Descubierto 30 meses después
El abuso no es uso, sino corruptela.
Sentencia jurídica latina
José Alfonso Suárez del Real y Aguilera
La IV Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal fue objeto de un escandaloso fraude legislativo consistente en la promulgación en la Gaceta Oficial del DF de un documento distinto al dictamen de Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo aprobado por el pleno de ese órgano colegiado en la sesión correspondiente al 20 de agosto de 2009.
El texto publicado el 10 de septiembre de ese mismo año en el órgano oficial de difusión del gobierno capitalino, registra la alteración de más de 40 artículos y con ello se eliminaron procesos y sanciones para funcionarios que incumplen ordenamientos contemplados por la minuta original, al tiempo de añadir párrafos, modificar lapsos previstos y montos de multas aplicables a las sanciones contempladas y aprobadas por los legisladores.
El reprobable acto fue descubierto treinta meses después, al cotejar el dictamen aprobado por los asambleístas en 2009 contra el documento publicado en la Gaceta Oficial.
La revelación de esta grave anomalía provocó el pronunciamiento de destacados juristas como Pilar Noriega, José Lavanderos, Felipe Zermeño y don Bernardo Bátiz, así como la exigencia de Leticia Bonifaz, consejera jurídica del GDF, a fin de investigar a fondo esta grave anomalía que violó el fundamental precepto de respeto a la labor esencial del Poder Legislativo —es decir, el de legislar— y afectó la legalidad de la ley impulsada por el diputado Tomás Pliego Calvo y aprobada por el pleno de la IV Legislatura de esta capital.
Harto preocupante resulta que desde la Coordinación de Servicios Parlamentarios de la ALDF se pretenda minimizar este abuso de su cargo, a través de un escueto informe el cual responsabiliza al personal del Diario de los Debates del “desliz” de un documento distinto al aprobado por los legisladores, como si ello fuera permisible a quien tiene en sus manos la enorme responsabilidad de garantizar la certeza jurídica de los documentos enviados para su difusión a la referida publicación oficial.
A tan compleja situación se suma la inexplicable actitud asumida por la actual presidenta del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, Yazmín Esquivel, quien se arroga el papel de portavoz de la ALDF y justifica el descuido, en vez de encabezar la indignación y exigir la reparación del daño causado a la institución que preside, recomendando a la Comisión de Gobierno asumir la responsabilidad de mandatar la reposición del proceso de publicación por sobre la absurda pretensión del coordinador de Servicios Parlamentarios de emitir una simple fe de erratas cuando el asunto trasciende esa calidad, pues el texto publicado nunca fue aprobado por el Pleno del legislativo local y pervierte el sentido del dictamen aprobado.
La gravedad del asunto llevó al promotor de la ley a calificar el hecho de fraude legislativo y a exigir que una investigación imparcial deslinde responsabilidades, y en su caso apliquen las sanciones y correctivos a quienes resulten responsables del tan descomunal violación a la determinación soberana, misma que determinó el marco jurídico que debió regir al Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la capital desde el 11 de septiembre de 2009.
Asimismo, el ex legislador se cuestiona en torno al silencio sobre tal anomalía por parte de las propias autoridades del órgano afectado por la publicación, cuyo titular, Raúl Armida Reyes, participó de forma activa en la elaboración de la Ley Orgánica junto con los legisladores, y quien en su carácter de presidente del Tribunal le correspondió aplicar las nuevas disposiciones hasta el 2 de enero de este año, sin haber manifestado su extrañeza por la desaparición de artículos y procedimientos acordados.
Si la actitud del funcionario requiere de rendición de cuentas ante la sociedad y no hacerlo es — como contempla la sentencia romana— legitimar el abuso y por tanto instaurar la corruptela que pervirtió el espíritu del legislador, como un uso no punible de quienes tienen como responsabilidad garantizar la pulcritud y certidumbre del trabajo legislativo.
