Relegados de la reforma de telecom en México/VII-XV

Javier Esteinou Madrid

A lo largo de los primeros tres años de aplicación de la reforma constitucional de las telecomunicaciones y radiodifusión en México, se conquistaron metas empresariales muy importantes. Pese a ello, en el ámbito social se experimentaron grandes abandonos o retrocesos que afectaron significativamente a los ciudadanos.

Por ejemplo, en relación con los medios públicos se evadió el compromiso de crear un capítulo jurídico específico que normara, amplia y detalladamente, los principios constitucionales establecidos en el artículo décimo transitorio del decreto de la reforma de las telecomunicaciones para que dichas instituciones alcanzaran independencia editorial, autonomía de gestión financiera, garantías de participación ciudadana, reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas, defensa de sus contenidos, opciones de financiamiento, pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales. Se limitó la competencia de los medios públicos frente a la comunicación comercial, al restringir severamente el financiamiento de los medios públicos y sociales vía la venta de mensajes comerciales y de publicidad.

Se creó el importante Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, pero se le otorgaron recursos oficiales muy limitados que no le permitieron competir relevantemente con el tradicional modelo comercial altamente consolidado en el país; y debido a tales restricciones, sólo se expandió sobre la infraestructura audiovisual de la república y no sobre la red de la radio pública que también por ley le correspondía realizarlo.

Se impidió que las universidades públicas pudieran recibir subsidios para realizar la transición digital de sus medios de comunicación, con lo cual se obstaculizó su competencia frente a los canales comerciales y se limitó su contribución para erigir un espacio público mediático más humanizado y menos mercantil.

En la esfera de los canales de uso social se limitó en extremo el otorgamiento de permisos o concesiones indígenas. Los medios de uso social quedaron severamente arrinconados en su operación cotidiana al autorizarse que solo recibieran donativos en dinero o especie, aportaciones y cuotas de cooperación comunitaria, venta de productos y contenidos propios; recursos provenientes de entidades públicas, arrendamiento de estudios y servicios de edición, audio y grabación, convenios de coinversión con otros medios sociales, y venta de publicidad a los entes públicos federales, los cuales destinarán únicamente el uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad.

A través de ello, se desconoció profundamente la realidad que los medios públicos y de uso social pueden ser el verdadero equilibrio y contrapeso al modelo mercantilista de radiodifusión que ha reinado durante muchas décadas en México.

De esta forma, se despreció con soberbia que la radio comunitaria es capaz de reconstruir el tejido social para reintegrar a las comunidades alrededor de su propio proyecto de crecimiento.

En pocas palabras, el prototipo de comunicación de servicio público orientado a crear ciudadanía y civilidad fue fuertemente aplastado por el modelo de comunicación de mercado encaminado a incrementar las ganancias económicas, sin contribuir a resolver los problemas de sobrevivencia de la población.

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