En un Estado democrático resulta indiscutible que la soberanía reside esencial y originariamente en el pueblo; el único titular del poder público es el pueblo, del cual emana y en cuyo beneficio se instituye.

En México, el pueblo ejerce su soberanía, en términos de la centenaria Constitución de 1917, por conducto de los poderes de la Unión, por cuanto hace al orden federal, y por los poderes de los estados federados, en cuanto al régimen local, sin olvidar el sistema jurídico de la Ciudad de México y, menos aún, el de los municipios, que son la base de la organización jurídica y política de los estados libres y soberanos, en cuanto a su régimen interior.

Un principio vigente en el Estado democrático es la división de poderes, única y exclusivamente para su ejercicio, sin olvidar que el poder público es uno y que su titular exclusivo es el pueblo, de ahí la variante de aludir a una colaboración de funciones, entre los distintos órganos de poder; sin embargo, esta división también tiene una ineludible e insalvable finalidad jurídico-política: mantener el equilibrio de poderes, mediante el sistema de pesos y contrapesos; de ahí que sólo al Poder Legislativo de la Unión le competa la función de expedir leyes, que deben regir la vida jurídica y política de la población mexicana; en principio, no puede ni debe legislar el Poder Judicial, como tampoco puede ni debe hacerlo el Poder Ejecutivo.

Al Poder Judicial federal le corresponde, fundamentalmente, la facultad de velar por la vigencia del principio de supremacía constitucional, de ahí la necesidad y finalidad de controlar el ejercicio de la función legislativa, para evitar que el legislador expida leyes contrarias a la Constitución general; pero también corresponde al Poder Judicial salvaguardar el principio de constitucionalidad en el cumplimiento de las funciones atribuidas al primer mandatario de la república, depositario, mas no titular, del Poder Ejecutivo federal, cuya actuación debe estar caracterizada por su sometimiento a la Constitución.

Corresponde al Poder Ejecutivo el gobierno del Estado, en el ámbito administrativo, sujeto invariablemente a lo dispuesto en la Constitución federal y en las leyes que emanan de este ordenamiento jurídico supremo, atendiendo, en su caso, a lo determinado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el ejercicio de sus atribuciones de control de constitucionalidad.

Ante tales circunstancias de derecho, ¿cómo entender o explicar las múltiples propuestas de gobierno, promesas de campaña, ocurrencias, buenas intenciones, ofertas de actuación ideal o como se les pueda calificar, de los candidatos a cargos de representación popular, cuando en los actos de campaña electoral y/o en su propaganda política-electoral se comprometen a acabar con la pobreza, meter a la cárcel a los corruptos, perdonar a los delincuentes, limpiar el ambiente de impurezas que dañan a toda la población, hacer crecer el producto interno bruto al 5% o más anualmente, proveer a todas las familias de vivienda digna y decorosa, de servicios gratuitos de salud, más un etcétera interminable?

¿La democracia habrá llegado a tal grado de perfección que podemos elegir a un ser divino o estamos ante el grave riesgo de elegir a un tirano? ¿Y la división de poderes? ¿Y el sistema de pesos y contrapesos? ¿Y el sistema federal? ¿Y…?