Son muchas y variadas las violaciones que este gobierno de la República ha realizado a los mandatos de la Constitución. Dos tipos de transgresiones son emblemáticas, la militarización de un cúmulo de actividades públicas del ámbito civil y la sujeción -o intento de sujetar en algunos casos- de las esferas constitucionales con independencia y autonomía del poder ejecutivo a la voluntad e intereses del titular en funciones.

Asuntos mayores que partieron del apartamiento de lo expuesto para solicitar el voto popular, pues se proclamó que las Fuerzas Armadas regresarían a sus cuarteles y el respeto a los otros poderes, los organismos constitucionales autónomos y las entidades federativas.

El ejercicio del poder, la percepción autoinducida de encabezar una nueva etapa de la Historia de México, el desprecio a la pluralidad política y su representación en el Congreso y otros espacios, los subsidios presupuestales focalizados, la polarización como método de acción política y la activación de un aparato de propaganda han conducido a una revisión radical de la propuesta del impulsor del populismo actual: desmantelar el Estado de Derecho con base en la voluntad popular.

Ya lo había anunciado el fundador de Morena al resolverse por el Pleno de la Corte la inconstitucionalidad de la “transferencia” de la Guardia Nacional al mando y control de la Secretaría de la Defensa Nacional, cuando expresó que presentaría la iniciativa de reforma constitucional correspondiente a fin de que quienes integrarán la próxima legislatura federal hagan campaña y pidan el voto para que la institución de seguridad pública de la Federación esté bajo la égida de dicha dependencia. Sería, en los hechos, como lo ha sido desde su creación, un cuerpo castrense.

Ahora lo reiteran con la aspiración del Plan C electoral ante la resolución del 8 de mayo en curso del Pleno de la Corte que invalidó el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 27 de diciembre último con modificaciones a las leyes generales de comunicación social y de responsabilidades administrativas, y que constituía una de las dos propuestas del Ejecutivo en materia electoral que se reconvirtió en iniciativa de los Grupos Parlamentarios de Morena, PVEM y PT en la Cámara de Diputados al no alcanzarse la mayoría calificada para el Plan A o las reformas constitucionales electorales propuestas sin concretar los acuerdos indispensables en un régimen plural.

Con el reiterado reconocimiento a la mayoría de quienes integran su Pleno, la Corte determinó que, al haberse producido violaciones graves al proceso legislativo, particularmente en la Cámara de Diputados, pues no se conocía realmente el contenido del Decreto propuesto y no se produjo una deliberación democrática de las modificaciones planteadas, los vicios acumulados afectaron la validez de la normatividad emitida.

No deja de ser paradójico que, salvo la deliberación sobre el derecho de las comunidades y pueblos originarios a ser consultados previamente sobre las reformas, no fue necesario analizar el contenido de lo aprobado a la luz de las disposiciones constitucionales. La invalidez descansó en las violaciones a las normas de la Ley Fundamental que disponen un proceso con información pública oportuna y un espacio para la deliberación en la cual las minorías y la mayoría confronten ideas de cara a la Nación.

Con razonamientos fundados y elaborados, el proyecto de sentencia del Ministro Alberto Pérez Dayán, fue aprobado por las Ministras Presidenta Norma Piña y Margarita Ríos Farjat y por los Ministros Luis María Aguilar, Juan Luis González Alcántara, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Arturo Zaldívar. Las mayorías en las Cámaras deben ajustarse los principios democráticos en el ejercicio de la función legislativa.

Su determinación, al invalidar integralmente el Decreto, al expulsarlo por completo del orden jurídico nacional, implica que esas disposiciones no existen; es decir, las leyes en cuestión no han sufrido modificación alguna por esa vía y mantienen su vigencia. Permanecen inalteradas ante lo que hoy es la nada jurídica.

Difícil no pensar que, a la luz de las razones expuestas en la Corte, el análisis del Decreto de reformas electorales publicadas en el DOF del 2 de marzo último tenga un final distinto. No adelanto vísperas. Quienes lo han hecho son el inquilino de Palacio Nacional y sus diversos voceros. Con un pretendido olvido del control de la constitucionalidad como pilar del Estado democrático de Derecho, se aduce que la Corte se aparta del principio de la división de poderes y señala a la mayoría del poder legislativo las reglas para la realización de la función que le da nombre.

No son sino palabras y propaganda para no asumir que se vulneró la Constitución y que actuó el órgano establecido para conocer, resolver y reparar lo sucedido. No hay razonamientos, sólo descalificaciones basadas en prejuicios. Sin embargo, como antes en el asunto de la Guardia Nacional civil, aparece el Plan C y la verdadera intención: alcanzar el triunfo en la elección presidencial de 2024 -entendible- y obtener la mayoría calificada en la renovación de la Cámara de Diputados y el Senado para llevar a cabo reformas constitucionales sin el concurso de la pluralidad, así como para efectuar modificaciones legales sin la contingencia de que un tercio de quienes conforman las Cámaras puedan recurrir a la revisión constitucional en la Corte.

El populismo de López Obrador rechaza el Estado democrático de Derecho; los derechos políticos que garantizan pluralidad y los derechos humanos que garantizan legalidad, no son compatibles con el ejercicio del poder sin controles y sin rendición de cuentas. El cambio hoy es que lo postula y pide se vote por la autocracia. Sería imperdonable no verlo.