Trascendió recientemente en medios de comunicación que el candidato a la Presidencia de la República por la coalición Juntos Haremos Historia criticó severamente (y sin sustento alguno añadiría yo) el actuar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Literalmente dijo: “¿Saben de algo que hayan hecho los de la Suprema Corte en beneficio de México, se han enterado de algo que hayan resuelto a favor del pueblo?”. Una pregunta retórica que él mismo se sirvió a responder con un simple, generalizador y poco informado: “nada”.

¿Qué busca transmitir al señalar que el máximo tribunal no está del lado del pueblo? ¿Quiénes integran “el pueblo”? ¿A quién le corresponde definir este concepto? ¿Él, su partido político y sus aliados, sí están de su lado? ¿Qué pruebas tenemos de esto?

Hago estos cuestionamientos, consciente de que este proceso electoral ha generado que las posturas se radicalicen y parece haber dejado al discurso político sin sustento alguno. Como abogada postulante, me permito hacer énfasis en que contrario a lo sostenido por el candidato, la Corte es garante del orden democrático y sobretodo de los derechos humanos. Y son precisamente los derechos y su garantía eficaz la manera en que se logra la verdadera justicia social.

Estimo que el dicho de un candidato a la presidencia tiene un peso específico de gran relevancia y en la especie denota una alarmante falta de conocimiento. Es un comentario irresponsable que pretende de manera injustificada desacreditar al tribunal que ha servido de garante para la transición democrática, que ha sido sustento de la efectividad de la reforma en materia de derechos humanos y del cumplimiento del Estado mexicano en sus obligaciones internacionales en dicha materia.

De esa Corte que se ha pronunciado en favor de la educación, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad sexual, la familia, en todas sus formas, el interés superior del menor, el matrimonio igualitario, los derechos de las víctimas, pero también de la presunción de inocencia y las prerrogativas de los indiciados. Tal vez, precisamente por eso y viendo la plataforma electoral de referencia es que ahora se lanza en contra del máximo tribunal del país.

Es claro que en la agenda de la coalición Juntos Haremos Historia los derechos humanos, aquellos que han sido piedra angular del sistema jurídico a partir de la reforma constitucional de 2011 y sobretodo los derechos humanos de las minorías, no están incluidos; es más, están en riesgo constante ante la amenaza de ser sometidos a la aprobación de “las mayorías”.

Aunado a estas críticas a la Corte, el mismo candidato desdeña el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en tanto expresó su rechazo al mismo desde su integración el año pasado y, en fechas recientes, critica públicamente todo fallo que no le favorezca. ¿Vemos el comienzo de un intento de injerencia?

Es pertinente recordar que la Corte, como la conocemos, es producto de la reforma de 31 de diciembre de 1994 (en vigor el primer día de 1995). En ella, se dio u “despido constitucional” de quienes eran ministros, así como un cambio en la estructura y régimen que rige este tribunal. Pero, en nuestra historia ya se había dado un “retiro forzoso” de este tipo, a saber, en 1928 y en 1934 (en dicha ocasión impulsado por el expresidente Lázaro Cárdenas del Río), a lo que se sumaron las reformas al Poder Judicial de la Federación de 1944, 1951, 1967 y 1987 que, junto con las de 1994 y 1999, son clara muestra de una tradición de injerencia sobre el Judicial, por parte del resto de los órganos de poder.

Excusas ha habido muchas, verbigracia la supuesta falta de independencia, el rezago en la impartición de justicia, la especialización, los privilegios o la duración en el cargo de sus integrantes, entre muchos otros aspectos que se han hecho valer antes pero que a mi parecer eran reflejo del presidencialismo absolutista.

La “cuarta transformación de la vida pública”, ¿conllevaría una nueva reforma constitucional al Poder Judicial? Si por aquí va su planteamiento, que se diga de una vez, como una propuesta que buscará llevar a cabo dentro del ámbito de sus estrictas facultades (una iniciativa).

En dicho contexto, no se pase por alto el otro tema pendiente: el de la procuración de justicia; esto pues el 14 de diciembre del año pasado se aprobó en el Congreso federal la eliminación del denominado “paso automático” del titular de la Procuraduría General de la República, por ser un artificio (por cierto, votado de manera mayoritaria) para que un personaje supuestamente “a modo” se convirtiera en el primer fiscal. En su lugar, se determinó que sería designado por el Senado de la República según lo dispuesto por el artículo 102 de la Constitución. No obstante esto, dicha disposición, en específico el artículo décimo sexto transitorio del decreto de reformas en materia político-electoral publicado el 10 de febrero de 2014, por ser de carácter constitucional, requiere la aprobación de al menos diecisiete congresos de las entidades federativas. Esto significa que el texto de la reforma de 2014 es el vigente, por lo que, de ser publicado el decreto por el que se expidan las normas que reglamentan a la nueva fiscalía, el procurador general de la república que se encuentre en funciones en dicho momento quedaría designado como fiscal general de la república.

Las legislaturas se están tardando o ya se tardaron, lo que pudiere derivar en que el próximo orden legislativo, con una nueva integración tanto en el ámbito federal como en el local, decida remitir este asunto “a la congeladora” y, lo que es peor, permita que una persona designada por la siguiente administración, termine pasando a ser el primer titular de este nuevo órgano constitucional autónomo por los próximos nueve años.

A este escenario catastrófico de nombramientos, se suman hechos como el término del mandato del ministro José Ramón Cossío el próximo 27 de noviembre de este año y en febrero de 2019 el de la ministra Luna Ramos; y, ni hablar del sistema anticorrupción inacabado, en específico por las designaciones pendientes de los magistrados y del fiscal especializado.

¿Podrá la administración actual lograr en estos últimos meses una transición, no sólo “pacífica”, sino que garantice el correcto funcionamiento de nuestro Estado de derecho en los próximos años?

Desde este espacio me permito posicionarme por una modificación profunda al artículo 102, pero sobre todo por una reforma que llegue a buen puerto, así sea la que ya fue aprobada; pues estamos hablando del órgano federal de procuración de justicia y persecución de delitos, que no debe estar a la orden de nada ni nadie, sólo bajo el escrutinio ciudadano sobre el correcto desempeño de su función; sin injerencias políticas. La falta de certeza institucional es inadmisible.