Los diputados se quedaron cortos en la nueva reforma laboral aprobada la semana pasada. Desde luego está muy bien y es importante que se busque apoyar la democracia sindical, ya que el charrismo fungió durante muchas décadas como un instrumento de control de los trabajadores y, en nuestros días, no solo sigue presente en algunas áreas, como Pemex, sino que intenta recuperarse, como en el caso de Elba Esther Gordillo en el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

También es significativo que la nueva reforma laboral busque combatir los sindicatos blancos, es decir, los que actúan en contubernio con los patrones, así como intenta acabar con los contratos llamados de protección (en contra de los trabajadores) y la extorsión de otros contra los empresarios. Apoyar la democracia sindical desde la ley significa un cambio radical en las condiciones laborales de los trabajadores mexicanos.

En cuanto a la creación de tribunales específicos, que sustituyan a las juntas de conciliación y arbitraje, no se ve claro que el nuevo sistema garantice la honestidad e imparcialidad para juzgar los conflictos obrero-patronales, pues la corrupción ha estado presente en el poder judicial de manera tan y a veces más escandalosa que en otras áreas del aparato estatal.

Quizá por la urgencia de cumplir con las exigencias del Tratado México, Estados Unidos, Canadá (T-MEC) no se abordaron todos los aspectos, lo cierto es que no se trata de los cambios que se necesitan, ya que la reforma laboral aprobada en los últimos días de la administración de Felipe Calderón y ratificada después, constituyó un ataque frontal a las condiciones de vida de los trabajadores mexicanos, que los dejó prácticamente en la indefensión al minar las posibilidades de independencia de las organizaciones sindicales y acotar el derecho de huelga, hasta limar sus aristas y volver inútil esta, que en principio es la principal arma de lucha de los trabajadores.

En el terreno de los tipos de contrato que se legalizaron a partir de aquella reforma debían establecerse en la nueva modificaciones importantes. Me refiero, por ejemplo, a los contratos temporales y por obra determinada, así como a los de aprendices y primer trabajo. En especial, se necesita con urgencia una regulación del llamado outsourcing.

Es cierto que la transformación de las relaciones económicas hace necesario este tipo de intermediación para trabajos especiales y temporales, pero es igualmente cierto que el outsourcing se ha convertido en un sistema de simulación con el que los patrones se libran de todas las obligaciones como empleadores respecto de trabajadores regulares esto es, que no realizan trabajos especiales ni temporales. Y hay que señalar que este tipo de contrato y simulación se ha multiplicado hasta abarcar a millones de trabajadores que de esta manera pierden toda clase de derechos como antigüedad, prestaciones, indemnización y lo demás, porque a fin de cuentas no existe la relación de trabajo legal entre el empleador real en donde labora el trabajador.

Aquí hay que señalar que está proliferando otra forma parecida de simulación, con el mismo fin de eludir obligaciones que es la modalidad de exigir a los trabajadores firmar contratos por prestación de servicios, es decir, como si se tratara de un profesional independiente que vende un servicio a una empresa o una institución lo cual, por supuesto, exime de cualquier obligación al empleador y permite el despido sin ningún trámite. Es preocupante que esta práctica esté aumentando, incluso en instituciones públicas o semipúblicas, como Notimex o en privadas como Uber, donde en una variación del método, se convierte a los choferes en “socios” de la empresa.

Todavía es tiempo de que los senadores incorporen a la nueva reforma laboral otros aspectos de la Ley Federal del Trabajo y no solo la democracia sindical.