Nuevo León contemporiza con la segunda persona -al hilo- que apenas al ingresar al segundo tercio de su gestión en el Ejecutivo local, sucumbe al canto de las sirenas y se arroja a competir por la preferencia electoral en los comicios presidenciales. En 2017 la aventura de la candidatura independiente, auspiciada por el interés de fragmentar el voto de las personas inconformes con el gobierno y las opciones partidarias del momento. Hoy la presencia parcial de ello, la apuesta al derrumbe de los partidos tradicionales y la recomposición local.

Parece claro el planteamiento: la candidatura de una persona joven para buscar el voto de la juventud, mayormente desafecta a la participación. De más de 99 millones de personas inscritas en el padrón electoral, algo más de 47 millones tienen entre 18 y 39 años, cerca del 50 por ciento. Es la variable fundamental, que habría que analizar junto con otras: escolaridad, ingresos propios o familiares, identidad en los estratos sociales y expectativas de futuro. Es de Perogrullo, si la población joven vota por la candidatura joven, las proyecciones sobre los resultados cambian.

En los espacios de las coaliciones que se aprobarán, los planteamientos podrían resumirse en la consideración del bloque oficial sobre una gestión centrada en las personas económica y socialmente más vulnerables, el combate la corrupción, las finanzas públicas ordenadas y la reestructuración del gasto para entregar dinero en efectivo a través de diversos programas. No que le asista la razón, sino como eje de la propaganda.

En la alianza PAN, PRI y PRD los planteamientos podrían sintetizarse en la defensa de la pluralidad y del régimen democrático, así como el freno a la destrucción de instituciones a cargo de funciones esenciales, como los servicios de salud y de educación con calidad, incluida la referencia a experiencias de gobierno.

Desde luego que las campañas -porque aspiran a definir el sentido del sufragio- buscan el vínculo emocional con quienes votan; es menester presentar en forma atractiva las ideas de uno y otro bloque; no es sencillo generar emociones a favor del populismo autoritario o del pluralismo democrático. En pos de su propio espacio, la candidatura de Movimiento Ciudadano (MC) recaerá en el Ejecutivo de Nuevo León.

Si bien la propaganda política es componente indispensable para presentar las candidaturas y las propuestas, hay demasiada evidencia sobre su sustitución por mera publicidad e incluso entretenimiento y distracción. En perjuicio de la construcción de ciudadanía, la publicidad ha sustituido a la política. Merece reflexión que, por el afán de lograr resultados alentadores en los sondeos de opinión, la víctima es la concepción de la sociedad y los planteamientos para conducirla hacia las metas colectivas de mejores condiciones de vida hoy y para el futuro. El problema y las consecuencias están a la vista: la popularidad, siempre erosionable y muchas veces fugaz, no constituye garantía de preparación, capacidad y responsabilidad para asumir el despacho de los asuntos públicos.

Algo de ello se aprecia en el surgimiento del mandato y el ejercicio de la gubernatura de Samuel García en Nuevo León. En la ruta trazada aparece un vacío fundamental en la relación con el Congreso y, en las acciones realizadas, la gran interrogante por el cumplimiento de la Constitución estatal sobre la ausencia temporal del Ejecutivo y la designación de quien desempeñará interinamente la función.

La Constitución estatal prevé dos hipótesis para la separación temporal del Ejecutivo: a) licencia hasta por 30 días que autoriza el Congreso, correspondiéndole el despacho al secretario que designe el gobernador o, a falta de designación, al secretario general de gobierno (artículo 121); y b) licencia no mayor a seis meses autorizada por el Congreso (artículo 123), debiéndose hacer por éste o la Diputación Permanente la designación del gobernador interino (artículo 122). También prevé -curiosa figura- la ausencia del cargo sin causa hasta por 30 días y el desempeño del despacho en los términos del inciso a).

Si bien las normas aplicables son claras, el Gobernador García solicitó licencia para separarse del cargo durante seis meses a partir del 2 de diciembre, a fin de participar en el proceso de elección a la presidencia de la República, pero designando al secretario general de gobierno como interino; sólo solicitó una licencia por seis meses, pero designando encargado del despacho a dicho funcionario como si fuera ausencia por 30 días.

El Congreso otorgó la licencia solicitada y nombró anticipadamente a un interino inelegible: el presidente del Tribunal Superior de Justicia, como ya lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Adicionalmente, el Ejecutivo local emitió un Acuerdo para designar encargado del despacho al secretario general de gobierno entre el 20 de noviembre de 2023 y el 18 de enero de 2024. Asumiéndose la separación temporal por ausencia menor a 30 días, desconoce y vulnera las facultades del Congreso para nombrar al gobernador interino cuando ocurra una separación por más de 30 días naturales.

Varias cuestiones requieren precisión: (i) ¿si, con base en el artículo 121, el Gobernador Samuel García se separó de sus funciones a partir del 20 de noviembre en curso?; (ii) ¿si, en consecuencia, la temporalidad de su máxima separación limita el período de la designación que puede hacer del encargado del despacho?; y (iii) ¿si se ha sembrado un conflicto para judicializar adicionalmente la designación del gobernador interino que corresponde al Congreso o, en caso de receso, a la Diputación Permanente, con la designación de un encargado del despacho por una parte del tiempo en que ha de actuar quien nombre el Legislativo?

En el fondo no hay sino una disputa por el poder con saldos presuntivamente funcionales para quienes articulan la estrategia: una candidatura nacional que divida el voto de quienes disienten del presidente y critican su gobierno; un conflicto local pariente del conflicto nacional entre un Ejecutivo cuyo mandato legítimo no lleva a concluir que los mandatos de la pluralidad en el Congreso también lo son; una campaña nacional para avanzar la votación de MC con dedicatoria local para buscar la mayoría en la Legislatura estatal. Pueden verse con nitidez las implicaciones de la designación del gobernador interino.