Como si la crisis desatada por la reciente Reforma Judicial no fuera suficiente, el partido Morena, a través del senador Adán Augusto López, coordinador de la bancada, presentó una nueva iniciativa de reforma constitucional. El objetivo anunciado era reafirmar la supremacía de la Constitución y evitar que las reformas constitucionales pudieran ser cuestionadas en tribunales. Para ello, la propuesta contemplaba modificar cuatro artículos fundamentales: el 1º, el 103, el 105 y el 107, acompañados por artículos transitorios que buscaban aplicar los cambios de manera retroactiva.
En el artículo 1º, la propuesta eliminaba la posibilidad de que los jueces mexicanos inaplicaran normas nacionales mediante el control de convencionalidad, un mecanismo que permite dar prioridad a los tratados internacionales en materia de derechos humanos cuando resultan más favorables para las personas.
Este mecanismo fue incorporado en nuestra Constitución a partir de la paradigmática reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011. La intención del Poder Reformador en esa ocasión fue que los derechos humanos, sin importar su origen, se integraran en un único catálogo con rango constitucional. Desde entonces, México ha adoptado un nuevo entendimiento del principio de supremacía constitucional, basado en la teoría de la incorporación, que supone un replanteamiento parcial de dicho principio.
Esto se traduce en una configuración diferente del conjunto de normas que ostentan supremacía, conocido como bloque de constitucionalidad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha señalado que los tratados internacionales y las normas de derechos humanos no se relacionan jerárquicamente entre sí; más bien, una vez incorporados los tratados, las normas de derechos humanos pasan a formar parte del parámetro de regularidad constitucional. Por lo tanto, no pueden contravenir el principio de supremacía constitucional, ya que se integran al conjunto normativo que goza de esta supremacía.
La eliminación del control de convencionalidad que planteaba el cambio al artículo 1º significaba también la salida de facto de México del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Este sistema ha sido fundamental para lograr avances importantes en temas como la protección de los derechos de las mujeres y la desaparición forzada. Al limitar el uso de tratados internacionales, la reforma despojaría a los jueces de una herramienta crucial para garantizar los derechos de las personas, debilitando la protección frente a posibles abusos del poder estatal, lo que significaría un grave retroceso en la protección de los derechos fundamentales y colocaría al país en una posición vulnerable ante la comunidad internacional.
El artículo 103 también proponía cambios relevantes al impedir que los tribunales federales pudieran revisar reformas constitucionales, incluso si estas se aprobaban de manera irregular. Esto significa que cualquier violación al proceso legislativo establecido en el artículo 135 quedaría fuera del alcance judicial, eliminando la posibilidad de controlar la legalidad de las reformas y dando carta abierta al Congreso para actuar sin límites.
En cuanto al artículo 105, la iniciativa buscaba evitar que se presentaran controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad en contra de reformas, incluso si estas afectaban principios esenciales como la división de poderes. Con este cambio, ninguna entidad gubernamental, partido político o ciudadano podría cuestionar reformas que vulneraran derechos humanos o alteraran el funcionamiento del sistema democrático.
Por su parte, el artículo 107 hacía improcedente el juicio de amparo contra cualquier reforma constitucional, dejando a los ciudadanos sin esta herramienta fundamental para proteger sus derechos ante cambios arbitrarios. Además, los artículos transitorios planteaban que todos los juicios y procedimientos en curso que cuestionaran la validez de reformas ya aprobadas fueran anulados de inmediato, afectando retroactivamente procesos legales y violando la división de poderes.
Aunque la propuesta original generó un rechazo significativo, lo que llevó al Senado a retirar los cambios al artículo 1º y al 103 el 23 de octubre, las modificaciones restantes siguen siendo alarmantes. La esencia del proyecto no cambia: los tribunales federales seguirán sin poder revisar las reformas constitucionales, incluso si estas violan los principios más fundamentales de la democracia, como la división de poderes o el federalismo. La ausencia de control judicial sobre estas reformas no solo mina el acceso a la justicia, sino que representa un retroceso en la protección de los derechos humanos y amenaza el equilibrio democrático.
El riesgo es evidente: las reformas constitucionales, al quedar blindadas, podrían incluso permitir la reelección presidencial o la abolición del federalismo sin que exista medio legal alguno para revertirlas. Además, esta reforma elimina la posibilidad de revisar judicialmente cualquier reforma aprobada sin seguir los procedimientos legislativos correctos, lo que garantiza impunidad para el legislador al no estar sujeto a controles jurídicos.
Otro aspecto preocupante es el blindaje que se extiende a las leyes ordinarias derivadas de reformas constitucionales. No solo las reformas a la Constitución estarán protegidas de impugnaciones, sino también cualquier ley secundaria basada en ellas, como las reformas a la legislación electoral o las nuevas evaluaciones de jueces contempladas en la Reforma Judicial. Esto significa que ni siquiera estos actos legislativos podrían ser cuestionados ante los tribunales.
La esencia del problema radica en que estas modificaciones concentrarán el poder en pocas manos, debilitando el sistema de pesos y contrapesos que caracteriza a un Estado democrático. Al impedir que los tribunales puedan revisar los actos del Congreso o del Ejecutivo, se elimina una barrera esencial para prevenir abusos de poder. Con estas medidas, el ciudadano quedará indefenso frente a decisiones arbitrarias, sin recursos legales para defenderse.
Otro punto grave es la disposición transitoria que ordena el sobreseimiento inmediato de todos los juicios en curso relacionados con reformas constitucionales, incluyendo los procedimientos abiertos para cuestionar la Reforma Judicial. Esta retroactividad no solo viola el principio de seguridad jurídica, sino que también vulnera la independencia del Poder Judicial, al interferir en su capacidad para decidir sobre los casos que tiene en curso.
Es evidente que esta reforma responde a las tensiones actuales entre el Poder Judicial y el Ejecutivo. Al limitar la capacidad de los jueces para revisar reformas, se busca debilitar su independencia y evitar que actúen como guardianes de la Constitución y los derechos humanos. En lugar de fortalecer la democracia, se pretende concentrar el poder en el Ejecutivo y el Legislativo, eliminando los contrapesos que permiten el equilibrio institucional.
La clásica pregunta del constitucionalismo sobre quién debe ser el guardián de la Constitución parece haber quedado atrás. Ahora, la pregunta relevante es quién se cree dueño de la Constitución, como en la célebre expresión de “La Ley de Herodes”. En este contexto, lejos de reforzar el Estado de derecho, la reforma nos acerca peligrosamente a un modelo autoritario.
No se trata solo de un cambio legal; esta reforma tiene implicaciones profundas que afectarán la vida cotidiana de las personas y el futuro de la democracia en México. La historia nos ha enseñado que cuando se eliminan los contrapesos institucionales, se abre la puerta a los abusos de poder. El camino que México está tomando con esta reforma es peligroso y exigirá una respuesta firme por parte de la sociedad civil, los jueces y los legisladores comprometidos con la justicia y los derechos fundamentales.
Desmantelar los mecanismos de control constitucional puede tener consecuencias irreversibles. Por ello, esta reforma no debe aprobarse sin un debate profundo y serio. Las mayorías legislativas son pasajeras, pero los daños que pueden causar al destruir los controles institucionales pueden perdurar. El futuro de la justicia y la democracia en México está en juego, y no podemos permitir que la concentración de poder en pocas manos ponga en riesgo nuestro Estado de derecho.

