Ha culminado el período de la responsabilidad conferida a José Fernando Franco González Salas para servir al Estado mexicano en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El Pleno del máximo tribunal del país celebró sesión solemne el 2 de diciembre curso para hacer reconocimiento a su labor y rendir homenaje a su trayectoria profesional, destacadamente durante tres lustros en el Poder Judicial de la Federación.

Renovada la conformación de la Corte en diciembre de 1994, Fernando Franco fue designado en 2006 por el Senado para cubrir la vacante de Juan Díaz Romero, quien trascendió de la arquitectura anterior del órgano al Pleno rediseñado.

En la renovación escalonada prescrita, el Ministro Franco llevó a la Corte —entre otras prendas de conocimiento jurídico— la experiencia y el reconocimiento obtenidos en la presidencia del Tribunal Federal Electoral (1990-1996), para contribuir con la vivencia del surgimiento, formación y evolución inicial de la justicia electoral en nuestro país, donde ya se ubicaban Guillermo Ortiz Mayagoitia, Juan Silva Meza y Margarita Luna Ramos, quienes habían formado parte de la entonces Sala de Segunda Instancia del Tribunal Federal Electoral (TRIFE).

Especialista también en materia laboral y administrativa, Fernando Franco aportó una formación profesional en los ámbitos del Poder Ejecutivo, donde actuó como Secretario General de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Jefe de Relaciones Laborales del IMSS, Subsecretario de Desarrollo Político en la Secretaría de Gobernación y Subsecretario del Trabajo en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; del Poder Legislativo, donde se desempeñó como el primer Secretario General de la Cámara de Diputados, luego de la ley de 1999; y de la impartición de justicia electoral en el Tribunal de lo Contencioso Electoral y en el TRIFE.

El diseño constitucional establece un período de desempeño que cruza tres encomiendas presidenciales y las consecuentes decisiones de la ciudadanía para otorgar el cargo mediante el sufragio; períodos que conllevan la legitimación conferida al titular del Ejecutivo y a quienes integran el Congreso de la Unión y las Legislaturas locales para modificar la Constitución.

En ese lapso, las reformas y adiciones a la Ley Fundamental fueron significativas. Cito el recuento hecho por el propio Ministro Franco en la sesión solemne: 86 decretos de reformas constitucionales que abarcaron 97 artículos, con 317 adecuaciones al texto de esos preceptos. El número impresiona y los objetos aún más, desde la perspectiva del cambio para el juez constitucional y la evolución de los paradigmas.

Son las transformaciones impulsadas por la convivencia democrática en la pluralidad, a partir de la figura de los gobiernos divididos en el postulado de Alonso Lujambio, y la alternancia en el poder ejecutivo del 2012 y del 2018.

No es descabellado afirmar que en el curso de la responsabilidad del Ministro Franco se sucedieron reformas de gran calado en nuestro régimen constitucional. Vale destacar algunas: la justicia penal para adolescentes infractores y la reivindicación de los derechos de las personas menores de edad y el interés superior del menor en conflicto con la ley penal; la expresión propia del principio de presunción de inocencia y el sistema penal acusatorio basado en la oralidad, contradicción, inmediatez, concentración, continuidad y publicidad; la plena recepción de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano como el orden jurídico aplicable por cualquier autoridad en su relación con todo habitante del país, y el respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos como el eje de la gestión pública de todo órgano depositario de poder; y la afirmación de los derechos de los trabajadores a la negociación colectiva a través de la legítima representación sindical, la certeza sobre las condiciones de contratación colectiva y el voto personal, libre y secreto para elegir dirigentes sindicales.

Hay, desde luego, otras modificaciones constitucionales relevantes, particularmente para la impartición de justicia, como el establecimiento de las figuras de la extinción de dominio y de las acciones colectivas, así como la orden de privilegiar la solución de fondo sobre los formalismos procedimentales.

Un orden constitucional en evolución para ampliar los derechos y libertades de las personas, que ha exigido no sólo la actualización permanente, sino el enriquecimiento de la perspectiva de análisis.

Al Ministro Franco correspondió plantear a sus pares y generar argumentos coincidentes y convergentes para lograr las soluciones relevantes en favor de la efectiva vigencia de los derechos de las personas —como lo destacó el Ministro Presidente Arturo Zaldívar— en materia de derechos reproductivos y sexuales de las mujeres; de acceso igualitario a los beneficios de la seguridad social para menores de edad, personas con discapacidad y personas que sufrieron discriminación por orientación sexual; y ajustes razonables para niñas y niños con discapacidad en guarderías; de radiodifusión en lenguas indígenas, y de derechos sindicales.

También es pertinente recordar la resolución de la controversia constitucional de carácter territorial entre Oaxaca y Chiapas por Los Chimalapas, que es la única de esa naturaleza resuelta por la Corte desde que se le otorgó esa facultad en la reforma al artículo 105 constitucional de 1994 y que tras ubicarse temporalmente como facultad exclusiva del Senado, retornó al máximo tribunal.

Y, desde luego, las relativamente recientes resoluciones aprobadas por unanimidad para invalidar la reforma constitucional de Baja California que pretendía prorrogar el período de desempeño del Gobernador Jaime Bonilla Valdez, así como el artículo transitorio de la reforma judicial secundaria que prorrogaba los cargos del Presidente de la Corte y de quienes integran el Consejo de la Judicatura Federal por dos años.

Con una fructífera trayectoria del ahora Ministro en retiro para impulsar -desde las mesas de diálogo y construcción de acuerdos- las bases del actual sistema de justicia electoral de nuestro país, demostró ser un hombre de Estado que supo impulsar el cambio que permanece sin generar inmovilismo; el cambio que perdura, porque las resistencias se vencieron sin rupturas; porque lo creado es acorde a los valores y principios políticos de una comunidad plural y está confiado a instituciones que se enriquecen con las aportaciones de las personas, pero están diseñadas para trascenderlas.

Y en su paso por la Corte ha reiterado esa categoría al saber aquilatar la responsabilidad de impartir justicia constitucional con base en el delicado balance entre el derecho reconocido —y que pudiera haber sido vulnerado— y el interés general de la sociedad, a la luz de la resolución emitida. Apreciar en la balanza a quien es titular del derecho y, al mismo tiempo, a la comunidad toda.

Por eso, vale retomar el mensaje de su intervención en la sesión solemne de homenaje: “…uno de sus principales sustentos como generador de fortaleza para enfrentar cualquier adversidad —en la Corte— (es) la unidad de sus integrantes…la unidad institucional que se requiere para defender…la autonomía e independencia del Poder Judicial y de sus integrantes, con altura de miras y visión de Estado”.

Cierra un ciclo en la Corte para uno de sus integrantes. Misión cumplida.