Algo que es muy simple de comprender hasta para un principiante en el estudio del derecho, ahora resulta que para algunos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es incomprensible.
El debate es sobre la posibilidad de que la SCJN reabra asuntos a pesar de que exista sentencia firme bajo el concepto de cosa juzgada.
No solo violenta un principio básico del derecho, el de “cosa juzgada”, sino el de certeza jurídica que debe tener todo individuo de saber a qué atenerse.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, tuvo que llevar nuevamente a las aulas a varios de sus compañeros ministros, ya que explicó con claridad que la cosa juzgada representa una de las instituciones jurídicas de mayor importancia en un Estado de derecho.
Es mediante esta figura precisamente por la que se da confianza y certeza a los gobernados de que las decisiones que se tomen en el sistema de justicia adquieren vigencia y eficacia.
Se asegura bajo este principio que las decisiones de los tribunales, una vez agotada todas las instancias, adquieren firmeza de carácter inamovible.
Incluso, la ministra Esquivel manifestó su preocupación de que la SCJN invente instancias judiciales que ni siquiera el propio legislador consideró.
Otra vez el caso llegó a la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, quien expresó su desacuerdo con que el máximo tribunal analice la posibilidad de reabrir juicios concluidos en un supuesto fraude procesal.
Es increíble que una mujer que no es abogada entienda perfectamente el problema que se plantearía en caso de reabrir juicios concluidos, a ministros que se dicen ser expertos en la rama del derecho.
Dada la polémica suscitada en diferentes medios de comunicación y redes sociales, la SCJN se vio obligada a emitir un comunicado de prensa en el que reconoce que la cosa juzgada es un principio esencial en el que se sustenta el derecho a la seguridad jurídica.
La cosa juzgada en nuestro país encuentra su fundamento en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En él se establece que la plena ejecución de las resoluciones judiciales se logra, exclusivamente, sólo en cuanto la cosa juzgada se instituye en el ordenamiento jurídico, mediante sentencias que pongan fin a la controversia.
Existen tantos problemas que tiene que resolver la Corte, para que un puñado de ministros desorientados estén discutiendo asuntos que solo vienen a inquietar a los inversionistas, además de incrementar la poca o nula confianza que mucha gente tiene en el sistema de impartición de justicia.
Ojalá y los ministros se preocupen por atender el rezago, resolver los problemas de fondo y dejarse de discusiones bizantinas, además de estar más preocupados de ver si sesionan con toga o no.
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