Frente a una sentencia polémica

Alfredo Ríos Camarena

La sentencia que la Corte dictó otorgando el amparo y protección de la justicia federal a la francesa Florence Cassez provocó una reacción de enojo, de confusión y de desconcierto en una gran parte de los mexicanos; para éstos, se trató de una injusticia, pues las pruebas sobre el secuestro de la banda de Los Zodiaco no tenían lugar a duda.

El derecho francés y el derecho mexicano han sido pioneros en la historia jurídica de las garantías individuales con la Revolución Francesa, y de las garantías sociales con la Revolución Mexicana, lo que permitió crear sistemas jurídicos que protegen los derechos humanos y el derecho económico de las minorías.

Habrá que precisar que el juicio de amparo no constituye una tercera instancia, sino que se trata de un juicio diferente en el que las partes que intervienen son la autoridad que ha utilizado un acto unilateral, imperativo y coercitivo en perjuicio de algún gobernado, y el derecho de éste de interponer un nuevo proceso jurídico, en función solamente de las violaciones a garantías individuales y derechos humanos; esto nos puede explicar con precisión el contenido jurídico de la sentencia de la Corte que, como se dijo con toda claridad, no juzgó la inocencia o culpabilidad de la acusada Cassez, quien fue sentenciada en primera instancia a 90 años y posteriormente a 60 años; la Corte no definió ninguna inocencia, sólo decidió que en este proceso se habían violado gravemente las garantías de la inculpada. Ésa, y sólo ésa, es la consideración del supremo tribunal para otorgar un amparo liso y llano, que deja en plena libertad a la acusada; por lo tanto, no se trata de la inocencia de la misma, sino de una violación a derechos fundamentales.

Esta argumentación jurídica la debe conocer perfectamente el presidente de Francia, François Hollande; y a pesar de esto, le tributó homenajes de heroína a una mujer muy probablemente culpable, en agravio y ofensa del pueblo de México; la hospedaron en uno de los mejores hoteles de París; con alfombra roja la recibió el canciller de Francia, y más tarde en el Palacio del Elíseo, el propio presidente de la república, días después el expresidente Nicolás Sarkozy, quien había tenido una actitud muy crítica al gobierno del presidente Felipe Calderón, hasta llegar al punto de tensar las relaciones entre México y Francia seriamente.

La primera declaración del presidente Hollande fue correcta, reconocer la calidad jurídica de la Corte mexicana, pero los actos populistas que realizó son verdaderamente insultantes para un pueblo que siempre se ha caracterizado por su amistad con Francia y con la cultura de ese país.

Hizo muy mal el presidente Hollande, aun cuando zanjó el tema diplomático, deja abierta una herida, pues el pueblo de México ha visto con sorpresa y con enojo su actitud populista.

La amistad entre Francia y México merece más respeto, pues finalmente se trata de países con una entrañable relación cultural; probablemente nuestra cancillería no realice ningún extrañamiento, pero pienso que el presidente francés debería, de alguna forma, disculparse por su actitud que enoja y molesta a un pueblo que ama su país.

El asunto se acabó, la sentencia de la Corte, a mi juicio, es correcta, lo que no puede pasarse por alto es la responsabilidad de quienes en esta ocasión vulneraron derechos fundamentales, y deben ser castigados ejemplarmente. Esto no es nuevo, pues el sistema penal mexicano, tanto de policías, ministerios públicos, como jueces, está plagado de infamias y de corrupción. El propio procurador general de la República y el presidente mexicano han hecho declaraciones al respecto.

Pronto nos enfrentaremos a otro caso, el de los militares encarcelados, y que, al parecer, han sido consignados sin las pruebas que exige el debido proceso y que la Constitución en su artículo 14 denomina “formalidades esenciales del procedimiento”, por lo que es posible que en el corto plazo queden en libertad, y además es probable que los testigos que los denuncian carezcan de veracidad; la Procuraduría General de la República debe dictar conclusiones inacusatorias o, en su caso, desistirse de la acción penal;  aun cuando esto no sucediera, los jueces de las causas están obligados a dictar sentencia de inocencia a favor de los inculpados.

Estos casos paradigmáticos nos obligan a reflexionar que el país está urgido, no sólo de la justicia penal, sino de la necesidad de que la autoridad se conduzca con respeto a las garantías constitucionales.

México exige y  requiere —como una condición fundamental para que su democracia subsista— la renovación a fondo de sus instituciones penales, pues la justicia ha dejado mucho qué desear.