El Estado secuestrado se independiza

Alfredo Ríos Camarena

La política económica que ha empujado el carro de la historia hacia el neoliberalismo ha propiciado una dicotomía entre el Estado nacional y las empresas trasnacionales. El avance de la desestatización, el adelgazamiento del Estado y la apropiación, cada día mayor, de empresas privadas que a través de concesiones realizan servicios públicos ha aumentado exponencialmente en el orbe, aun cuando está claro que el Estado tiene como función prestar un servicio público a la población, como parte de sus funciones, mientras que la iniciativa privada, cuando lo hace, cada día más frecuentemente, tiene por objeto aumentar el enriquecimiento de los accionistas y generar mayor utilidad a sus empresas.

En México, a pesar de las claras políticas económicas definidas por la Constitución General de la República, a partir del Consenso de Washington y de la firma del Tratado de Libre Comercio con América del Norte, se ha modificado el paradigma constitucional y se han entregado a las empresas trasnacionales diversos servicios públicos en forma abierta o encubierta, como en el caso de la producción de electricidad. El manejo político de las grandes empresas nacionales y extranjeras les ha permitido aumentar no sólo sus caudales económicos, sino su influencia política; más allá de los partidos políticos nacionales, los llamados poderes fácticos han secuestrado el Estado y han convertido a los políticos en simples gerentes administrativos. Su influencia ha rebasado con mucho las funciones a que está destinada en la sociedad.

En efecto, los medios de comunicación, particularmente la televisión, los instrumentos de la telecomunicación como Internet, telefonía, telefonía celular, los bancos y los servicios financieros privados, la criminal explotación de nuestro subsuelo por concesiones mineras, la construcción de carreteras, a las que luego —como sucedió en el pasado reciente— hay que rescatar, etc., han generado monstruos monopólicos que han mantenido arrinconado al Estado y han abusado del generoso concepto del amparo mexicano, figura jurídica de enorme importancia en nuestra historia, pues su objetivo nacido de las privilegiadas mentes de Otero y de Rejón es el concepto más depurado para defender al gobernado frente a los actos autoritarios del poder; por eso, en este juicio de garantías, el papel de la suspensión provisional es importantísimo para defender los intereses de los ciudadanos.

Sin embargo, el desarrollo monopólico de los poderes fácticos ha convertido la figura de la suspensión provisional en el juicio de amparo en una fórmula que, mañosamente utilizada por estos gigantes corporativos, ha impedido al poder público ejercer a plenitud sus facultades soberanas. Es importante analizar estos conceptos para comprender el contenido de la reforma a la Ley de Amparo, la que por una mayoría absoluta de la Cámara de Diputados fue aprobada como Cámara de origen; esto quiere decir que más allá de las ideologías partidistas, la clase política está consciente de la agresión que la ha despojado de sus facultades fundamentales por el ejercicio abusivo de la figura del juicio de garantías.

Esta nueva ley, que debe ser aprobada por el Senado, permitirá varios avances importantes para el Derecho mexicano; entre otros, otorga mayor oportunidad a los interesados en participar como parte en el juicio de amparo, probando su interés jurídico. Le da también valor universal a las decisiones de algunos juicios, limitando así la cláusula Otero —que consistía en que el amparo sólo es válido para quien lo promueve—, es decir, intuitu personae y no tenía efectos generales, es decir, erga omnes. Con eso se amplía la protección a los derechos humanos y a las garantías individuales. Como todas las leyes, es perfectible, pero sin duda constituye un importante avance, particularmente para frenar las grandes empresas que han usurpado las facultades y funciones de un Estado que, a partir de esta ley, puede recuperar su dignidad y soberanía. Así mismo incorpora una noción de autoridad responsable, donde además de la autoridad de los órganos del Estado representada por servidores públicos, también los particulares tendrán dicha calidad, cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, es decir, unilaterales y obligatorios, que afecten derechos humanos y garantías constitucionales de la persona o personas agraviadas.

Además de lo anterior, como primera prueba de independencia del Estado, secuestrado hasta hoy, será la ley de telecomunicaciones que está lista para discutirse en el Congreso de la Unión.