Como todos lo esperábamos, Lenia Batres Guadarrama, por su ignorancia, precipitación y soberbia, está teniendo un noviciado vergonzoso y caro en la Corte. Caro para los mexicanos; vergonzoso para ella y para quien la hizo comadre: AMLO. El Senado, por no haber hecho uso de su facultad de elegir, está absuelto de tan torpe y lamentable designación.

La señora Batres, lo que debió haber aprendido en las universidades “patito” donde estudió, lo está aprendiendo en su nuevo trabajo y lo hace con cargo al erario público, que es igual a decir con cargo a los que pagamos impuestos; está aprendiendo a base de hacer osos en público, en el Pleno y en la Sala a la que está adscrita.

Se entiende que, por ser parte de un tribunal de constitucionalidad, que resuelve controversias relacionadas con esa materia, debe conocer la Carta Magna. Resulta que no la conoce, que una colega suya, la ministra Margarita Ríos-Farjat, tuvo que ilustrarla en público (Joaquín López Dóriga, Milenio, 24 de abril de 2024). Sólo faltó que la sentara con cara a la pared, portando unas orejas de burra y le pusiera de tarea hacer “a mano” diez planas del texto del artículo 26 constitucional.

La “ministra” Batres ignora que, en toda democracia, en la toma de decisiones de gobierno, necesariamente se observa el principio deliberativo. Aunque el artículo 26 constitucional no lo reconociera expresamente, lo cierto es que todos los poderes públicos, incluyendo los ejecutivo, federal o local, adoptan sus decisiones, aprueban las leyes, los decretos, reglamentos, sentencias y acuerdos, con observancia del principio deliberativo: los legisladores discuten, los ministros deliberan, los tribunales colegiados convienen. El presidente de la República debe contar con la anuencia, razonada y consciente, de sus ministros (art. 92). Las decisiones de los ayuntamientos y concejos municipales derivan de un ejercicio deliberativo (art. 115).

El principio deliberativo es inherente a un gobierno democrático. Su ausencia indica la existencia de un estado totalitario. En las tiranías no se delibera; alguien manda, dispone y prohíbe; los agentes de gobierno imponen la voluntad de su jefe y los ciudadanos obedecen.

Hay excepciones. Los miembros de las fuerzas armadas no deliberan; lo prohíbe expresamente la Constitución (art. 9º); es lógico: los soldados, marinos y miembros de la Guardia nacional están para obedecer, no para discutir las órdenes que reciben.

También trascendió que: “Bueno, quizá pronto veamos un cambio en las apariciones de la ministra Batres, ya que se comenta en los pasillos del edificio de Pino Suárez que Batres está recibiendo cada viernes una especie de clases ‘intensivas’ de derecho.

“La encargada de ello es su colega, la ministra Yasmín Esquivel, y la apoya Netzaí Sandoval, su secretario de Estudio y Cuenta, hermano de Irma Eréndira, la exsecretaria de la Función Pública” (Jeanette Leyva Reus, El Financiero, 25 de abril de 2024).

La misma “ministra”, con minúscula y entre comillas: “… rechazó la posibilidad de anular leyes aprobadas por el Congreso, aun cuando lo hayan sido con violación al proceso legislativo…” (Sergio Sarmiento, Jaque mate, Reforma 28 de abril de 2024). Se ve que la sedicente abogada no conoce el artículo 72 constitucional, que establece el proceso que se debe seguir para aprobar una ley; obvio, si no se respeta lo que dispone, no puede haber Ley, se estaría ante una apariencia de norma, susceptible de ser impugnada por las diferentes vías que establece la Constitución (arts. 103, frac, I, 105 y 107). ¡Eso no lo sabe la señora Batres!

La ministra, al cuestionar la facultad que tiene la Suprema Corte de revisar si el Congreso de la Unión respetó el procedimiento que la Constitución y las leyes establecen para aprobar una ley o un decreto, asume funciones de Constituyente y deroga al artículo 72 citado, bajo el pretexto de que el pueblo y el Congreso de la Unión, que lo representa, no pueden ser objeto de revisión en su actuar.

Es muy fácil decir: la acción revolucionaria que transformará a la sociedad no reconoce barreras de ninguna clase, incluyendo las legales; el pueblo es sabio y sabe lo que quiere. Pudiera ser cierto, pero mientras México sea un Estado de derecho, tenga una Constitución y leyes, todos debemos apegar nuestra actuación a lo que ellas disponen.

Dejarán de hacerlo en el momento en que ella, AMLO, su partido y sus cómplices asuman el poder absoluto. Mientras no lo alcancen, deberán, primero: conocer la Ley y, enseguida, como autoridades, ajustar sus actos a lo que ella dispone y, de no hacerlo, asumir las consecuencias (art. 136 constitucional).

Se comenta que la “ministra” ha pretendido introducir una novedad en el funcionamiento de su ponencia: los asuntos que le son confiados para su estudio y la formulación de los proyectos, los somete a la consideración y discusión de todos los secretarios de estudio y cuenta que tiene a su disposición, con la participación de los dos intendentes que tiene adscritos, lo que implica abandonar la práctica de que un solo secretario sea quien estudie a fondo y, después de un intercambio de conceptos e ideas con el ministro instructor, elabore el proyecto de sentencia o resolución.

Lo anterior implica dos posibilidades: la primera, que todo su personal, incluyendo a los intendentes, debe estudiar todos los asuntos que son confiados a la “ministra” y opinar respecto de ellos, lo que es un absurdo.

La otra posibilidad es que todos opinen de lo que todos, incluyendo a la “ministra”, ignoran.

Con ese proceder podemos tener la seguridad de que, al cabo de un año, de la ponencia de la “ministra” Batres, pudieran salir uno o dos proyectos de sentencias. Eso significará que los asuntos que tiene pendientes de estudiar y proyectar, más los que se le sumen mensualmente, lo serán por quien, dentro de quince años, la sustituya en el cargo.

Un caso concreto que ilustra la torpeza de la “ministra” es que en la sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia celebrada el 15 de mayo en curso, cuatro de los ministros que la integran, incluyendo el voto de su maestra la Ministra Jazmín Esquivel Mossa, desecharon el proyecto que presentó para revocar las suspensiones en los amparos que se formularon contra el decreto que extingue los trece fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (Reforma, 16 de mayo de 2024).

Los contribuyentes estamos pagando una educación que debió haber recibido en las universidades donde estudió y el aprendizaje de una metodología de trabajo de la que carece.

Ya que la señora Batres no conoce de leyes y, puesto que la Suprema Corte conoce, preferentemente, cuestiones de constitucionalidad, le sugiero que, en sus tiempos libres, le eche una leída a la Carta Magna. De optar por no hacerlo, que haga lo de los tontos que no lo son tanto; que se quede callada, que recuerde: un pendejo callado vale oro.

Esperemos que doña Jazmín Esquivel, maestra de Lenia Batres, no se desespere ante una alumna tan limitada y carente de inteligencia. Como ésta va a durar en su encargo quince años, le pido que le tenga paciencia; estoy seguro que dentro de diez años va a ver coronados sus esfuerzos.

Los mexicanos somos afortunados: el famoso Nico, el chofer de ya saben quien, no es abogado, de otra manera ya sería ministro de la Corte. Andamos de suerte: AMLO no tiene caballo y, menos, burro, de otra manera uno u otro tendrían un sitial en la Corte.