Tal como lo anunció en días pasados, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir del 16 de junio del presente año, la justicia digital abrió sus puertas al juicio en línea en Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito del Poder Judicial Federal.
Conforme a lo establecido en el Acuerdo General del CJF 13/2020, a partir de la fecha indicada, se levantó la suspensión de plazos y términos procesales para todos los órganos jurisdiccionales, incluidos los que no están de guardia, para la recepción, trámite, estudio y resolución de los asuntos con expediente electrónico integrado promovidos antes de la emergencia sanitaria y en los que las partes presenten con posterioridad a ésta, siempre que estén autorizadas para actuar a través del Portal de Servicios en Línea, con acceso al expediente y notificaciones por medios electrónicos.
Si en alguno de estos expedientes estuviera pendiente de desahogarse notificaciones personales, audiencias o diligencias que ameriten la presencia física de las partes o de otras personas, que no puedan ser realizadas mediante videoconferencia, los plazos y términos procesales continuarán suspendidos.
Algo que es importante mencionar es que, a las autoridades responsables en el juicio de amparo, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 30 de la Ley de la materia, se notifican por oficio impreso o electrónico. En este rubro, el Consejo de la Judicatura ha generando herramientas que facilitan este trámite en los juicios en línea, con la finalidad de no postergar su substanciación, mediante la conformación de un concentrado de los correos electrónicos en los que las autoridades pueden ser notificadas, cuya consulta por los órganos jurisdiccionales es factible en la red interna del CJF; y, su aplicación, en estricto respeto a la autonomía en el trámite de los expedientes de la competencia de los Juzgadores.
¿Cómo funciona el juicio en línea?
El artículo 3º. de la Ley de Amparo vigente a partir de 2013, establece la opción para promover el juicio de amparo de manera impresa o electrónica. De elegir la segunda, Los escritos se presentarán mediante el empleo de las tecnologías de la información, utilizando la firma electrónica, denominada FIREL que deberá ser validad por la Unidad del Poder Judicial Federal para el control de certificación de firmas, conforme a la regulación conjunta emitida por la SCJN y el CJF mediante los Acuerdos Generales Conjuntos 1/2013 y 1/2015.
En consecuencia, previamente a promover un juicio en línea, el justiciable o su representante deberá haber solicitado el registro correspondiente de la mencionada FIREL o e.firma, firma autorizada por el SAT, que ha sido aceptada por la emergencia sanitaria por la que estamos atravesando. Eventualmente, alguna otra firma electrónica podría ser aceptada, siempre y cuando, su certificado digital homologado, sea validado por el Consejo, según lo determinado en su AG 13/2020.
La firma electrónica autorizada, es el medio de ingreso al sistema electrónico o juicio “en línea” del PJF y produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, para enviar y recibir documentos, promociones, demandas, recursos, notificaciones oficiales, consulta de acuerdos, resoluciones y sentencias.
Con excepción de las demandas en las que el agraviado se encuentre en imposibilidad de presentarla y otra persona lo haga en su nombre, por tratarse de actos de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el 22 constitucional, en los que no se exigirá este requisito de la firma electrónica.
Para ingresar al Portal de Servicio en Línea del PJF, se recomienda seguir las instrucciones del Manual de Operaciones, en donde de manera gráfica y con explicaciones sencillas lleva de la mano al usurario para acceder al mencionado Portal, a fin de llevar a cabo: los registros correspondientes, crear y reponer contraseñas, vínculos con la firma electrónica, así como, instrucciones para presentación de promociones, demandas, recursos, pruebas, consulta de expedientes, notificación de acuerdos, resoluciones y sentencias, y ayuda en general.
El acceso al portal puede realizarse desde una computadora o dispositivo móvil que tenga conexión a internet. La dirección es www.serviciosenlinea.pjf.gob.mex, para desplazarse en el portal es necesario tener registro de usuario y contraseña. En el caso de no contar con este registro, el programa permite realizarlo.
Este registro de Usuario y contraseña equivale a la autorización para poder consultar expedientes. Solicitud que se hace a través de una promoción impresa o electrónica en el expediente respectivo en la que se proporciona el “nombre del usuario” creado para registrarse en el Portal, con el objeto de que el órgano jurisdiccional haga la vinculación correspondiente. Una vez autorizado podrá ingresar a la consulta, dar clic en uno de los perfiles señalados: persona física, representante de persona jurídica pública o de persona jurídica privada.
El portal ofrece un acceso directo a los archivos y contraseña de la FIREL o e.firma, vinculadas al Portal, sin necesidad de capturar el nombre del usuario y la contraseña, si oprime el botón de ingresar con firma.
Procedimiento para presentar una demanda:
.En la página principal seleccionar el ícono “presenta tu demanda, solicitud o escrito inicial
.Información del Promovente: ingresar los datos de nombre, correo electrónico y número de teléfono de contacto de quien promueva la demanda.
.Ubicación de la Oficina: indicar la Entidad Federativa y la Oficina de Correspondencia Común a la que se deba enviar la demanda, solicitud o escrito inicial.
.Ingresar el documento: Puede realizarse de dos formas: Una, mediante formulario precargado donde se capturan los datos de la demanda de amparo. Otra, seleccionar archivos en extensión PDF, DOC y/o DOCX. Puede cargar uno o más archivos que se clasificarán según su naturaleza en original, copia certificada o copia simple.
.Resumen: Concluido lo anterior, podrá visualizar el resumen de los datos capturados para el envío de la demanda, solicitud o escrito.
.Capture el Código Verificador y de aceptación de haber leído el aviso de privacidad.
.Dé clic en presentar. El sistema realizará el envío y enseñará el acuse correspondiente.
.Para firmar electrónicamente la demanda solicitud o escrito inicial, seleccionar el recuadro ¿desea firmar los documentos? E ingresar: los documentos de firma según corresponda; contraseña de la firma; y, oprimir confirmar.
Los órganos jurisdiccionales están obligados a formar un expediente impreso que coincida íntegramente con el electrónico.
El juicio en línea en el PJF, concreta un gran esfuerzo hacia la justicia digital del siglo XXI. Esfuerzo al que están llamados a contribuir de manera activa, no solamente los integrantes del Poder Judicial Federal, como rectores del procedimiento, sino a las partes en el juicio, pues en la medida que ellas se den de alta en la plataforma digital, los juicios tendrán una tramitación y resolución pronta y expedita.
Ministra en Retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nació
min.mblr@gmail.com @margaritablunar