Elecciones 2027 (XVIII): Ganancias y pérdidas de la CRT ante derechos de audiencias (X)

En el caso de los Derechos de las Audiencias, la Comisión fue la encargada de reglamentar la forma en que se deben aplicar los lineamientos básicos para el ejercicio de dichas garantías constitucionales.

Elecciones 2027 (Quinceava parte): Carencias en derechos de las audiencias modernas (VII)

De esta forma, permanecieron problemáticas medulares, pues se mantuvieron conceptos jurídicos ambiguos o indeterminados como “veracidad”, “diligencia editorial”, “pluralidad”, etcétera, cuya interpretación discrecional podrían generar incertidumbre…

Elecciones 2027 (Catorceava parte): Triunfalismo ante los derechos de las audiencias (VI)

Con el fuerte aval de estas entidades pareció que la modificación a los lineamientos sobre las audiencias ya había alcanzado un alto grado de maduración jurídica que beneficiaba a todos los sectores involucrados.

Elecciones 2027 (Novena parte): surgimiento de los Derechos de las audiencias (I)

Fue hasta el 11 de julio de 2013 que los auditorios sufrieron una profunda reconceptualización estructural y dejaron de ser contemplados como meros clientes receptores de la información del capital económico y del poder político, convirtiéndose en sujetos con derechos constitucionales.

Elecciones 2027 (Segunda parte): Hacia otra comunicación político-electoral

El principal problema fue que los lineamientos carecieron de mecanismos efectivos de cumplimiento, pues todo el diseño de las directicas quedó construido sobre expresiones relativas como “se recomienda”, “se sugiere”, “se procurará”, “podrán”, etcétera.

Elecciones 2027 (Primera parte): La regulación de la comunicación política

…pese que el ecosistema digital creció aceleradamente, los medios electrónicos permanecen siendo los únicos organismos regulados constitucionalmente para la participación política, los más fiscalizados por el INE y los que pueden garantizar cobertura nacional uniforme…