En una economía donde la certidumbre jurídica es tan relevante como un entorno propicio y la estabilidad adecuada, las modificaciones en los mecanismos de defensa legal, parte sustancial del estado de derecho, tienen efectos relevantes sobre las decesiones de inversión, la contratación y el cumplimiento cabal de las obligaciones legales y fiscales de las empresas que operan en el país. La reciente reforma a la Ley de Amparo, más allá de la polémica política que la envolvió, representa uno de los ajustes más trascendentes en el equilibrio entre el poder del Estado y la capacidad de los particulares para defenderse frente a actos de autoridad.

El amparo, en tanto figura central del sistema jurídico mexicano, ha destacado como un instrumento de protección frente a excesos o arbitrariedades del poder público. Si bien oficialmente la reforma se introdujo como un esfuerzo por hacer más eficiente la impartición de justicia y reducir el abuso de este recurso judicial, especialmente en materia fiscal y administrativa, su alcance restrictivo va más allá del ámbito procesal.

Entre los cambios más significativos uno con implicaciones directas para los agentes económicos es la limitación de la suspensión del acto reclamado, especialmente en asuntos fiscales; en la práctica, esto significa que los contribuyentes podrían verse obligados a cumplir con determinaciones o pagos antes de que un tribunal se pronuncie de manera definitiva sobre su legalidad. La suspensión era, hasta ahora, un mecanismo que evitaba daños irreversibles en tanto se resolvía el fondo del litigio. Su restricción puede traducirse en un mayor costo financiero para las empresas, particularmente para aquellas que enfrentan controversias de gran cuantía o dependen de flujos de efectivo ajustados.

En este contexto cabe destacar que el efecto económico de la reforma no será homogéneo. Las grandes corporaciones nacionales como multinacionales cuentan con áreas jurídicas y fiscales robustas, con amplia capacidad para adaptar sus estrategias de cumplimiento y defensa. El reto de estas corporaciones se centrará en la planeación y anticipación de contingencias, ajustando estructuras y reservando mayores recursos ante eventuales controversias fiscales. No obstante, la mayor rigidez y entramado procesal podría desalentar operaciones complejas o de largo plazo, especialmente en sectores donde los criterios de la autoridad son cambiantes. En este sentido muchas optarán por apegarse a tribunales extranjeros en la medida de lo posible.

En el ámbito de las pequeñas y medianas empresas, el panorama es más adverso. Su capacidad para litigar es limitada, tanto por costos como por tiempo. Si a ello se suma un entorno donde las posibilidades de obtener suspensiones o medidas cautelares son más restrictivas, la desventaja frente a la autoridad se amplía. En términos prácticos, esto puede traducirse en menor disposición a impugnar actos que consideren injustos o erróneos, optando por el cumplimiento inmediato aun cuando no exista plena certeza jurídica y le ocasione pérdidas irreparables.

Con la reforma resurge un dilema que puede resultar insalvable: una justicia más rápida no siempre es una justicia más plena. Si el nuevo marco procesal limita el acceso o la eficacia de los recursos de defensa, la confianza en la imparcialidad del sistema puede deteriorarse. La confianza es fundamental en el entorno de los negocios, cuando esta confianza se erosiona, las decisiones económicas se vuelven más conservadoras e incluso adversas el riego implicando menos inversión, y más cautela e incluso menos flujos disponibles para producir dada la necesidad de provisionar recursos ante litigios complicados e inseguros. La solidez de la economía depende tanto de los medios financieros visibles para invertir como de la institucionalidad consistente con los incentivos para el fomento económico.

Las empresas, están obligadas a captar y entender el mensaje: la gestión jurídica y fiscal deberá ser más preventiva, más técnica y más estratégica. La suspensión que el amparo implicaba para detener actos de autoridad ya no estará tan a la mano; será necesario fortalecer la planeación y la documentación de cada operación, asumir que el litigio podría prolongarse y considerar que el margen de maniobra procesal se ha reducido.

La reforma al amparo no modifica regulaciones fiscales o financieras, pero sí altera una variable crítica del entorno de negocios: la confianza en que la ley puede proteger a los que quieren contribuir con el crecimiento del país.

El autor es presidente de Consultores Internacionales, S.C.®