Emma Islas

En la Ciudad de México existen un sinfín de problemas que a lo largo de los años hemos venimos arrastrando. Por más que se establezcan leyes no se les ve solución. ¿Cuántas veces no nos hemos quedado atrapados por una manifestación?, ¿cuántas veces no hemos tratado de realizar algún trámite y nos topamos con la burocracia?, ¿cuántas más hemos sufrido algún abuso de autoridad? Por ello, en la elaboración de la Constitución tenemos una oportunidad —para muchos histórica­—  en donde se deben sentar las bases para la solución de problemas que una entidad como la CDMX y sus habitantes requieren.

Es claro que la Constitución de la CDMX debe de consagrar el respeto y garantía de los derechos humanos y de aquellos que se han logrado tras muchos años de lucha, como el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo y el matrimonio igualitario, por ejemplo, o bien, la movilidad, que representa uno de los principales problemas para la ciudadanía. Sin embargo, las discusiones dentro de la Asamblea Constituyente se han ido perdiendo en una nebulosa, esencialmente en lo que se refiere a la organización interna como en el tema de los derechos.

Para el abogado Gonzalo Sánchez de Tagle, en este momento en la Ciudad de México tenemos el pretexto para discutir, reflexionar y replantear nuestros valores, principios y necesidades. Pese a que coincide en que esta Constitución no es la panacea, dice que es una buena ocasión para obtener una serie de cosas, sobre todo, en lo referente a la gobernanza local, pues de lo contrario “una oportunidad histórica puede acabar en un ridículo político”.

“Es momento de pensar en nuestra nueva entidad jurídica que es la Ciudad de México, a partir de lo que implica una ciudad en el siglo XXI. Lograr una Constitución en la que haya novedades y que se diferencie por mucho de la Carta Magna, al contar con un centro rector cuando menos diferente. Por ejemplo, una de sus particularidades podría ser la movilidad, que en una Constitución Política no lo es”.

 Constituyente

Cada quien agua para su molino

Al recordar el proyecto a partir del cual los constituyentes trabajan para la elaboración de la Constitución de la Ciudad de México —destaca— hubo una falta de calidad técnica que ahora se ve reflejada en las discusiones del Constituyente. “El jefe de Gobierno se dedicó a conceder todo al grupo de asesores que redactaron la Constitución, todos dijeron cuáles eran sus prioridades, su sentimiento, su pensar, respecto a lo que debe de estar contenido en la carta de derechos.

Miguel Ángel Mancera no quiso ser el malo de la historia. Ahora los constituyentes, que sí tienen las facultades para meterle mano, son los que deben determinar que quitan, ponen y agregan. El proyecto lleva su propia penitencia. Será difícil transitar en una carta tan vasta de derechos porque todos de una u otra forma tienen un reflejo político que representa una determinada agenda. Cada quien pretende jalar agua para su molino, desde el punto de vista de agendas particulares”.

Dentro del proyecto de la Constitución, mientras algunas iniciativas buscan darle prioridad al derecho de la movilidad, otras le están dando prioridad al derecho a la manifestación, otros al derecho a los animales, o a la libertad de comercio.

Ejes rectores

A fin de avanzar en la elaboración de la Constitución de la CDMX, el también columnista afirma que la Asamblea Constituyente deberá ponderar tres puntos específicos: organización política, derechos y ciudad.

El sistema de gobierno —dice— es la articulación entre los tres poderes, la creación de organismos con poderes autónomos, el fortalecimiento de las alcaldías y la participación ciudadana, como elemento democrático. Ahí también está el tema de anticorrupción, rendición de cuentas y transparencia, pero todo como una gran forma de gobierno.

Un tema en el que asevera que podría haber novedad es en el de la garantía de los derechos, “sobre todo, en que realmente los criterios de política de gobierno se reflejan en el presupuesto, pues si realmente quieren proteger derechos, estos deberán de estar previstos en el presupuesto. No necesariamente el derecho a la libertad de tránsito, movilidad o a la vivienda, sino que existan los mecanismos de reparación”.

“Independientemente de que la palabra garantía que se utiliza en cerca de 122 ocasiones en el proyecto de la Constitución, no importa que se le denomine o no garantía, sino lo importante es que existan mecanismos para que puedan ser realmente disfrutables los derechos humanos”.

Otro punto en el que se puede innovar en la Constitución de la CDMX es la de pensarla como pacto social de ciudad, señala, porque una ciudad no es cualquier ente colectivo, sino es un ente muy determinado y particular, “pensar cómo garantizar derechos de ciudad, garantizar calidad de ciudad, eso sí puede generar un par de principios transversales  del constituyente que nos puedan determinar hacia futuro, corto, mediano y largo plazo, una mejor ciudad, es necesario discutir el agua, la movilidad, los ordenamientos territoriales. Se está perdiendo una oportunidad histórica”.

Marcha MéxicoGarantizar derechos con provisiones presupuestales

Uno de los debates que se han generado es el de si es correcto garantizar tantos derechos frente a las provisiones presupuestales y a los recursos económicos que puedan existir.

“La ministra Sánchez Cordero aclara que los derechos económicos, sociales y culturales, a partir del Pacto Internacional de los derechos económicos, sociales y culturales del Consejo de San Salvador, tienen una previsión normativa muy clara que es que los estados tienen obligación de garantizar estos derechos hasta el máximo de sus capacidades; el máximo de sus capacidades implica por un lado el reconocimiento legislativo, jurídico y por su parte la provisión de recursos, y es ahí donde puede dar un problema al no existir el dinero suficiente para garantizar esos derechos”.

Sánchez de Tagle considera que está bien que se reconozcan y garanticen derechos, siempre y cuando se haga en la forma correcta, es decir, la técnica jurídica con la que se están reconociendo estos derechos.

“Debe tomarse en cuenta la cantidad en gente, programas y mecanismos que está estableciendo la Constitución para garantizar esos derechos. Lo importante ya no es propiamente la garantía de los derechos sino los medios que la propia Constitución pretende establecer para garantizar esos derechos. Si determinado programa cuesta 100 pesos se tiene que ver si se cuenta con esa cantidad o no. Corremos el peligro de que por tratar de abarcar tanto, abarquemos poco”.

Tratados internacionales

El profesor de la Universidad Iberoamericana explica que con la reforma realizada en 2008 a la Constitución se estableció una ampliación sustantiva a los derechos humanos de las personas. Además de reconocerse los derechos que ya se encontraban en la Constitución se agregaron los que se encuentran en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano es parte, por lo que nuestro catálogo de derechos se amplió exponencialmente.

De tal manera que el catálogo de derechos con que cuentan los mexicanos está determinado por la Constitución Política y los tratados internacionales de los derechos humanos. “Pese a que hay quienes dicen que este parámetro de control de regularidad constitucional se amplia por la legislación local, no me perdería en la discusión entre qué derechos reconocemos más o que derechos reconocemos menos, porque no es lo relevante”.

Otro punto que no debe dejarse de lado —destaca— es que la Constitución de la CDMX, desde el punto de vista de la jerarquía normativa dentro del marco jurídico mexicano, es una ley secundaria, por más que se llame Constitución. Cualquier disposición jurídica reconocida como derecho que se establezca en la Constitución de la capital tiene que ser aparejada, comparada, contrastada con la Constitución Política.

“No es tanto el reconocer derechos por reconocer. Está bien que pongan lo que consideren fundamental, claro está, en demérito de la calidad del texto final, de tener una Constitución de 10”.

Te invitamos a consultar la última columna de nuestro entrevistado titulada “Organismos Constitucionales Autónomos en la CDMX”.

O bien el siguiente link que abordar el tema “La Constitución de la CDMX, simple Ley Secundaria”.