presidentes de las comisiones, ¡para nadie!, por no cumplir con este plazo. Si no se cumple este plazo, se tendría que hacer un acuerdo parlamentario para lograr una prórroga en la cual se establezcan nuevas reglas para determinar el nombramiento del fiscal general”.
Apunta que “realmente lo que hicieron los legisladores en las reformas originales, y como están los artículos transitorios de las leyes actuales, fue condicionar la entrada en vigor del Código Penal en estas disposiciones particulares, y toda la reforma anticorrupción a los nombramientos de estas dos figuras tan importantes, y eso es completamente indispensable: si no se nombran no se puede activar este sistema apropiadamente”.
La investigadora destaca que “el acuerdo, los tiempos jurídicos que ellos mismos se otorgaron dentro de las reformas constitucionales, no los están cumpliendo y, en algunos casos, como el del fiscal general, tienen tiempo para cumplirlo, pero en realidad el fracaso de por qué no se ha determinado, pese a que ha habido varios intentos e iniciativas de ley para nombrarlo y reformar el marco jurídico, es porque no existe un acuerdo político”.