Las leyes ordinarias reflejan la voluntad de las mayorías existentes; las normas electorales determinan cómo se construyen, se transforman o se sustituyen esas mayorías. Por eso, toda reforma electoral debe evaluarse por su efecto en la alternancia y en la competencia democrática, no por la coyuntura que en un momento determinado la impulsa.

En este contexto, la presidenta Sheinbaum anunció el 15 de enero los ejes de la reforma electoral que prepara su gobierno: reducción de costos, cambios en la representación proporcional, fortalecimiento de la democracia participativa y ajustes en temas como el voto en el extranjero, la fiscalización y el número de regidores. Los objetivos, en abstracto, no son ilegítimos. Sin embargo, el debate no puede quedarse en las intenciones declaradas, sino en el diseño específico, los incentivos que generará y el entorno institucional en el que operará.

Uno de los puntos centrales es el costo del sistema electoral. El proceso de 2024 ascendió a cerca de 60 mil millones de pesos —619 pesos por votante—, cifra que puede parecer alta en términos absolutos, pero que representa menos del uno por ciento del presupuesto federal. La discusión, por tanto, no es meramente contable: se trata de determinar cuánto estamos dispuestos a invertir para asegurar elecciones confiables, competitivas y con autoridades independientes.

Aunque la presidenta ha señalado que no se afectará la autonomía del INE, esta no se vulnera solo mediante reformas explícitas. También puede debilitarse a través de recortes que limiten su capacidad técnica o de rediseños que alteren sus equilibrios internos. Ahí radica el verdadero punto de análisis.

Para evaluar la reforma anunciada por la Presidenta, es indispensable recordar el contexto inmediato del que proviene el debate. Durante el sexenio anterior, el expresidente López Obrador sostuvo de manera reiterada que el sistema electoral mexicano era excesivamente costoso y requería una transformación estructural. En 2022 presentó una iniciativa de reforma constitucional que proponía desaparecer al INE para sustituirlo por un Instituto Nacional de Elecciones y Consultas, eliminar los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales estatales, suprimir el financiamiento público ordinario a los partidos políticos y ampliar el financiamiento privado, entre otros cambios de gran calado.

Esa propuesta —conocida como “Plan A”— no obtuvo la mayoría calificada necesaria en el Congreso. En respuesta, el Ejecutivo impulsó de inmediato el llamado “Plan B”: un paquete de reformas a leyes secundarias aprobado con celeridad y con escasa deliberación técnica. La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó posteriormente dichas reformas por vicios graves en el procedimiento legislativo y por afectar principios constitucionales fundamentales. Más tarde, el denominado “Plan C” reincorporó la reforma electoral dentro de un conjunto más amplio de modificaciones estructurales.

Este recorrido no es un detalle histórico menor: constituye el antecedente directo e ineludible del debate actual. La propuesta que ahora prepara el nuevo gobierno no surge en un vacío institucional, sino en un escenario marcado por intentos previos de reconfiguración profunda del sistema electoral y por una confrontación abierta entre poderes.

Por ello, cualquier nueva modificación debe analizarse con especial rigor. No se trata de anticipar intenciones, sino de reconocer que las reformas electorales, en este contexto, tienen implicaciones que trascienden la técnica legislativa: inciden en el equilibrio entre poderes y en la estabilidad de las reglas de competencia democrática.

Reducir costos por ejemplo, es una aspiración legítima. Pero el argumento debe dimensionarse con mayor precisión. El proceso electoral de 2024 representó menos del uno por ciento del presupuesto federal. La cifra puede parecer elevada en términos absolutos, pero es marginal dentro del gasto público total. En una democracia constitucional, el gasto electoral no es un lujo, sino el precio de contar con árbitros independientes y con condiciones de competencia equitativa.

Más delicado aún es el tema de la representación proporcional. Se ha planteado modificar el método de selección de los legisladores plurinominales para evitar que las listas queden exclusivamente en manos de las dirigencias partidistas. La crítica a la opacidad interna de los partidos es válida. Sin embargo, la representación proporcional no es un privilegio burocrático ni una concesión discrecional: es un mecanismo correctivo diseñado para impedir que el sistema mayoritario distorsione la pluralidad social y para garantizar que las minorías tengan una presencia efectiva en el Congreso.

Es en este punto donde surge el ineludible tema de la “sobrerrepresentación”. En procesos recientes, el partido mayoritario y sus aliados han conformado mayorías legislativas que superan de manera significativa el porcentaje real de votos obtenidos, a partir de reglas de asignación y estrategias de coalición. El fenómeno no es simplemente aritmético; es estructural. La sobrerrepresentación no solo amplifica artificialmente a la mayoría; también reduce el peso político de las minorías y debilita la función deliberativa del órgano legislativo. Desde una perspectiva constitucional, compromete la igualdad del voto y tensiona el principio de pluralismo político que da sentido al sistema proporcional.

Por ello, si la reforma pretende fortalecer la democracia, debe enfrentar este fenómeno sin ambigüedades. Lo que implica revisar con rigor los mecanismos de asignación, cerrar los márgenes que permiten simulaciones coalicionales y asegurar que los límites constitucionales a la sobrerrepresentación se apliquen conforme a su finalidad y no como una formalidad eludible. De lo contrario, cualquier modificación al sistema de representación será meramente cosmética.

Otro eje anunciado es la ampliación de la democracia participativa mediante consultas nacionales, estatales y municipales. Ampliar los mecanismos de participación ciudadana puede enriquecer el sistema democrático, pero el diseño es determinante. Las consultas no pueden sustituir la representación ni convertirse en instrumentos plebiscitarios que concentren legitimidad política en el Ejecutivo. La democracia participativa debe complementar (no desplazar) la arquitectura representativa que equilibra los poderes.

También se ha planteado revisar la fiscalización del gasto electoral y las sanciones por uso indebido de recursos. Este punto podría generar consensos amplios. La integridad del financiamiento es condición indispensable de la equidad en la competencia política. No obstante, fortalecer la fiscalización exige preservar y robustecer capacidades técnicas; no debilitarlas bajo el argumento de la austeridad.

El debate no puede reducirse a una falsa dicotomía entre dejar las cosas como están o cambiarlas todas. El sistema vigente presenta problemas reales (listas cerradas poco transparentes, incentivos para la sobrerrepresentación, debilidades en la fiscalización oportuna), pero defenderlo como si fuera intocable sería tan problemático como rediseñarlo unilateralmente desde la lógica de la mayoría dominante.

Las reglas electorales no pertenecen a quien gobierna ni a la mayoría circunstancial; son garantías institucionales para la alternancia futura. Una reforma aprobada sin deliberación pública amplia y en serio (no meras audiencias sin incidencia verdadera) puede satisfacer los requisitos formales y, sin embargo, carecer de legitimidad política duradera. Las normas que estructuran la competencia deben construirse con consenso plural, precisamente porque regulan la posibilidad de que el poder cambie de manos.

En última instancia, lo que verdaderamente hay que preguntarnos no es cuánto se ahorra ni cuántos legisladores se modifican. La pregunta es si el nuevo diseño preserva (o deteriora) el equilibrio institucional que hace posible la competencia democrática. La autonomía del árbitro, la representación proporcional efectiva y la equidad en la contienda no son concesiones a la oposición, son límites estructurales al ejercicio del poder.

En materia electoral, la prudencia es responsabilidad constitucional. Las reglas del juego no pueden diseñarse para facilitar el presente, sino para resistir el futuro. Porque cuando las mayorías reforman las reglas sin mirarse en el espejo de la alternancia, lo que está en juego no es el costo del sistema, sino la calidad de la democracia misma.

Y la historia constitucional nos enseña que cuando las reglas se ajustan para consolidar el poder; estas terminan, tarde o temprano, destruyendo la legitimidad que lo sostiene. Y la democracia misma. Ejemplos nos sobran.