El domingo 1 de julio, 89 millones 123,355 ciudadanos podrán-deberán asistir a las 155 mil mesas directivas de casilla, que se han de instalar en todo el territorio, para recibir, escrutar y computar los votos de quienes decidan votar, para elegir, no a los cargos, esos ya están instituidos en la vigente legislación, sino a los ciudadanos que, en nombre y representación del pueblo, han de ejercer la soberanía nacional, por conducto de los poderes Ejecutivo y Legislativo federal y local, así como por los respectivos ayuntamientos municipales, alcaldías y concejales de las 16 demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

A las 7:30 de la mañana, quienes fueron designados presidentes de mesa directiva de casilla, secretarios o primero o segundo secretario, primer escrutador, segundo y tercer escrutador y suplentes generales (tres por casilla), así como los representantes de partido y de candidatos independientes, deben concurrir al lugar donde ha de ser instalada cada casilla, para llevar a cabo la jornada electoral. Son los mismos ciudadanos, no el INE, quienes han de recibir los votos de sus conciudadanos; los que deben resguardar el orden y garantizar la prevalencia de circunstancias de libertad, facilidad y secrecía para votar.

Son los ciudadanos quienes deben vigilar y garantizar que solo los ciudadanos inscritos en la lista nominal de su sección electoral, con credencial en la mano, uno por uno y solo una vez por elección, puedan votar en la casilla, a menos que el Tribunal Electoral haya ordenado que se permita votar a un ciudadano, sin tener credencial para votar o sin estar inscrito en la lista nominal de electores.

Finalmente, son los ciudadanos escrutadores quienes deben calificar la validez o nulidad de cada voto, el presidente de casilla carece de competencia para ello; los escrutadores deben contar los votos nulos y los válidos, por partido, coalición y candidato independiente y no registrado; deben asentar los resultados en la respectiva Acta de Escrutinio y Cómputo; son los funcionarios de casilla quienes deben integrar los expedientes y paquetes electorales, para entregarlos en el Consejo Electoral Distrital o Municipal que corresponda, el cual llevará a cabo, al miércoles siguiente (4 de julio), el respectivo cómputo distrital o municipal.

Durante la instalación, se deben contar las boletas recibidas; los representantes de partido y de candidato tienen derecho a solicitar y obtener que alguno de ellos rubrique o selle las boletas, sin que la falta de sello o rúbrica afecte la validez de los votos, recibidos solo a partir de las 8 de la mañana, por ningún motivo antes de esa hora. El elector, cuando ha votado, recupera su credencial, marcada legalmente por haber ejercido su derecho.

La votación debe concluir, de manera ordinaria, a las 6 de la tarde; no debe ser suspendida durante la jornada, excepción hecha de caso fortuito o fuerza mayor, supuesto en el cual el presidente de la casilla debe dar aviso inmediato al Consejo Distrital o Municipal que corresponda, la que determinará si la votación se reanuda o ya no.

Como es factible advertir, la jornada electoral puede ser un día de fiesta para el pueblo soberano, en todo Estado de derecho; un ejercicio pleno de civismo y democracia.