Terrorismo en México

Era un perico a quien su dueño sólo le había enseñado la palabra éxito; así que para todo la utilizaba. Y un día en que, abierta su jaula, se deslizó por el jardín este lorito, un halcón descendió en cosa de segundos, lo prensó entre sus garras, y se elevó con su presa.

Todos los habitantes del pueblo se quedaron atónitos ante los ruidosos gritos de la presa, que no paraba de gritar: “éxito, éxito, éxito”, a pesar de su cercano y trágico destino.

La anterior narración, breve y aleccionadora, es una de tantas utilizadas por un periodistas ágil, inteligente, polémico, crítico, fundador en 1812 del periódico liberal El Pensador Mexicano. José Joaquín Fernández de Lizardi fue su nombre, y tomó como pseudónimo el nombre de la publicación que fue clausurada por orden del gobierno virreinal.

Hoy, los textos y las novelas de Fernández de Lizardi recobran actualidad. Nuestra realidad, sin ser aquella, se le asemeja en muchas cosas; por ejemplo, quienes ejercen el poder suelen estar educados políticamente sólo para anunciarnos que con ellos vamos bien, y estamos logrando el éxito, aunque el perverso halcón nos traiga desangrando a todos entre sus garras.

Todo el territorio patrio se encuentra ensangrentado y sembrado de cadáveres. Día con día sube la cifra de los desaparecidos, mientras el total de muertos producidos por la guerra aumenta, a tal grado, que nadie sabe ya la cantidad exacta.
De 40 mil asesinados se pasó a 50 mil; y en un cerrar de ojos, como los días del calendario, se pasa a 60 mil. Y no se ve que nadie detenga ni a los rápidos y furiosos de allende nuestra frontera norte, ni al Huitzilopochtli nacional que no termina de saciarse.

Hace unos días, la masacre en el casino Royale en Monterrey, Nuevo León, parecía lo más reciente y espeluznante. 52 o 53 homicidios con todas las agravantes de ley que, sacudiendo la conciencia de todo el mundo y motivando un duelo nacional, daban la impresión de lo máximo.

Empero, ya para esta nueva semana esa cantidad de sacrificados ha quedado rebasada. Y sólo perviven malos recuerdos, rescoldos del hecho, y actos de autoridad que denotan su retraso en todo.

El gobierno y sus autoridades en muchas materias, pero sobre todo en esta que corresponde a la seguridad pública, vienen detrás de los acontecimientos, o como dice la expresión popular, “tapando el pozo después del niño ahogado”.

Ahora sí llegan a Monterrey 300 militares y mil 500 policías federales, y al parecer podrá haber más; ahora sí clausuran todo los casinos de esa ciudad industrial; ahora sí denuncian e investigan a quienes les habían dado permisos o amparos a estos antros; ahora sí hacen todo lo que antes no habían hecho.

No prever, e ir y actuar siempre con retraso, es estólido, y revela incapacidad o complicidad. Parece como si nos gobernara una pandilla de insensatos, contra otros desquiciados que están sembrando el terror en todo México.

Pero no sólo es el terror como efecto de sus actos, sino que su conducta actualiza las hipótesis jurídicas del delito de terrorismo tipificado por nuestro Código Penal Federal.

Sobre si es terrorismo o no es terrorismo se han dejado sentir, en estos días tenebrosos, muchas voces calificadas, y bastantes ameritados escritores. Sus formas de razonar son variadas y, desde luego, respetables; empero, con independencia de sus diversos criterios, lo que debe prevalecer es lo que ordenan los artículos 139, 139 Bis, y 139 Ter, de nuestro Código Penal Federal.

Artículo 139.- Se impondrá pena de prisión de seis a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación.- La misma sanción se impondrá al que directa o indirectamente financie, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, con conocimiento de que serán utilizados, en todo o en parte, en apoyo de personas u organizaciones que operen o cometan actos terroristas en el territorio nacional.

Artículo 139 Bis.- Se aplicará pena de uno a nueve años de prisión y de cien a trescientos días multa, a quien encubra a un terrorista, teniendo conocimiento de sus actividades o de su identidad.

Artículo 139 Ter.- Se aplicará pena de cinco a quince años de prisión y de doscientos a seiscientos días multa al que amenace con cometer el delito de terrorismo a que se refiere el párrafo primero del artículo 139.

Y para aplicar nuestro derecho no necesitamos declaraciones de guerra, sino saber con inteligencia usar la coercitividad jurídica, sin renunciar a nuestra soberanía ni un ápice, y con la prosecución firme de mejorar nuestro sistema democrático.