A una semana de terminar el año, que para muchos ya es considerado uno de los más violentos debido al crecimiento del crimen organizado, la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, que se concretó hace unas semanas, sigue causando controversia entre los diversos sectores del país. Mientras para unos se trata de un retroceso, sobre todo en materia de derechos humanos, para otros, aquellos que enfrentan la violencia en su día a día en diversos municipios y entidades, se ha convertido en una necesidad.

Con un proceso electoral a la vuelta de la esquina, el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto continúa enfrentándose a duras críticas por la Ley de Seguridad Interior. A tal grado, que Amnistía Internacional, a través de una carta abierta, ha pedido vetar la ley al considerar que con ella aumentarán violaciones graves a los derechos humanos, como es el caso de las ejecuciones extrajudiciales, tortura y desapariciones forzadas.

Todo indica que la herencia de violencia que dejó la administración de Felipe Calderón (2006-2012) sigue siendo un losa pesada para el gobierno de Peña Nieto, que ha buscado por todos los medios darle certeza a los soldados y marinos que participan en las labores de seguridad pública desde finales de 2006, y en el camino ha dejado un número creciente de bajas por el ataque del crimen organizado.

Sin embargo, organismos de derechos humanos, organizaciones civiles y algunos partidos políticos consideran que, además de inconstitucional, esta legislación únicamente normalizaría la presencia militar en las calles, y se continuaría sin fortalecer a las policías, además de fomentar los abusos contra la ciudadanía.

El problema es que sigue vigente la ley del plomo, sobre todo en zonas donde el narco, las llamadas autodefensas, los Caballeros Templarios, la Policía Federal y el Ejército continúan desde hace más de una década disputándose el control del territorio. Todo ello en el contexto de la corrupción de autoridades estatales y municipales que tienen vínculos con la delincuencia organizada, lo que ha provocado la incertidumbre y el hartazgo de la ciudadanía.

Para algunos, como el especialista en temas castrenses el periodista Juan Ibarrola, se ha creado una falsa idea de una militarización o del poder total que tendrán los militares con esta ley; sin embargo, dice: “No se han puesto a pensar que desde hace más de 40 años el país está militarizado, pues son los soldados los que realizan las tareas de seguridad pública, atienden desastres naturales”.

Además de que recuerda que es la misma sociedad civil en diferentes regiones, como familias de Tamaulipas, estudiantes de Zacatecas, pescadores de Veracruz, médicos de Chihuahua, o bien, maestros de Guanajuato, los que piden que las Fuerzas Armadas no se retiren de las calles para regresar a sus cuarteles.

Juan Velázquez.

Sin policías, actúa el Ejército

Para hablar sobre una posible inconstitucionalidad de la recién aprobada Ley de Seguridad Interior, Siempre! platica con Juan Velásquez, abogado penalista y catedrático del Colegio de la Defensa Nacional, quien coincide con Juan Ibarrola en descartar tanto la inconstitucionalidad de esta ley como una posible militarización.

Explica que pese a que dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentran presentes dos vertientes en lo que se refiere a la seguridad nacional que son: la defensa exterior y la seguridad interior, en el texto constitucional ninguna ley conceptualiza estos preceptos, ni establece sus limites y alcances.

“Mientras que por seguridad nacional —dice— se entienden aquellas acciones destinadas a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, no existe ninguna referencia en torno a la seguridad interior que se origina por la necesidad de enfrentar las amenazas internas para que las instituciones estatales se preserven”.

El licenciado Velásquez afirma que “mientras las leyes orgánicas de las Fuerzas Armadas precisan que son las instituciones las que tienen la misión de garantizar la defensa exterior y la seguridad interior, conforme el presidente de la república ordene, el Estado es el que tiene la obligación constitucional de dar al pueblo seguridad pública: protección de la libertad de las personas, integridad física, patrimonio, mantenimiento del orden y la paz, así como prevenir y castigar los delitos, lo que quiere decir que, constitucionalmente, la seguridad nacional está encomendada a las Fuerzas Armadas, mientras que la seguridad pública a las autoridades civiles. No obstante, actualmente ante la falta de autoridades policiacas, las Fuerzas Armadas son las encargadas de la seguridad pública y de enfrentar al crimen organizado”.

Más castigo y crimen no cede

Velásquez resalta que pese a que tanto las Fuerzas Armadas como aquellas destinadas a preservar la seguridad pública tienen sus ámbitos de competencia que no deberían transgredirse, hoy son las Fuerzas Armadas las que están actuando ante la amenaza que representa el crimen organizado en el interior del país, pero sobre todo ante la falta de autoridades civiles, sobre todo policiacas.

“En la actualidad —precisa—, existen cerca de ochocientos municipios sin policías y en la mitad de los restantes su presencia es muy débil. Sus elementos apenas cursaron la primaria, ganan el salario mínimo y carecen tanto de preparación, como de equipo”.

Al señalar que México cuenta con una de las policías menos eficientes y más corruptas del mundo, al estar infiltrada por la delincuencia en un 75 por ciento, Velásquez asevera que ante tal situación los delitos han aumentado exponencialmente.

“En México —dice— se cometen decenas de millones de delitos anualmente, lo que se ha pretendido remediar únicamente aumentando las penas de prisión. En muchos estados las penas alcanzan los cien años y en otros, como Chihuahua, Puebla y Veracruz, merecen cadena perpetua”.

Sin embargo, dice que, a pesar de esas penas excesivas, “hay 99 por ciento de impunidad ante la inexistencia de una policía que pueda investigar los delitos y descubrir a los responsables, para que posteriormente sean los ministerios públicos quienes persigan el delito en los tribunales y los jueces los que castiguen con la prisión”.

 

Nación muy violenta

A diferencia de las carencias de preparación y de equipo de las policías, señala que los carteles delincuenciales gastan millones de pesos en tecnología y corrupción, son de los más peligrosos del mundo, pues tienen rasgos terroristas, por lo que amenazan la estabilidad institucional.

Recuerda el licenciado Velásquez que ante la situación de violencia, “hay más de 100 presidentes municipales asesinados y ya suman cientos de miles los muertos, desaparecidos y desplazados”.

Destaca que ante el grave deterioro institucional, México retrocedió en el Índice de Estados Fallidos y se encuentra dentro del grupo de las Naciones de Advertencia. Además, en su informe el International Institute for Strategic Studies, de Londres, catalogó a México como el país más violento del planeta en 2016, después de Siria.

Velásquez indica que ante una realidad en la que los criminales, además de victimizar a la sociedad, ponen en peligro la seguridad interior y la estabilidad de las instituciones del Estado, “es necesaria la presencia de las Fuerzas Armadas, la cual ya fue aceptada por la Corte, que resolvió que la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea es constitucional en el auxilio de las autoridades civiles”.


Respuesta a detractores

Ante la gran oposición que existe por la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, el abogado penalista Juan Velásquez responde a los señalamientos que se han hecho en contra de la Ley de Seguridad Interior.

La Ley de Seguridad Interior no prevé ninguna militarización ni la afectación a los derechos de las personas, sino que regula el cumplimiento de la obligación del Ejecutivo federal de preservar la seguridad interior, con la coordinación de todas las dependencias del gobierno, incluyendo a las Fuerzas Armadas como último recurso.

Es falso que admite la permanencia de los militares. Su intervención se dará solo a través de una declaratoria de protección a la seguridad interior cuando las capacidades de las fuerzas federales resulten insuficientes para preservarla. La declaratoria establecerá el área y la temporalidad en la que se realizarían dichas acciones. Además, no contraría tratados internacionales, pues en nada transgrede alguno.

Propicia el fortalecimiento de las instituciones civiles, dado que las privilegia sobre el actuar militar. Será obligación de las entidades federativas y municipios a invertir en el sistema policial.

Las Fuerzas Armadas deberán respetar los derechos humanos y en ningún momento convertirse en sinónimo de su violación. En los últimos cinco años, de las quejas presentadas en contra de las Fuerzas Armadas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos concluyó que no tuvo responsabilidad en el 88.8 por ciento.

Por ningún caso la Ley de Seguridad Interior podrá reprimir la protesta social y política, debido a que este tipo de movilizaciones no son consideradas como amenaza a la seguridad interior.


Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior

  • La declaratoria de Protección a la Seguridad Interior se podrá solicitar cuando  exista una amenaza que ponga en riesgo a la población. Será una acción de las autoridades tanto federales como locales, a fin de proteger un estado o municipio.
  • Los responsables de poder solicitar la declaratoria de protección a la seguridad interior solo podrá ser solicitada por el presidente de la república, los congresos estatales y por los gobernadores. En la petición se deberá detallar tanto la amenaza como los hechos.
  • El encargado de valorar la petición y plantear las acciones será el Consejo de Seguridad Nacional que en un máximo de 72 horas deberá de expedir la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior y determinar el lugar, las autoridades federales que participan, qué es lo que harán y por cuánto tiempo. En tanto, los gobiernos de los estados quedarán obligados a corregir sus fallas y mejorar la seguridad en su territorio.
  • La Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Federación, así como en las gacetas oficiales de los estados afectados. Además se notificará a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que actúe en la protección y defensa de esos derechos y al Congreso de la Unión para que analice y dé seguimiento a la misma.