Quizás una de las consecuencias más graves de la desinstitucionalización que durante su gestión ha impulsado el Ejecutivo Federal, sea el deterioro pertinaz de los frenos y contrapesos establecidos por la Constitución al ejercicio de sus funciones. En lo esencial, la separación de los poderes legislativo y judicial para asumirse por órganos con plena independencia en el ejercicio de sus facultades, constituye el freno a la voluntad omnímoda en la presidencia.

Si bien en el Constituyente de Querétaro imperó el criterio de fortalecer al Ejecutivo, más allá del diseño constitucional, la evolución política de los regímenes postrevolucionarios, basada en la fundación del Partido Nacional Revolucionario y su actuación y consolidación como partido hegemónico, generó un sistema presidencial con capacidades que desbordan los cauces de la magistratura ejecutiva descrita en la Norma Suprema.

Con el reconocimiento político de la pluralidad y la transición a la democracia de las últimas décadas del siglo pasado, cobró relevancia la creación de organismos con autonomía constitucional para establecer nuevos contrapesos al poder presidencial. Así, surgen el Instituto Federal Electoral para garantizar la celebración de comicios sin la injerencia del Ejecutivo; el Banco de México, a cargo de brindar estabilidad al poder adquisitivo de la moneda nacional y la prohibición al Ejecutivo para ordenar se otorgue financiamiento al gobierno; y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como instancia no jurisdiccional para conocer de presuntas violaciones a los derechos fundamentales y formular recomendaciones a la autoridad responsable. En los tres casos, instancias para limitar al presidente de la República.

Esa trayectoria está presente para confiarle al INAI la protección de los derechos a la libertad de información y la protección de los datos personales; a la COFECE la garantía de la libre competencia y concurrencia en el funcionamiento de la economía, y al IFETEL el desarrollo eficiente de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, con la sustracción al Ejecutivo de márgenes de discrecionalidad para el desarrollo de monopolios y prácticas monopólicas por la regulación y supervisión de esos servicios.

Con cargo al mandato emanado de la elección de 2018 y la representatividad que implica, el presidente Andrés Manuel López Obrador no sólo no comprende, sino que ha rechazado la actuación de los distintos órganos a los cuales les corresponde ejercer los frenos y los contrapesos.

En las cámaras del Congreso podría alegarse que la identidad de la militancia partidista y la elección bajo una plataforma compartida constituye el asiento de la coincidencia de la mayoría con el Ejecutivo, pero, aun así, no debe implicar la renuncia a ejercer funciones con criterio autónomo en órganos plurales. En otros ámbitos los métodos han sido la presión, la intimidación, la amenaza de motivar el ejercicio de la acción penal y la postulación y elección de personas afines y leales a la voluntad del Ejecutivo. Ejemplos sobran.

Un método novedoso para el debilitamiento de los contrapesos ha sido evitar su oportuna y cabal integración. La mayoría morenista en el Senado ha omitido cumplir con la función de nombrar a dos integrantes del INAI; dos integrantes de la Sala Superior, un integrante en cada Sala Regional y un integrante en la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y decenas de integrantes de los Tribunales Electorales de las entidades federativas. Un órgano incompleto es un órgano mermado, cuya dinámica de funcionamiento pende de la resiliencia de sus componentes y su disposición para actuar en esas condiciones.

En este contexto, el presidente de la República se beneficia de una renuncia en la Corte y las normas para proponer y elegir, a fin de asegurar una persona que atienda los criterios del poder. También toma ventaja del funcionamiento de órganos que no están integrados conforme fueron concebidos y ordenados.

No obstante, en el caso del periodo de su mandato y más allá de la confrontación con diversos organismos constitucionales autónomos, ahora el Ejecutivo anuncia que promoverá una iniciativa de reformas constitucionales para plantear su desaparición y, se infiere, que sus funciones sean asumidas por la administración pública federal; es decir, desaparecer frenos y contrapesos de los poderes legislativo y ejecutivo y retornar ámbitos de decisión a la arena del presidente de la República.

Sin pruebas de sus afirmaciones, aduce que implican asignaciones presupuestales elevadas y sin justificación, señala que no son de utilidad y que no han traído ningún beneficio para el pueblo; plantea que las funciones a cargo de esos organismos deben retornar a la esfera del Ejecutivo Federal; la restauración de facultades y la desaparición de contrapesos.

En forma equivocada, pero fácil, no se considera que la razón de ser de esos organismos es la salvaguarda de los derechos de las personas; es mantener en el cauce de la ley el ejercicio del poder por parte del Ejecutivo.

Los frenos y contrapesos son el componente del diseño de la organización constitucional del Estado para contener pulsiones autoritarias y conductas autocráticas en la jefatura de gobierno y la jefatura del Estado. Plantear la desaparición o el debilitamiento crónico de unos y otros, con el razonamiento de la popularidad del Ejecutivo, es rendir el valor del control orgánico del poder a la voluntad del titular de su ejercicio.

En la idea del Estado de Derecho conviven armónicamente los derechos de las personas y las facultades de los órganos depositarios del poder público. Eludir y rechazar los contrapesos es disminuir la esfera de derechos de las personas. Estamos advertidos.