I.- El contexto

La realización de las próximas elecciones federales 2026-2027 deben contar con una atmósfera política más pulcra para que la débil democracia existente se consolide un poco más en México. Dentro de este contexto, es fundamental que se reduzca al máximo los elementos tóxicos que degeneran el aseo de la información electoral y se sustituyan por factores equilibrantes, higiénicos y transparentes que permitan ejercer el voto ciudadano de manera objetivamente informada y autónoma.

En este sentido, es imprescindible que en los “Lineamientos Generales de Comunicación Política”, los medios de comunicación y las plataformas digitales fortalezcan sus criterios editoriales y mecanismos de autorregulación para prevenir la difusión de discursos de odio o rencor promoviendo contenidos informativos basados en el respeto a los derechos humanos, la pluralidad y la no discriminación o el encono.

 

II.- La regulación

En la actualidad los procesos electorales se desarrollan en entornos comunicativos altamente polarizados donde la circulación de mensajes que promueven hostilidad, exclusión, segregación, anulación o violencia contra personas, instituciones o grupos sociales afectan la calidad del debate democrático, el ejercicio de los derechos políticos y la convivencia social. Por ello, la inclusión de directrices para evitar los discursos de odio resulta totalmente consecuente con los principios constitucionales de dignidad humana, igualdad, no discriminación, pluralismo y acatamiento de los derechos humanos que deben orientar la cobertura informativa de las dinámicas plebiscitarias.

III.- Los fundamentos

La regulación “anticultura del encono” es crucial incorporarla por las siguientes cinco prioridades:

1.- Contribuye a proteger la calidad democrática del debate público. Las campañas electorales deben ser espacios de confrontación de ideas, programas y proyectos políticos, no escenarios de incitación al odio, al marginamiento o la violencia. La difusión sistemática de mensajes que inciten al racismo, xenofobia, misoginia, antisemitismo, homofobia, transfobia, intolerancia religiosa y discriminación étnica, puede deteriorar gravemente las condiciones del debate democrático.

Debido a esto, resulta legítimo promover estándares éticos y normativos orientados a prevenir dichas prácticas negativas.

2.- Fortalece el respeto a los derechos humanos. El artículo 1º de la Constitución Política Mexicana prohíbe toda forma de discriminación que atente contra la dignidad humana. Asimismo, diversos instrumentos internacionales de derechos humanos reconocen la necesidad de prevenir expresiones que estimulen la violencia o el rechazo de personas o grupos históricamente vulnerables. Desde esta perspectiva, la propuesta de suprimir la narrativa intolerante es congruente con el marco constitucional vigente.

3.- Aceleración de la polarización. La experiencia nacional e internacional demuestra que durante los comicios suelen incrementarse las campañas de estigmatización, los discursos excluyentes, los ataques contra minorías, las narrativas de confrontación extrema y las manifestaciones discriminatorias. Mediante la regulación de los lineamientos de la comunicación electoral los medios de difusión colectivos y las redes socio digitales pueden desempeñar un papel relevante para evitar la amplificación irresponsable de estos fenómenos segregacionistas.

4.- Multiplicación digital de los discursos de odio. Las redes socio digítales y las plataformas digitales han facilitado la viralización masiva de mensajes discriminatorios, la agresión a los opositores, las campañas coordinadas de hostigamiento, el acoso político digital, los ataques contra grupos vulnerables y la difusión automatizada de mensajes de odio. Cuando fueron elaboradas las primeras versiones de los lineamientos electorales para la radiodifusión nacional, esta realidad no existía con la misma intensidad que ahora, por lo cual, ahora resulta impostergable actualizarlos, sumando la regulación de estas álgidas realidades en las pautas oficiales.

5.- Robustece la responsabilidad social de los medios. Los canales de comunicación no son únicamente actores económicos o tecnológicos, también cumplen funciones públicas relevantes para la democracia. Debido a ello, promover criterios editoriales orientados al respeto de los derechos humanos y a vigorizar la civilidad contribuye a elevar cualitativamente el nivel de la comunicación pública, sin afectar la libertad editorial.

IV.- Las modificaciones

Si embargo, pese a la gran relevancia que adquiere el establecer preceptos para suprimir la “cultura del odio” en las fases de comicios, el proceso normativo debe realizarse con especial cuidado para evitar interpretaciones que puedan generar restricciones indebidas a la libertad de expresión, a la crítica política, a la deliberación pública o al ejercicio periodístico. Debido a ello, se requiere incorporar, entre otros, los siguientes cuatro elementos en el terreno del equilibro político, los derechos humanos, la no discriminación, la libertad de expresión y el pluralismo político.

1.- Definición precisa de discurso de odio. Uno de los mayores riesgos en este terreno ideológico consiste en utilizar el concepto de manera ambigua. Ante esto, es fundamental que los lineamientos diferencien claramente entre lo que es el discurso de odio que promueve discriminación, fomenta hostilidad y alienta violencia contra personas o grupos; y lo que corresponde a la crítica política legítima que cuestiona la actuación de gobiernos, fiscaliza partidos, debate ideologías, censura abusos y confronta propuestas.

La narrativa de odio se refiere a expresiones ofensivas dirigidas a un grupo o individuo, basadas en características inherentes como son la raza, la religión, la nacionalidad, la ideología, la preferencia sexual, el género, o la pertenecía a un grupo y que puede poner en peligro la integridad física o moral de una persona, un sector social o la paz social. De este modo, es crucial evitar interpretar como discurso de odio la crítica política severa, el debate ideológico riguroso, la opinión periodística fundada y la investigación informativa.

Tales distinciones son fundamentales de insertar en la regulación para proteger la libertad de expresión. Nunca será suficiente  subrayar que el amparo de los derechos humanos ante el odio debe coexistir con la máxima protección a la libertad de expresión propia de una sociedad democrática.

2.- Anexión de plataformas digitales. La aplicación de las pautas no solo debe aplicarse a la radiodifusión, sino tiene que extenderse expresamente a redes socio digítales, portales informativos, canales digitales, podcasts, transmisiones en línea y a todo el espacio virtual restante debido al lugar estratégico que ocupan en el nuevo ecosistema digital de comunicación público.

3.- Capacitación especializada. Para impulsar la maduración de una atmósfera de  democracia y no una “cultura del odio”, es pertinente promover programas de formación para periodistas sobre derechos humanos, libertad de expresión, exclusión social, cobertura de grupos vulnerables, detección de mensajes de intolerancia y la libre circulación de ideas.

4.- Protección frente a la inteligencia artificial. Dentro de estas reglas es preciso que se contemplen la utilización de deepfakes, contenidos sintéticos, campañas automatizadas de hostigamiento y mensajes discriminatorios generados por la Inteligencia Artificial orientados a nutrir el hostigamiento social.

 

V.- Consecuencias de la evasión

De no incorporarse tales contrapesos jurídicos contra la promoción de la “mentalidad del odio” dentro de las dinámicas electorales, se producirían, entre otras, las siguientes tres deformaciones sobre la endeble democracia nacional:

1.- Normalización del odio como estrategia electoral. Los actores políticos descubrirían que la confrontación extrema genera mayor visibilidad y rentabilidad mediática que la discusión de propuestas racionales, sustituyendo la competencia programática por la competencia emocional. En consecuencia, la campaña electoral dejaría de orientarse hacia el contraste racional de proyectos de gobierno para transformarse en una lucha permanente de descalificaciones, insultos, escándalos y estigmatizaciones.

2.- Sustitución del debate democrático por la confrontación emocional. La deliberación pública perdería calidad, pues en lugar de examinar programas de gobernabilidad políticas públicas, soluciones nacionales, propuestas legislativas, indicadores económicos, estrategias de seguridad, planes educativos, etcétera; predominarían ataques personales, campañas de descrédito, rumores erosionantes, teorías conspirativas, desinformación mañosa y narrativas de colisión. Todo ello, produciría una ciudadanía peor informada para ejercer un voto razonado.

3.- Acrecentamiento de la polarización política. La cultura de la intolerancia aviva la lógica binaria compuesta por mentalidades maniqueas como “nosotros contra ellos”, “patriotas contra enemigos”, “buenos contra malos”, “pueblo bueno contra adversarios”, “verdad contra manipuladores”, “progresistas contra conservadores”, etcétera. Cuando esta narrativa domina el proceso electoral desaparecen los espacios para la negociación, la escucha, el consenso, el pluralismo, la tolerancia y el reconocimiento del adversario legítimo. La democracia se transforma en una trinchera de confrontación permanente con un gran desgaste para el clima de concordia nacional.

 

VI.- Civilizar la comunicación electoral

Finalmente, para cimentar la sanidad psico-electoral es fundamental que los “Lineamientos Generales de Comunicación Política” para el periodo 2026-2027, integren criterios editoriales de autorregulación y normas jurídicas que promuevan una cobertura respetuosa de los derechos humanos y de la competencia democrática, sin restringir la libertad de expresión ni la crítica política. Dichas ordenanzas deben desalentar la difusión sistemática de contenidos que inciten a la violencia, promuevan la deshumanización del adversario, fomenten la discriminación o intensifiquen artificialmente la polarización, preservando al mismo tiempo el derecho de la ciudadanía a recibir información plural, veraz y contextualizada para emitir un voto libre y razonado.

Continuará …

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