Vivir bajo el imperio de la ley constituye la mayor garantía para los derechos y las libertades de las personas y debe ser la primera obligación de quienes ejercen poder público. Para unos, la certeza de la protección del orden jurídico y para otros el límite de las acciones que podrían realizar. Delicado y puntual equilibrio en el Estado constitucional de derecho.

La ley, desde luego, es norma, pero antes de ello es una idea, una concepción de la vida y del orden de las cosas en torno a ciertos principios. Éstos y los valores que los sustentan son el contenido último de las normas. Así, la libertad, la igualdad, la equidad, la justicia y la certeza cobran vigencia y pueden hacerse exigibles.

En principio, actuar conforme a la ley es dar vida a esos valores en las situaciones cotidianas que se enfrentan en la vida en comunidad. Y corresponde al poder público, en sus distintas expresiones como funciones a cargo de órganos, conducirse en el cauce legal para honrar el imperio de los principios que dan identidad, sentido y cohesión a la sociedad.

Así, honrar el orden jurídico, comportarse conforme a la ley, cumplir sus mandatos y acatar sus obligaciones implica ganar y acrecentar el peso ético de quienes tienen confiado el ejercicio del poder.

En la diversidad política, pensar distinto es la característica dominante, acompañada de los métodos e instrumentos para que las diferencias no impliquen exclusión, ni la intolerancia cancele el mosaico de las ideas y las propuestas.

La pluralidad democrática significa diálogo, entendimiento, disenso, acuerdo y compromiso para convivir. Y la mayoría puede y debe decidir. Hacerlo dentro del cauce de la ley otorga legitimidad y densidad moral a las determinaciones.

Estas últimas semanas, con el desgaste del tiempo que transcurre en el actual período presidencial, han aflorado distintas manifestaciones de una clase dirigente oficial que no repara en violar la ley, pretende utilizarla para la promoción de sus intereses personales y de grupo -quizás facción- y reclama su modificación para favorecerse de manera exclusiva. No el pueblo al poder o el poder para servir al pueblo, sino el individuo al poder o el poder para servir al individuo.

Son subespecies de una misma conducta abusiva, aunque una de mayor gravedad porque ha implicado un interés personalísimo y no de abuso de la función para buscar mantener y acrecentar el poder público en detrimento de la soberanía ciudadana y la rendición de cuentas a que tiene derecho. Se distinguen las ambiciones personales, de las ambiciones de poder.

Por la valiente revelación que Alonso, Ana Paula y Gonzalo Castillo hicieron de las injustas y abusivas circunstancias en las que se detuvo y sujetó a proceso a su mamá, Alejandra Cuevas Morán, los argumentos legales y la presión social para que el asunto fuera revisado, la Suprema Corte de Justicia la Nación votó por unanimidad su libertad lisa y llana.

Al descubierto han quedado la fabricación de una conducta delictiva por parte de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, a instigación -hay indicios claros- del Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero; el uso de medios, recursos y poder público de éste para “litigar” y mantener privada de la libertad a la hija de la concubina de su hermano Federico, Laura Morales Servín, también sujeta a proceso por responsabilizarla de su muerte; y el uso de la Fiscalía con propósitos distintos a perseguir el delito, proteger a la víctima, buscar la sanción a los responsables y evitar la impunidad.

Se ha comentado en distintos ámbitos y tribunas: por elemental decoro y respeto a la sociedad, el Fiscal Gertz Manero debería presentar su renuncia. No hacerlo entroniza el abuso de poder y deja sin sanción política a quien carece de ética pública y autoridad moral para ocupar ese cargo. El Ejecutivo Federal puede removerlo y el Senado no objetar, pero aquél no lo hará.

Una persona sobre la que existe evidencia de no reunir el requisito de buena reputación para ejercer el cargo, en términos de honorabilidad, compromiso con valores democráticos, independencia y reconocimiento social (artículo 18, quinto párrafo, fracción II, de la Ley de la FGR), no debería continuar en esa responsabilidad. Sin esa credibilidad, la institución es un cascarón y el riesgo de las acciones represivas e intimidatorias una realidad cada vez más inquietante.

A las mayorías de Morena en las Cámaras, con un ingenio digno de mejor causa, les pareció que si la Constitución prohíbe la propaganda gubernamental y la actuación parcial de los servidores públicos durante el proceso de revocación de mandato, que basta “interpretar” los conceptos legales y establecer excepciones a lo que necesitan sus integrantes y sus correligionarios, incluido el presidente la República, para que violar la Ley Fundamental no les depare procedimiento ni sanción alguna.

Si la ley limita y no gusta, ni siquiera habrá que reformarla pues bastará con interpretarla. La pretensión más peligrosa de esta actuación es el deseo de la mayoría oficial por ejercer el monopolio de la interpretación de la ley, para que el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no puedan apartarse de ese criterio.

A reserva de que la Corte resuelva las acciones de inconstitucionalidad planteadas contra el decreto de interpretación, en forma inmediata las instancias competentes del Tribunal Electoral han establecido que no se puede aplicar el decreto porque su expedición pretende modificar las normas del proceso en marcha y ello está prohibido por la Constitución, porque afecta el principio de certeza que lo rige; empezado el juego, no pueden cambiarse las reglas.

Y el presidente la República, transgresor contumaz del orden jurídico, quien enfrenta diversas quejas por violar la prohibición constitucional de hacer propaganda gubernamental y realizar promoción personalizada su favor y sólo a regañadientes atiende las medidas cautelares de la autoridad judicial electoral, plantea que si los responsables de las funciones electorales son independientes es porque no escuchan la voz del pueblo y habría que retirarlos para que sean sustituidos por otras personas que el pueblo elija.

Amenaza con reformar el sistema electoral pero sin que sea creíble, porque no alcanzaría la mayoría calificada necesaria en las cámaras federales; sin embargo, tensiona.

Tres casos frescos de la pretensión de funcionarios del régimen para colocarse por encima de la ley. Si tienes el cargo, si tienes la mayoría, si tienes el púlpito, estás por encima de la ley. No obstante, en los tres ha habido órganos de control para sujetarlos a la ley. No sólo son derrotas jurídicas, son derrotas morales.