En el mes de mayo escribí en este mismo espacio Roe vs Wade ¿Qué está pasando con el Derecho al Aborto en EU?. En esas líneas anticipada el riesgo casi inminente de que llegara el fin del aborto como derecho constitucional en el vecino país del norte, después de casi 50 años. Lo hice en ese entonces tras la filtración del proyecto de sentencia del caso Dobbs v Jackson. Lo que entonces anticipábamos y percibíamos como una pesadilla, se volvió una terrible y estremecedora realidad el pasado viernes 24 de junio, día en que con el voto de seis jueces, la Corte Suprema de los Estados Unidos (SCOTUS), revocó el precedente que garantizaba el aborto para todas las mujeres y personas gestantes desde 1973.

La decisión de la Corte de revertir el precedente de Roe v. Wade, que estableció en los años setentas, el derecho constitucional a interrumpir el embarazo en ese país y con enormes repercusiones alrededor del mundo, todavía no terminar de cimbrar a la sociedad estadounidense y diría yo a todo el mundo. Fundamentalmente a las mujeres. Hoy las mujeres y personas gestantes en edad reproductiva tienen menos derechos que sus madres y abuelas.

Hoy están en un riesgo mayor que aquel en que estaba prohibido el aborto antes de Roe v Wade, y esto por la llamada “huella digital” que coloca a todas en una posición mucho más volnerable. De suerte que, más allá de las secuelas legales y políticas que puede traer aparejada esta sentencia, lo cierto es que el daño en la vida de millones de mujeres y personas gestantes ya está hecho y es además inconmensurable.

Sin exagerar, desde el pasado viernes, Estados Unidos es otro país, uno en el que su agenda de extrema derecha empieza a tomar por asalto ámbitos impensables hasta hace algunos años. Y tenemos que ser realistas y pensar en el enorme poder de los grupos antiderechos, pues lo ocurrido en la Corte Suprema de Estados Unidos es sin duda el resultado de años de estrategias y empuje precisamente de la agenda antiderechos de la extrema derecha. Y desde luego de los cambios ocurridos en la propia Corte durante la administración de Donald Trump, que mostraron ser clave para revertir un precedente que parecía haber llegado para quedarse.

Es un reflejo de años de trabajo coordinado por los grupos antiderechos (por los más conservadores) quienes seguramente irán por más. Después de este fallo no es exagerado pensar que todos lo derechos se encuentran en riesgo, comenzando por los de las minorías LGBTTTQI+. Hay que observar a los grupos ultraconservadores que desde hace casi 20 años pensaron en un plan primero apoderándose del partido Republicano y posteriormente apoderándose de los congresos locales. Tenemos que pensar en clave de derechos humanos y darnos cuenta del enorme riesgo en que se encuentran nuestras libertades, los grupos antiderechos son poderosos política y economicamente hablando, además de ser muy organizados. No se trata de democracia, o de devolver las decisiones a los representantes electos democráticamente como eufemisticamente dijo el Justice Samuel Alito, sino de restricciones de derechos humanos.

El derecho al aborto en los Estados Unidos de América parte de la emblemática sentencia de 1973, Roe v. Wade, en la cual se reconoció a las mujeres una libertad amplia para decidir sobre su cuerpo, se instituyó un derecho constitucional al aborto seguro en los Estados Unidos y con ello se prohibió a las legislaturas locales limitarlo en los dos primeros trimestres de gestación (es decir, cuando la vida del feto fuera del útero es inviable).

La Corte lo que resolvió fue que los gobiernos estatales carecían de facultades para prohibir el aborto y consideraron que el derecho a interrumpir el embarazo se encontraba protegido por la constitución. Roe v Wade fue, en términos de derechos sexuales y reproductivos, hasta el pasado viernes uno de los precedentes más relevantes; dado el impacto que tuvo en las legislaciones de todo Estados Unidos, al considerarlas inconstitucionales pues en su mayoría limitaban el derecho al aborto pues los consideraban un delito, salvo ciertas excepciones, como son que la vida de la mujer estuviera en riesgo o en casos de violación, incesto o anomalías fetales.

Adicionalmente es un precedente que tuvo impactos en las resoluciones posteriores como Planned Parenthood vs. Casey, en donde SCOTUS reiteró la protección constitucional de la interrupción del embarazo y, sobre todo, y de manera fundamental, Roe v Wade tuvo un enorme impacto en la vida de las mujeres y personas gestantes en Estados Unidos, al permitirles que los servicios de aborto fueran más seguros y accesibles en todo el país; garantizando además el derecho a decidir libremente sobre sus cuerpos y a definir el plan de vida de miles de personas gestantes en Estados Unidos.

En suma, el precedente Roe v Wade estableció que el aborto era un derecho constitucionalmente protegido y SCOTUS llegó a esta conclusión buscando un balance entre la protección de la vida prenatal y la libertad de las mujeres, esto es, lo hizo bajo una visión garantista de derechos, lo que necesariamente implica declarar la inconstitucionalidad de las normas que eliminan el derecho de las personas a decidir sobre su vida y sus cuerpos sin que esto pueda ser considerado como una intervención indebida en el ejercicio democrático, sino la solución propia de un gobierno democrático donde el papel de los Tribunales Constitucionales es precisamente el de proteger los derechos de todas las personas.

Y, es esto último lo que tal vez ayude a clarificar las posturas surgidas frente a Roe v Wade en 1973; y frente a la decisión mayoritaria de revertir dichos prcedentes el viernes pasado, me explico. El precedente Roe v Wade es una especie de símbolo sobre como se entiende el papel de los Tribunales Constitucionales en una sociedad democrática y sirve por polémico para revivir antiguos debates sobre quien debe ser el guardián de la Constitución o incluso si los jueces constitucionales son legisladores negativos, y esto es así pues hay quienes -como la mayoría en el caso Dobbs v Jackson-  sostienen que Roe era un precedente que representaba el abuso del poder judicial sobre el poder legislativo democráticamente electo; mientras que otros, representados por los tres votos disidentes, sostienen que la Constitución tiene la función de retirar ciertos temas de la decisión mayoritaria incluso frente a la oposición pública. Yo me adscribo a esta segunda postura y considero que debemos siempre optar por defender la libertad de las mujeres de decidir libremente sobre sus cuerpos y proyectos de vida. La decisión de SCOTUS representa además un grave ataque al derecho fundamental a decidir de mujeres, niñas y personas gestantes.

Y si bien la decisión de la Corte en este asunto no prohíbe expresamente el aborto, sino que regresa las facultades a las legislaturas locales para decidir si este derecho es permitido o no y hasta qué momento, lo cierto es que esto vulnera gravemente los derechos de las mujeres y personas gestantes, principalmente ante la incertidumbre jurídica que se genera dado que algunos estados tienen tendencias claramente restrictivas en la materia, ya ha quedado claro que diversos Estados conservadores han publicado leyes sumamente restrictivas en términos de interrupción legal del embarazo desde que se hizo publica la determinación de revertir Roe.

Lo que además confirma sin duda alguna la ola reaccionaria que se viene en EEUU en los próximos años. Y aquí vale la pena hacer un alto y criticar la reciente determinación de la mayoría conservadora de SCOTUS, pues la determinación adoptada vulnera gravemente el principio de progresividad (y consecuentemente la noregresividad) en materia de derechos humanos, a partir de la anulación de los precedentes de Roe v Wade  y Planned Parenthood v Casey; lo cual es sumamente relevante pues puede impactar en otros derechos implícitos que han sido reconocidos en otros precedentes, como por ejemplo el derecho al matrimonio igualitario. Es muy grave que un derecho reconocido y protegido desde hace casi 50 años, haya sido eliminado sin haber argumentado cómo es que esa determinación estaba permitida bajo el principio de progresividad y no resultaba regresiva en terminos de los derechos humanos de las mujeres y de las personas con capcidad de gestar.

Ahora bien, vale la pena destacar que ahora que en EEUU se ha dado este revés al derecho al aborto, México y varios países de latinoamerica están siendo un punto de referencia. Esto no es gratuito y no siempre fue así, hay que recordar que en México, desde 2011 el artículo primero constitucional incorpora los derechos humanos contenidos en tratados internacionales (bloque de constitucionalidad) y establece el principio pro persona. Esto ha permitido que cuando menos en los útlimos años, la Suprema Corte de Justicia en México, haya podido argumentar de manera mucho más sólida el derecho al aborto.

Esto desde luego parte de nuestra  configuración consitucional que establece un  mayor catálogo de derechos (que el norteamericano), además de tener la posibilidad de incorporar estándares internacionales en la interpretación de la Constitución; lo cual no ocurre en el caso norteamericano. Esto explica sin duda el porque la SCJN ha podido emitir recientemente criterios de la mayor importancia en materia de derechos sexuales y reproductivos, particularmente en materia de aborto, por ejemplo como lo hizo al resolver las acciones de inconstitucionalidad 148/2017 y 106/2018;  donde sostuvo, por una parte, que la prohibición y criminalización absoluta del aborto es inconstitucional y, por otra parte, que los estados tienen vedado establecer cláusulas constitucionales locales de protección a la vida desde la concepción, en tanto que éstas se configuran como restricciones a los derechos de autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes. La SCJN en la acción de inconstitucionalidad 148/2017, además de declarar la inconstitucionalidad del delito de aborto previsto en la legislación del estado de Coahuila, sostuvo que el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes es un derecho de rango constitucional; que se sustenta en su libertad de autodeterminarse y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia, conforme a sus propias convicciones, lo cual deriva de los derechos a la dignidad humana, a la autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad jurídica, a la salud (psicológica y física) y a la libertad reproductiva.

Hay casos como el que se está viviendo hoy en día que marcan un rumbo distinto entre Estados Unidos y países latinoamericanos donde en los últimos años se han logrado importantes triunfos en relación con el derecho a la interrupción legal del embarazo. Así los triunfos del derecho de las mujeres a decidir son claros en Argentina, Colombia y, de alguna manera también en México; y en todos estos países el elemento común es el importante trabajo que se hace desde las organizaciones de la sociedad civil. Es hora de apostarle a la despenalización social del aborto, pues lo cierto es que los cambios legales no son suficientes y lo que hace falta son cambios sociales y culturales para derrotar estigmas. Las feministas debemos cambiar de arena, dejar la judicial (y la legal) y apostarle al trabajo social para convencer a la sociedad en general del poder y la justicia subyacentes en el derecho a decidir sobre el propio cuerpo, hay que despenalizar el aborto no solo en el plano legal, sino en lo social.

Lo que es un hecho es que lo ocurrido en la Corte Suprema de Estados Unidos nos espanta pues nos recuerda que en materia de derechos humanos no hay lucha ganada, que los derechos no pueden darse por sentados. Que frente al patriarcado y el conservadurismo las mujeres tenemos que pelear por la autonomíaía de nuestros cuerpos, por nuestros derechos y vida todos los días, toda la vida. El derecho al aborto no es solo un tema de derecho constitucional sino un tema de derechos humanos, así lo dijo a propósito del fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos Tedros Anhanom,  director general de la Organización Mundial de la Salud, “todas las mujeres deben (debemos) poder decidir sobre sus cuerpos y salud. Punto final. El aborto seguro es parte de la asistencia sanitaria”.

La lucha por los derechos de las mujeres sigue a nivel mundial. La lucha por nuestros derechos nunca termina; y es claro que los precedentes judiciales por sólidos que parezcan son insuficientes por si mismos para lograr el reconocimiento de nuestras libertades y derechos, donde se circunscribe sin duda el derecho irrestricto a decidir sobre nuestro propio cuerpo. Ojalá en México siga la ola verde creciendo y desde la sociedad civil impidamos que los grupos anti derechos se articulen y se apoderen no solo del poder legislativo sino de las cortes,  en detrimento de nuestros derechos y libertades más básicas.