La Suprema Corte de Justicia de la Nación como el faro que guía al Poder Judicial de la Federación (PJF) y demás órganos jurisdiccionales federales y locales del país, representa la columna vertebral de un Estado democrático de Derecho. Su labor no le limita a la resolución de los conflictos legales, sino a un acto de equilibro entre la letra y el espíritu de la ley, erigiéndose como bastión de justicia y equidad.

El Estado Democrático de Derecho supone un respeto irrestricto a los derechos fundamentales de los gobernados. A los principios de: supremacía constitucional, legalidad y división de poderes.

El concepto “democracia”  entendido no solamente desde el punto de vista teórico, como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un valor fundamental e indispensable del Estado de Derecho.

Según lo he venido señalando, la democracia que los órganos judiciales y jurisdiccionales están encargados de custodiar y proteger, conforme a nuestra Constitución, se despliega en tres dimensiones esenciales: estructura jurídica, régimen político y sistema de vida.

Conforme a lo establecido por el artículo 40 de nuestra Carta Magna, la democracia como estructura jurídica, se refiere a la forma de gobierno elegida por el pueblo mexicano para constituirse en una república representativa, democrática, laica y federal. En esta acepción, la doctrina caracteriza a la democracia como una forma de gobierno de las mayorías, para distinguirla de los gobiernos de las minorías.

Al tratarse de una república representativa, la democracia también se define como un régimen político, que conforme a lo establecido en el artículo 41 Constitucional establece el conjunto de normas y procedimientos para la estructuración de los órganos de gobierno, a la integración de los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Lo cual implica una elección directa de la ciudadanía. Esta forma de democracia garantiza el derecho universal, libre y secreto al sufragio y asegura la igualdad en su valor, libre de discriminación.

Sostiene el predominio de los principios de mayoría relativa y de representación proporcional. Contempla la organización de las elecciones por parte de un Instituto de integración ciudadana, que coordina, entre muchas cosas, la participación activa de la ciudadanía, durante la Jornada Electoral, sobre todo en la recepción y cómputo de votos. Así mismo, la existencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal y los Tribunales locales que son competentes para la defensa tanto del proceso electoral, de su jornada electoral y del voto ciudadano.

En lo personal, considero que la definición más hermosa del concepto democracia se encuentra contemplada en el artículo 3º. de nuestra Carta Fundamental.

Como “un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.” Establece una visión del mundo donde el mejoramiento continuo y sostenido se convierte en el norte de la brújula social. Esta filosofía de vida aspira incansablemente al crecimiento integral del bienestar colectivo, tejido en el día a día a través de las decisiones que en conjunto elevan la calidad de vida de la comunidad.

La perspectiva económica, es el motor que impulsa el progreso. Necesita esfuerzos para brindar seguridad personal y jurídica. Aumentar la prosperidad a través de la creación de empleos, infraestructura, justicia económica, innovación, eficiencia y competitividad. Situaciones que propician la confianza en la inversión tanto nacional como extranjera.

Factor fundamental es el aspecto social, requiere trabajar por la reducción de la desigualdad y procurar la inclusión; el acceso universal a servicios esenciales como educación, salud, vivienda, medio ambiente sano, igualdad en oportunidades laborales. México es un mosaico cultural de una gran riqueza. El respeto a las prácticas y a la diversidad de costumbres y tradiciones nunca será obstáculo para que accedan, en igualdad de condiciones a las oportunidades.

En el aspecto cultural el Estado debe esforzarse por la vida de la sociedad, apoyando el desarrollo de las artes, en todas sus manifestaciones, en la conservación y amento del patrimonio cultural, así como fomentar la diversidad en esta materia.

La esencia de la democracia jurídica requiere la estructura y delimitación de un sistema que comprenda el respeto a los Derechos Humanos, y de manera concomitante, los medios para restituir o resarcir el menoscabo, daño o perjuicio sufrido en su esfera jurídica, derivada de la actuación de los órganos y autoridades del Estado.

De esta manera, aun cuando formalmente los ordenamientos establezcan los derechos de la sociedad, si no existen mecanismos de protección o si no tienen auténtica eficacia, se apodera del grupo social la desigualdad, la incertidumbre y la desconfianza, haciendo tortuoso el ejercicio de las facultades de las autoridades del Estado.

Parte primordial para que los sistemas normativos se apliquen de manera eficiente y eficaz, es la existencia de condiciones de acceso por parte de la población a los órganos encargados de la administración e impartición de justicia. Es decir, el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva son fundamentales.

Es la objetividad, honestidad y profesionalismo de los tribunales que salvaguardan estos principios, lo que permite: alternancia política, participación de la ciudadanía, transparencia y rendición de cuentas de sus gobernantes, libre expresión de las ideas, seguridad jurídica, no discriminación. En suma, bienestar de sus habitantes. Un país democrático es el que escribe su historia con la mirada dirigida a un horizonte de desarrollo, prosperidad, igualdad y paz social.

La autora es ministra en Retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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