En días recientes han sido noticia las numerosas impugnaciones a la Constitución Política de la Ciudad de México. Los entes legitimados, de conformidad con nuestra Constitución federal, han promovido ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales en las que hacen valer aquellas cuestiones que, según su apreciación, constituyen violaciones al texto constitucional y al marco competencial previsto por la misma. Estos no son más que instrumentos de control de regularidad constitucional y su ejercicio de ninguna manera implica autoritarismo, sino que están diseñados para la protección del Estado de derecho y el sistema democrático; son auténticos frenos y contrapesos constitucionales.

Es importante destacar que la Asamblea Constituyente tuvo una integración plural y heterogénea, lo que se vio reflejado durante los debates en Xicoténcatl tanto en cuestiones ideológicas, como en cuestiones netamente jurídicas y técnicas. Se trató de un órgano en el que no había mayorías, por lo que no imperaba una agenda política específica y era imposible imponer una única visión de ciudad. Por lo anterior, en todo momento se buscó construir acuerdos a partir de ese punto medio que permitiera sacar adelante cada porción normativa y en última instancia la Constitución en su conjunto. Por todo ello, el hecho de que el máximo tribunal de nuestro país se pronuncie sobre la constitucionalidad de su contenido no puede ser sino benéfico para la certeza y seguridad jurídica de la ciudadanía.

Claudia Aguilar Barroso

En lo que respecta a las declaraciones que diversos actores políticos han esgrimido en estos últimos días, respecto a las impugnaciones parece que la cuestión se ha reducido a un mero discurso político que toma provecho de la atención que había sido perdida desde el 31 de enero de 2017. Se ha mencionado que dichas impugnaciones son una especie de ataque por parte de la federación en contra del proceso que derivó en otorgar autonomía a la Ciudad de México. Sin embargo, se pasa por alto que, dentro del cúmulo de acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales, figuran algunas presentadas por grupos parlamentarios que formaron parte de las discusiones que derivaron en la aprobación del texto publicado el 5 de febrero pasado. Adicionalmente, no puede obviarse el control de constitucionalidad solicitado por el propio Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que constituye un ente público local, así como el promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en cuyo caso me parece que el artículo 105 de la Constitución General más que una facultad constituye un mandato en el sentido de combatir la invalidez de toda norma que, desde su perspectiva, vulnere los derechos humanos contenidos en la Carta Magna y los tratados internacionales de que México es parte.

En cuanto a la acción de inconstitucionalidad promovida por el procurador general de la república constituye un medio abstracto de control constitucional cuya finalidad es, ante todo, salvaguardar la regularidad del orden jurídico. Es decir, no existe el interés de ninguna de las partes sino el deber de proteger nuestro régimen constitucional. Por otro lado, si bien la controversia constitucional promovida por el consejero jurídico del Ejecutivo federal se traduce en un control atendiendo al supuesto concreto, en el que una autoridad hace valer la invasión de su esfera competencial, en este caso la federación frente a una autoridad local, esto no deja de ser una gran oportunidad para que la Suprema Corte se pronuncie sobre la validez o invalidez de las normas que tantos debates suscitaron en la Asamblea y de una vez por todas se dejen claras las reglas para todas las entidades federativas en numerosas materias.

La postura del grupo parlamentario del cual formé parte fue en todo momento garantizar el carácter fundamental del texto, es decir, no aprobar cuestiones que por su formulación o materia deberían ser parte de una ley o reglamento; haciendo valer en todo momento la autonomía de la ciudad, lo que constituye el cambio más importante en la reforma constitucional de 2016; y salvaguardando las conquistas que en materia de derechos humanos se han alcanzado en la capital. Todo lo anterior, velando siempre por el respeto al marco previsto por la Constitución federal y los criterios vigentes de la Suprema Corte, en tanto se estima que, sin dicho sustento, se incurre en la elaboración de instituciones carentes que en última instancia carecen de eficacia jurídica.

En dicho sentido, no puedo dejar de mencionar que, en muchos de los casos hoy sujetos a debate jurisdiccional constitucional, ya no estrictamente político, algunos nos manifestamos, incluso en tribuna, en el sentido de su inconstitucionalidad, verbigracia, el control de constitucionalidad y convencionalidad a cargo de todas las autoridades, las relaciones laborales entre particulares, la condición jurídica de los extranjeros, la revocación de mandato, los principios aplicables a la nulidad de elecciones, entre otros. En ocasiones fuimos escuchados, en otras no, y esto es completamente comprensible debido al esquema de elaboración parlamentaria, el carácter de la norma en cuestión, el concierto de las diversas agendas políticas y por supuesto el escaso tiempo con el que contaba la Asamblea Constituyente.

En diversas ocasiones he señalado que los trabajos a los que nos sometimos los cien diputados constituyentes, además de no tener precedentes en nuestro país, de ser un momento histórico y de haber sido la culminación de un proceso de más de treinta años de debate en favor de los derechos políticos de la ciudadanía capitalina, representaron un ejercicio que, ante todo, es un ejemplo para el resto de las entidades federativas. Los diputados constituyentes nos seguimos sintiendo orgullosos de haberle dado a la Ciudad de México su Constitución. Ahora le toca a la Suprema Corte de Justicia de la Nación participar en  dicho proceso y ello no tiene por qué generar ningún temor o suspicacia, ni debe leerse como un retroceso en las conquistas obtenidas en la Ciudad de México. Nuestra Constitución en última instancia saldrá fortalecida.

Diputada a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

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