El 28 de octubre se hizo público el proyecto de resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en el que se propone invalidar parcialmente la reforma constitucional en materia judicial. Este proyecto es la propuesta de resolución a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diversos partidos políticos, quienes argumentan que varios aspectos de la reforma violan principios constitucionales fundamentales.
Aunque todavía sujeto a la votación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que está previsto para iniciar el martes 5 de noviembre, el proyecto representa un esfuerzo genuino por balancear las necesidades de un Poder Judicial autónomo con los impulsos políticos de una mayoría aplastante que parece no conformarse con nada. En un contexto de creciente tensión entre los poderes del Estado, la propuesta de González Alcántara se presenta tanto como una postura jurídica como un intento de reconciliación política, destinado a descomprimir la crisis institucional actual.
En su proyecto, el ministro González Alcántara plantea invalidar tres elementos esenciales de la reforma judicial: la elección popular de jueces y magistrados federales y locales; la figura de los llamados “jueces sin rostro” en casos de delincuencia organizada; y la concesión de amplias facultades al Tribunal de Disciplina Judicial, que implican la destitución de jueces sin un proceso claro. La propuesta considera que estos puntos atentan contra principios constitucionales esenciales, como la carrera judicial, la autonomía de las entidades federativas y el derecho a la seguridad jurídica, entre otros. En este sentido, el proyecto sugiere una invalidez parcial que mantiene ciertos aspectos de la reforma, como la elección popular para el cargo de ministros y ministras de la SCJN, magistradas y magistrados electorales, y del Tribunal de Disciplina Judicial, así como la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por el Órgano de Administración Judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial.
Al dejar subsistentes estas partes de la reforma, el proyecto de resolución a la acción de inconstitucionalidad parece ofrecer un punto medio, una especie de concesión que podría asegurar la independencia del sistema judicial sin desmantelar toda la estructura reformista impulsada por el gobierno. En el párrafo 890 del proyecto, el ministro valientemente sostiene: “Por lo tanto, estaría plenamente fundado en derecho sustentar que las Ministras y los Ministros que integran este Tribunal Pleno no están impedidos para conocer del régimen aplicable a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, se declina conocer de ese régimen en un ejercicio de autocontención, deseando el final de la crisis constitucional actualmente en curso y la vuelta a la normalidad institucional de las relaciones entre los Poderes de la Unión”.
Más allá de los aspectos estrictamente jurídicos, la propuesta de González Alcántara destaca por su dimensión política. En un país polarizado, donde la separación de poderes está constantemente bajo presión, el ministro ha demostrado ser un verdadero juez constitucional, a la altura de su encargo y un auténtico hombre de Estado. Propone en el propio proyecto la voluntad de sacrificar a la SCJN en beneficio de preservar el núcleo del poder judicial: la carrera judicial. Consciente de que la Corte podría analizar la constitucionalidad de la reforma constitucional, incluso en lo que respecta a la SCJN, el proyecto omite ese análisis en un gesto que, sin duda, busca desactivar la crisis constitucional actual, restablecer la confianza pública en las instituciones judiciales y marcar un precedente de autocontención política.
Desde el punto de vista jurídico, el proyecto plantea una distinción crucial: no todo cambio constitucional es inviolable. Aunque la Constitución puede ser reformada, existen límites a las modificaciones que se pueden hacer sin erosionar la esencia misma del Estado de derecho y la protección de los derechos fundamentales. Esta postura abre una discusión en torno al concepto de “control constitucional de fondo”, es decir, la posibilidad de que la SCJN revise el contenido de las reformas constitucionales, no solo su procedimiento, para asegurar que no se violen principios básicos como el federalismo, la independencia judicial y la progresividad de los derechos humanos.
En términos políticos, la propuesta de González Alcántara representa un parteaguas en el escenario jurídico nacional. La sugerencia de que las y los ministros de la SCJN renuncien a sus cargos y acepten su reemplazo mediante elecciones populares busca blindar al Poder Judicial en su conjunto, manteniendo la autonomía de los jueces y magistrados locales y federales, quienes son responsables de la gran mayoría de las decisiones judiciales que afectan a la ciudadanía.
El enfoque de González Alcántara también puede leerse como una carta de negociación con el gobierno y el Congreso, una vía para desactivar el conflicto. Sin embargo, la propuesta ha generado una gran cantidad de reacciones y, en algunos casos, posiciones radicalmente opuestas. Mientras que ciertos sectores de la sociedad civil y académica ven este proyecto como un intento responsable de buscar equilibrios, los actores políticos más cercanos al oficialismo lo han descalificado, alegando que la SCJN carece de facultades para revertir una reforma constitucional.
Las reacciones al proyecto de González Alcántara no se han hecho esperar, mostrando una profunda división en la sociedad mexicana. Por un lado, los defensores de la reforma han criticado la “intervención” de la SCJN, señalando que el proyecto representa un golpe a la soberanía popular. En contraste, los opositores de la reforma judicial ven en este proyecto una esperanza para restaurar el equilibrio de poderes y proteger la independencia judicial.
Desde el oficialismo, figuras como la presidenta Claudia Sheinbaum y el presidente del Senado han criticado la propuesta, argumentando que la SCJN no tiene la autoridad para revertir una reforma aprobada por el poder reformador. Se alega que la Corte estaría actuando como un “legislador” y que el proyecto representa un intento de los ministros por preservar sus haberes de retiro, lo cual erosiona su legitimidad en la opinión pública. Sin embargo, este tipo de comentarios pasa por alto la función de control constitucional que tiene la SCJN y su responsabilidad de asegurar que ninguna reforma vulnere los principios fundamentales del Estado mexicano.
Es urgente que este debate se desarrolle con mayor seriedad y menos descalificaciones. El proyecto busca un equilibrio en la crisis política actual de México al invalidar solo ciertas partes de la Reforma Judicial, protegiendo la independencia del sistema judicial y la separación de poderes. Se sacrifican elecciones de altos cargos judiciales para preservar la carrera judicial como mecanismo de nombramiento de la mayor parte de los integrantes del Poder Judicial. Aunque el proyecto no impide una nueva reforma para la elección de juzgadores, sí fija parámetros para garantizar su independencia. Si se aprueba, creará un precedente para revisar reformas constitucionales en casos de irregularidades graves. Sin embargo, el éxito de la SCJN dependerá del cumplimiento de su determinación por parte del Legislativo y Ejecutivo.
El proyecto de González Alcántara presenta una visión moderada que equilibra la necesidad de cambio con la protección de los derechos y principios constitucionales. Sin embargo, lograr que este enfoque prospere requiere una disposición al diálogo, una virtud que parece escasear en el actual clima político de México. Es importante recordar que la democracia no consiste únicamente en acatar la voluntad de la mayoría; también implica la defensa de los derechos de las minorías y el respeto a la autonomía de los distintos poderes.
El ministro González Alcántara a través de la propuesta contenida en el proyecto, de dejar subsistente la elección popular de las y los ministros de la SCJN y de las y los magistrados electorales, pero invalidar la de los jueces de carrera, abre una puerta en un contexto que parecía cercado, se presenta como una solución intermedia, casi salomónica, un “sacrificio” de la propia SCJN en aras de preservar el núcleo del Poder Judicial. Este tipo de soluciones híbridas son necesarias en tiempos de crisis institucional, donde la rigidez puede conducir al colapso y el diálogo (incluso formal e institucional) puede evitarlo.
A medida que se acerca la votación en el Pleno de la SCJN (5 de noviembre), México se enfrenta a un momento decisivo para su democracia. La decisión que tomen las y los ministros tendrá profundas repercusiones, no solo en la estructura del Poder Judicial, sino en el equilibrio de poderes y en el respeto a la Constitución como garante del Estado de derecho. Pero también dependemos de las reacciones de los otros dos poderes, y como mexicanas y mexicanos, debemos esperar que todas y todos actúen con responsabilidad, defendiendo los principios fundamentales del país y mostrando que la independencia de los tres poderes de la unión en los cuales está depositada la soberanía del pueblo es igualmente relevante para la democracia mexicana.
Lamentablemente, desde que el proyecto se hizo público, el oficialismo, lejos de demostrar autocontención, ha recrudecido sus embates. Incluso mientras escribo estas líneas, está en vías de aprobarse y publicarse una nueva reforma constitucional, aquella que se refiere a la Inimpugnabilidad de reformas y adiciones a la Constitución. A esto se suman las renuncias de ocho de los once ministros y ministras que actualmente integran la SCJN y de 845 juzgadores y juzgadoras federales, quienes, por dignidad, han declinado participar en los procesos electorales judiciales a celebrarse en 2025 y en 2027. Lo que sin duda nos debe obligar a reflexionar sobre la trascendencia de dejar sin poder judicial a un país como el nuestro.

