La crisis de la “verdad pública”

A lo largo de la gestión del régimen de la Cuarta Transformación las líneas informativas de los medios de comunicación de Estado, especialmente a través de sus noticiarios, han adoptado calcadamente la posición oficial del gobierno ante diversas circunstancias polémicas del proceso de gobernabilidad, sin confirmarlas, revisarlas o cuestionarlas. Simplemente, las han reproducido de manera mecánica y expansiva legitimando ideológicamente al sistema gubernamental en turno.

De esta forma, por ejemplo, los medios públicos justificaron la posición formal del gobierno ante la cifra de desaparecidos, sin discutir la metodología del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO). Afirmaron que la estrategia de seguridad estaba reduciendo la violencia, sin reconocer con datos públicos del INEGI y del SESNSP que la violencia continuaba siendo un desafío estructural en el país. Negaron que existiera desabasto generalizado de medicinas, cuando posteriormente la Secretaría de Salud reconoció problemas en la cadena de suministro y luego el INSABI y el IMSS-Bienestar admitieron oficialmente retrasos en compras y distribución. Desconocieron las fugas de información y ciberseguridad de organismos estatales, minimizando el alcance de la filtración, aunque posteriormente la SEDENA aceptó que la intrusión había sido real y extensa, y que se estaban tomando medidas estatales de seguridad.

Rechazaron el impacto ambiental de megaproyectos como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico y la refinería de Dos Bocas, cuando ulteriormente la SEMARNAT y el Fonatur emitieron actualizaciones técnicas donde demostraban su clara repercusión negativa sobre la naturaleza. Objetaron el incremento de la inflación y de los precios de combustibles sosteniendo que estos se mantendrían estables, cuando más tarde la Secretaría de Hacienda, el INEGI y la CRE aceptaron presiones inflacionarias globales que ocasionaron aumentos en tales sectores. Desconocieron reiteradamente la presencia real de una trabajadora de Palacio Nacional asoleando sus piernas por una ventana del recinto del Poder Ejecutivo refiriendo que era un montaje de inteligencia artificial de la derecha reaccionaria, y subsiguientemente la misma presidenta de la República reconoció que correspondía a un hecho verídico del comportamiento incorrecto de una colaboradora de la institución. Etcétera.

El conjunto de estas deformaciones comunicativas impulsada por la dinámica de la información pública reveló que en la jefatura de la 4T estamos ante una “crisis de construcción de la verdad pública” edificada por los medios de difusión de Estado, pues para justificar políticamente su existencia, estos sincronizan sus líneas informativas con las directrices de gobernabilidad del actual sistema para reproducir ampliadamente la versión oficialista de la realidad. De este modo, actúan como aparatos ideológicos subordinados a las demandas, urgencias o caprichos que exige el régimen de la “Honestidad Valiente”.

En el sistema de gobernabilidad morenista la “verdad pública” se define por decreto y no por un análisis objetivo e integral de la realidad: la “verdad social” es el dictamen que el Estado formula desde los intereses del “pueblo bueno” y las demás versiones son boicots, calumnias, fake news, conservadurismos y traiciones a la patria.

 

El rol de los medios públicos

Ante dicha crítica circunstancia, hoy más que nunca, es fundamental retomar la función institucional que les corresponde ejercer a los canales de difusión de Estado, pues una de sus funciones vertebrales es velar por la fidelidad de la comunicación que se transmite a los ciudadanos, evitando la creación de manipulaciones, generación de noticas falsas, o promoviendo un clima social de posverdad. Por su naturaleza de medios Estado los canales públicos están obligados a generar una comunicación de servicio público que permita que la ciudadanía este objetivamente mejor informada y no fomentar una narrativa cortesana de “lavado de imagen” para encubrir los errores, incapacidades o contradicciones del sistema de poder reinante.

 

La ciudadanización de la comunicación

Con la finalidad de desempeñar su papel de medios de comunicación de Estado éstos organismos deben contar con la presencia de los Consejos Ciudadanos de Comunicación que fueron delimitados jurídicamente como las entidades civiles responsables de vigilar y coadyuvar en el cumplimiento de los principios de independencia editorial, participación ciudadana, reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales en los medios de comunicación de Estado, como lo indicó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2014. En otras palabras, son figuras jurídicas legítimas que a través de su participación civil colaboran a que se cumplan los objetivos de la comunicación de servicio público en base a los principios que definieron la Constitución Política Mexicana, las directrices de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los postulados del Instituto Federal de Telecomunicaciones y los objetivos institucionales particulares de cada medio de comunicación donde actúan.

De este modo, los Consejos Ciudadanos de Comunicación son las instancias civiles honoríficas destinadas a enriquecer, e incluso transformar profesionalmente, el funcionamiento de los medios de comunicación públicos en México. Son instrumentos esenciales para impulsar los medios de Estado como medios de comunicación de servicio público en la nación y no de otra naturaleza político-ideológica.

 

Nueva fase de ciudadanización

Con la actuación de los Consejos Ciudadanos los medios entraron en una nueva etapa de ciudadanización de sus contenidos para que ya no solo cumplieran con los requerimientos empresariales u oficiales propios de cada organismo de información específico, sino que a partir de ese momento se acataran los mandatos comunicativos emanados de la Carta Magna y las otras leyes respetivas en la materia.

Mediante ello, a partir de 2014 se estipuló que los medios públicos deberán de contribuir de manera directa al reconocimiento, la inclusión de la diversidad cultural y la pluralidad ideológica que son elementos indispensables que México requiere para alcanzar la consolidación democrática.

Además de las responsabilidades anteriores, otra situación muy trascendente que elevó la importancia de los Consejos Ciudadanos fue que al cooperar estos en la operación de los medios de comunicación públicos, no solo se democratizaron dichas entidades estatales de difusión masiva, sino también de forma muy sustancial participaron automáticamente a democratizar el espectro radioeléctrico del que forman parte, y que es un “bien finito” propiedad de la nación. Es decir, contribuyeron a democratizar la estructura comunicativa del Estado nación.

 

Su expansión en la República

A través de dicho encuadre jurídico paulatinamente fueron emergiendo diversos Consejos de Comunicación en los canales de difusión de Estado más relevantes a lo largo de más de una década en la República mexicana con el fin de cumplir con las tareas definidas en el marco normativo fijado por la Ley. Consecuentemente, dichos espacios de participación civil no fueron entidades de presencia casual, pues cuentan con más de 11 años de existencia formal en México, con una interacción en más de 32 Consejos Ciudadanos en la radio y la televisión pública en la República.

Con tales características normativas los Consejos Ciudadanos operaron durante varios años en México en base a su especifica naturaleza definida por el marco jurídico vigente sobre los mismos.

 

Las limitaciones en la nueva Ley Telecom 2025

Sin embargo, pese a dichos progresos cuando se abordó la existencia de los Consejos dentro de la novel estructura de la Ley Telecom 2025, sorprendentemente, solo se reconoció la presencia y vinculación de tres consejos estructurales para la aplicación de esta normatividad: el Consejo de Administración de la normatividad; el Consejo Consultivo Nacional del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía y; el Consejo de la Judicatura Federal; pero en ningún momento existió alguna referencia o reconocimiento mínimo sobre la importancia del rol y la actuación que deben desempeñar los Consejos Ciudadanos de Comunicación para el funcionamiento de la radiodifusión en México, y que ya habían sido aprobadas por la ley de 2014.

De este modo, para garantizar los derechos comunicativos de la sociedad únicamente se consideró, entre otros, el reforzamiento de los medios comunitarios, indígenas, y afroamericanos; la protección de las garantías de las audiencias; y la participación de los defensores de los públicos de la radiodifusión, pero omitieron a los Consejos Ciudadanos de Comunicación.

 

La gran carencia

Por consiguiente, desde el ángulo del análisis civil, la mayor ausencia que abarcó la moderna Ley fue la desaparición de los Consejos Ciudadanos de Comunicación del cuerpo de la normatividad que son instrumentos fundamentales para lograr la realización de diversos objetivos comunicativos globales propuestos por el nuevo sistema jurídico. La presencia de tal miopía o manipulación fue notable de haberse ejecutado, pues a nivel nacional e internacional, la relevancia de dichas representaciones civiles ya había sido reconocidas en los marcos legislativos prevalecientes.

Tal laguna jurídica adquirió mayor relevancia y preocupación social cuando el  Artículo Sexto Transitorio de la nueva Ley Telecom 2025 indicó que al día siguiente en que se integre el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, se abrogará la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014. Con el remate de esta ordenanza, la presencia y las valiosas aportaciones que proporcionan los Consejos Ciudadanos para construir la información de Estado como un “Bien Público” desaparecieron de la legislación mexicana contemporánea.

A través de ello, se borró la visión constitucional fundacional que postulaba que la que la comunicación social y la radiodifusión son servicios públicos estratégicos, y que por tanto, deben tener espacios formales para la participación de la sociedad civil en los mismos.

 

¿Por qué deben ser ubicados en la nueva legislación?

Frente a dicha ausencia civil es fundamental entender la racionalidad que fundamenta por qué el concepto y la figura de Consejeros Ciudadanos de Comunicación es indispensable que sean incorporadas en la nueva Ley Telecom 2025 y sus reglamentaciones derivadas. Para ello, es necesario tener presente que la existencia, operación y expansión de tales entidades en México, no corresponden a un capricho, ocurrencia o voluntarismo de algunos sectores políticos, académicos, activistas, intelectuales o liberales, sino su trascendencia comunicativa se deriva del hecho que ya habían sido reconocidas muchos años antes por los marcos de las principales normatividades referentes a las telecomunicaciones y la radiodifusión a escala nacional e internacional. Todo esto, con la finalidad de contribuir a que la difusión de los medios de comunicación de Estado se realizara como un “Bien Público” que beneficiara el avance subjetivo de las comunidades y no como una mercancía para favorecer a los monopolios mediáticos o como un arma propagandista para legitimar al sistema político reinante.

 

Endeble “sobrevivencia artificial”

Empero, pese a que los Consejos Ciudadanos de Comunicación no contaron con fundamentos normativos para legitimar su existencia con rigor jurídico, pues sus cimientos doctrinarios desparecieron al anularse la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión del 2014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones como órgano constitucional autónomo y su omisión flagrante en la Ley Telecom 2025; dichas entidades civiles continuaros operando abiertamente de manera artificial, ya que no contaban con elementos oficiales formales que les dieran formalmente vida institucional. De este modo,  simplemente por una inercia burocrático-administrativa, tales figuras continuaron sobreviviendo con “vida artificial”, pues lo que no existe puntualmente en la nueva regulación Telecom del 2025, no tiene cimientos de continuidad jurídica.

En este sentido, su “existencia postiza” se prolongó ambiguamente en un “limbo operativo” sin raíces normativas sólidas que los sostuvieran, pues tal situación jabonosa beneficiaba al sistema político imperante.

En síntesis mediante dicha estrategia de prolongación de su existencia con “vida artificial” el modelo de la Cuarta Transformación consiguió mantener provisionalmente vivos a los Consejos Ciudadanos de Comunicación para evitar un desgaste político de mayores dimensiones que dañaría significativamente el proyecto de gobernanza mediática y política de la izquierda morenista.

 

Necesidad de su inclusión orgánica

La exigencia de inserción estructural de los Consejos Ciudadanos de Comunicación en el nuevo marco normativo de las telecomunicaciones y la radiodifusión nacional no proviene de un antojo, ingeniosidad o disparate dominguero, sino se derivó de la necesidad crucial de transformar pacíficamente a los medios de comunicación de servicio público en México. Esto debido a que tales instancias civiles son producto de una larga conquista histórica de los derechos comunicativos en México, encargados de supervisar que los canales de difusión de Estado cumplan con su responsabilidad de independencia editorial; su autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; la aplicación de reglas claras para el ejercicio de la  transparencia y la rendición de cuentas; la defensa de los contenidos de comunicación de servicio público; la aplicación de opciones de financiamiento; el pleno acceso a tecnologías y, la supervisión de reglas precisas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales en el país.

En una idea, los Consejos Ciudadanos son instancias para ejercer funciones de asesoría, evaluación y vigilancia de los contenidos de los medios públicos con el fin de  promover la pluralidad de voces, la transparencia institucional en el uso de los recursos públicos, la diversidad cultural y la independencia editorial frente a los intereses gubernamentales o corporativos.

De aquí, la enorme trascendencia estratégica que el Congreso de la Unión incorpore los Consejos Ciudadanos de Comunicación en el alma de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2025 en la República. Sin la anexión de estas relevantes figuras civiles en marco jurídico de la difusión nacional se colaborará a crear un modelo de comunicación déspota para dirigir a la sociedad y no un modelo de comunicación virtuoso para el avance civilizatorio de nuestra nación en el siglo veintiuno en México.