I.- LA INICIATIVA CONSTITUCIONAL DE REFORMA ELECTORAL

Después de realizarse la consulta de Revocación de Mandato el 10 de abril de 2022 para que los ciudadanos definieran si el presidente Andrés Manuel López Obrador debía continuar en su cargo o retirarse por falta de confianza, el resultado fue poco exitoso pues de un padrón electoral conformado por 92,805,424 (100%) solo votaron 16,502,636 ciudadanos (17.77%). Frente a ello, el primer mandatario argumentó que dicha situación se debió a la actuación incompetente, irresponsable y saboteadora del Instituto Nacional Electoral (INE) al colocar pocas casillas y promover escasamente la consulta ocasionando que el resultado no se convirtiera en una directriz vinculante que posibilitara incorporarlo obligatoriamente dentro de las políticas de gobernabilidad del Estado mexicano.

Derivado de esta situación AMLO envió al Congreso de la Unión el 28 de abril de 2022 una iniciativa de reforma electoral para modificar 18 artículos constitucionales y siete transitorios con el fin de restructurar drásticamente la estructura y dinámica del Instituto Nacional Electoral y transformarlo en el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC), con el fin de convertirlo en un organismo más favorable para asegurar sus intereses políticos. Sin embargo, el 6 de diciembre de 2022 la oposición política organizada (PRI, PAN, PRD y MC) en el Poder Legislativo impidió que dicha propuesta del Poder Ejecutivo fuera aprobada, pues no alcanzó la mayoría calificada compuesta por dos de las terceras partes del total de los legisladores en la Cámara Baja, ya que solo obtuvo 269 votos a favor, 225 en contra y 1 abstención, sufriendo una segunda derrota legislativa en los primeros cuatro años que llevaba gobernando.

 

II.- INSTAURACIÓN DEL “PLAN B”

Ante dicho resultado negativo, ese mismo día, López Obrador sometió en los siguientes minutos un “Plan B” de reforma electoral parcial compuesto por un paquete de modificación a diversas leyes secundarias que para su aprobación, vía fast track, no requerían el apoyo de la mayoría calificada de legisladores, sino solo una mayoría simple. Dicho Plan quedó conformado por la mudanza a las siguientes seis leyes secundarias: la Ley General de Procesos e Instituciones Electorales; Ley General de Partidos Políticos; Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral; Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Las primeras dos leyes aprobadas del “Plan B” de reforma electoral correspondieron a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ambas vinculadas con la propaganda gubernamental, que fueron votadas positivamente por mayoriteo de la fracción morenista y sus aliados en la Cámara de Diputados la noche del 6 de diciembre de 2022 con 267 votos a favor y 221 en contra. Posteriormente, la iniciativa fue enviada al Senado de la República y también fue ratificada el 15 de diciembre de 2022 con 65 votos de los senadores en pro y 52 en contra. Finalmente, ambas leyes ya autorizadas fueron publicadas el 27 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrando en vigor inmediatamente. El resto de las leyes del paquete del “Plan B” quedaron pendientes de ser discutidas en el de la Cámara Alta para su revisión y posible aprobación posterior.

Al respecto AMLO expresó que en relación al conjunto de iniciativas jurídicas de reforma electoral que estaban pendientes de aceptarse en el Congreso de la Unión, lo que se consiguió era satisfactorio, pues “algo es algo”.

En el objetivo central del “Plan B” era ´destazar al INE’ […]. La intención era evidente: la reforma electoral supone desaparecer ¡el 84.6% de las 2,571 plazas que lo integran! Así, por ejemplo, de las 792 plazas que hoy están adscritas a la función registral (administrar el padrón electoral y expedir la credencial) sólo sobreviven 32 al descuartizamiento (Córdoba, 2022). En otras palabras, el propósito era desmantelar en su conjunto el sistema electoral enfocando las baterías contra el árbitro electoral, con objeto de volver a los tiempos del partido hegemónico (Navarro, 2023).

De esta forma, el gobierno federal modificó las reglas del juego electoral en beneficio de su partido y sus candidatos de representación popular, constituyendo un atentado contra las libertades de mexicanos (Bloque de Contención en el Senado, 2023).

Con dicha conquista legislativa, una primera avanzada normativa del “Plan B” para transformar radicalmente al INE quedó provisionalmente incorporada jurídicamente dentro de la estructura doctrinaria de la nación, a reserva del resultado posterior que provenga de la deliberación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las impugnaciones presentadas por la oposición.

 

III.- LOS AVANCES

La nueva Ley de Comunicación Social y las otras normatividades aprobadas en el Congreso de la Unión del “Plan B” aportó algunos progresos para regular la publicidad gubernamental. Entre los principales avances figuraron los seis siguientes: Primero, el cambio de la Secretaría de Gobernación como “Secretaría Administradora” del gasto, por “Unidades Administradoras” por cada uno de los Entes Públicos. Segundo, el establecimiento de un límite de gasto del Programa Anual de Comunicación Social, que no debe rebasar el 0.1 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación –para 2023 el presupuesto fue de 8 billones 299 mil 647.8 millones de pesos, por lo que el tope sería de 8 mil 299 millones–. Tercero, reducir los tiempos de los procesos electorales con la finalidad de eliminar acciones redundantes (Navarro, 2023).

Cuarto, determinar la obligación de partidos políticos y coaliciones para postular en paridad de 50% a hombres y mujeres para integrar cargos en órganos colegiados y también en las candidaturas uninominales (Navarro 2023). Quinto, facilitar el voto de mexicanos en el extranjero, mediante el uso del internet con pasaporte o matrícula consular, aunque este último puede implicar prácticas fraudulentas (Reporte Electoral, 2022). Sexto, acelerar el proceso para que las personas privadas de la libertad puedan votar, así como incluir a grupos vulnerables (adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas) a través de acciones afirmativas. Etcétera.

Sin embargo, pese a dichos logros, estas modificaciones no lograron transformar el corazón de la “Ley Chayote” que se había heredado del gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto.

 

IV.- LAS CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES DE LA OPOSICIÓN

Además de las mejoras alcanzadas con la nueva Ley General de Comunicación Social, tal marco jurídico también encerró muchos retrocesos relevantes que violaron múltiples preceptos constitucionales y de otras leyes con objeto de convertirse en una normatividad “a modo” para beneficiar a los intereses del gobierno de la Cuarta Transformación en turno y no al fortalecimiento del proceso democrático de la sociedad mexicana.

Frente a dichas regresiones diversos organismos e instituciones presentaron por lo menos seis controversias y acciones de inconstitucionalidad. Ellos fueron: el Instituto Nacional Electoral (INE), el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano (MC), la coalición “Va Por México”, el “Bloque de Contención” de parlamentarios en el Senado y otros organismos más, presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) diversas acciones de inconstitucionalidad contra las primeras dos leyes del “Plan B” ya certificadas en el Congreso, por considerar que violaban la Constitución Política Mexicana, alteraban los principios de neutralidad y equidad consagrados en la Carta Magna (Arts. 41 y 134), transgredían la autonomía de la autoridad electoral y contenía vicios de procedimiento legislativo. En suma, impedían elecciones limpias, transparentes e imparciales, atentando severamente contra la democracia en México.

Así, el “Plan B” se convirtió en la reforma electoral más impugnada históricamente en el Poder Judicial por la premura con la que fue aprobada en el Congreso, por la gran cantidad de violaciones a la Constitución Política Mexicana y por sus alcances y posibles repercusiones en el diseño institucional para organizar las elecciones en la República (Navarro, 2023).

No es que el INE fuera considerado como una institución perfecta, sino que todas las limitaciones que tuviera se podían solucionar mediante acciones correctivas jurídico-administrativo-institucionales y no a través de una iniciativa legislativa devastadora del mismo que daña sustantivamente a la democracia.

Por ello, los diversos demandantes contra el “Plan B” solicitaron al Poder Judicial de la Federación y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se declarara ilegal la Ley General de Comunicación Social y quedara sin efectos la reforma electoral presidencial.

 

V.- LAS TRANSGRESIONES

Dentro de las principales fundamentaciones que sostuvieron las distintas demandas de inconstitucionalidad de las controversias constitucionales se englobaron múltiples transgresiones y consecuencias, dentro de las cuales, destacaron las siguientes en diversos  niveles del funcionamiento social: vicios de procedimiento, propaganda política, distribución de la publicidad oficial, pluralidad, equidad, transparencia, neutralidad, tiempos de Estado, padrón de medios, sanciones, financiamiento mediático, modelo de comunicación y crisis de gobernabilidad.

En cuanto a las violaciones del procedimiento legislativo que encerró la aprobación de la Ley General de Comunicación Social del “Plan B”, figaron las siguientes cuatro causas:

1.- No se respetaron los principios democráticos que deben regir el debate parlamentario. Esto debido que a lo largo de la gestión legislativa se impidió que las distintas fuerzas políticas estuvieran en posibilidad de analizar y debatir la iniciativa con verdadero conocimiento de su contenido y alcance, para su aprobación o rechazo, y en cambio se aprobó fast track. Los diputados federales en la Cámara de Diputados que votaron a favor, ni siquiera conocían los cerca de 450 artículos modificados y sin embargo se suscribieron en su totalidad (Reporte Electoral, 2022).

En este sentido, durante el proceso legislativo se transgredieron las reglas internas para la discusión de dictámenes, toda vez que las iniciativas fueron presentadas ese mismo día, unos minutos antes de su discusión ignorando lo que se estaba votando (Navarro, 2023).

2.- Se atentó contra el proceso parlamentario básico, ya que los principios de publicidad, deliberación democrática y debida motivación fueron vulnerados mientras se realizaba el proceso de deliberación en la Cámara de Diputados (Bloque de Contención en el Senado, 2023).

3.- Se quebrantó la veda legislativa al promulgarse una nueva ley en materia electoral sin respetar el plazo de noventa días previos al inicio de los procesos electorales, especialmente del Estado de México y Coahuila que ya se encontraban en curso.

4.- En suma, fue una atropello a la democracia, una infracción contra la legalidad democrática y un desacato a la soberanía del Congreso al solo quedar convertido en una simple oficialía de partes (Navarro, 2023).

 

VI.- CONSECUENCIAS

El conjunto de dichos retrocesos jurídico-políticos reflejó nuevamente la falta de voluntad del gobierno de la Cuarta Transformación por regular de manera robusta, ética, imparcial, exhaustiva y seria la publicidad gubernamental. Esto permitirá que persistirán malas prácticas en la asignación y contratación de la publicidad oficial y que no se revierta el uso condicionado del gasto de comunicación social como forma de manipulación sobre las líneas editoriales de periodistas y medios de comunicación.

En conclusión, esta contrarreforma sobre comunicación social impulsada por el partido Morena y sus aliados y respaldada por el gobierno federal, no cambió sustancialmente el estado de cosas inconstitucional que fomentó la tradicional “Ley Chayote” que había  sido declarada previamente como inconstitucional por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2017 y 2021, sino creó una nueva “Ley Mini Chayote” que dañará severamente el avance de la democracia en México.

Así, la aprobación de la Ley General de Comunicación Social se convirtió en un enorme retroceso histórico democrático que pretendió destruir lo que tardó 30 años en construirse (Navarro, 2023).

Mediante ello, se pretende restaurar el gobierno de un partido hegemónico que ejerza una segunda versión de la “Dictadura Perfecta” ya no de corte priista, sino ahora de naturaleza morenista. Todo ello, anuncia el surgimiento de una preocupante crisis de legitimidad en los procesos electorales regionales de 2023 y federales de 2024, con su consecuente fuerte riesgo de gobernabilidad nacional.

 

VII.- ¿QUÉ HACER?

Frente a la herencia negativa que dejó la nueva Ley General de Comunicación Social es necesario que la una mayoría calificada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, apoyada en su naturaleza como órgano republicano independiente, declare inválidas estas reformas, que las eche para atrás declarándolas inconstitucionales, y por lo tanto, no aplicables, no legítimas como reglas para los procesos electorales venideros en el 2023 y 2024.

La Suprema Corte deberá asegurar que la nueva Ley de Comunicación se constriña a los estándares más altos en la materia, de lo contrario la garantía del derecho a la libertad de expresión y a la información seguirán siendo vulneradas en México.

Finalmente, se requiere que tal fallo de la Corte sobre las controversias constitucionales se realice antes del verano de 2023 (junio) para que el conflicto quede resuelto garantizando un andamiaje jurídico e institucional firme que permita contar con suficiente certidumbre jurídica para asegurar que en el 2024 el país cuente con elecciones equitativas, confiables y libres de dudas. Esto con objeto de producir una basta legitimidad política que evite conflictos postelectorales y la pérdida de estabilidad para el país.

La sociedad mexicana espera el dictamen valiente, honesto y equilibrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para fortalecer el proceso democrático de México y no su hundimiento.

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