Para buscar el consenso a partir de las observaciones del Grupo Parlamentario del PAN, el presidente de la Junta de Coordinación Política (JCP) de la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal Ávila, ha postergado para la segunda semana de este noviembre la aprobación —tiene los votos— de la convocatoria para elegir a quien habrá de suplir la vacante en la presidencia del Consejo General (CG) del INE producida por la renuncia de la Sra. Guadalupe Taddei Zavala en un escandaloso entramado de señalamientos de corrupción.
Con la consigna —lo digo metafóricamente— de ¡al ladrón!, el régimen —gobierno, partido oficial y coligados— ha pretendido deslindarse de su responsabilidad en el procedimiento —formas y decisiones— que llevó al INE a quien debe ser sujeta a investigación y, en su momento y caso, sanción. Escurrir el bulto no aminora la grave crisis de pérdida de credibilidad en la cual se encuentra la institución y, en consecuencia, la afectación de su legitimidad para la organización y desarrollo de los comicios federales de 2027 y su participación en las elecciones locales de ese año.
La confianza en el INE está minada. Hay problemas de credibilidad y de legitimidad.
Hasta ahora, el régimen ha optado por suponer que por sus convicciones en el mundo de las ideas —primero los pobres, en su retórica—, son no solo innecesarios sino claudicantes, el diálogo y la convivencia democrática con quienes pueden coincidir en la premisa y compromiso de la igualdad y la justicia sociales, pero difieren en otros planteamientos sobre los asuntos públicos y la conducción de la sociedad a través del ejercicio gubernamental y de funciones de Estado. Asumen el monopolio de la autoridad moral que no se acredita y desdeñan la articulación de entendimientos y los compromisos del acuerdo. Sin embargo, ante el deterioro de la credibilidad y legitimidad del INE que han, al menos, propiciado, si no es que llevado a cabo, ¿cuál será la acción que tomarán? Afirma Monreal que desea el consenso, pero que, si es necesario, usará la mayoría del bloque oficialista.
Es la encrucijada que puede recapitularse en cinco episodios anteriores de distintas crisis de legitimidad en el sistema electoral: (i) ausencia de competencia por descalificación de las oposiciones legal y no reconocida legalmente en 1976; (ii) ausencia de aceptación del resultado electoral por la caída del sistema de registro y cómputo de resultados en 1988; (iii) ausencia de condiciones de equidad en los comicios y mejor transformación de los votos en curules y escaños de 1994; (iv) injerencia del dinero privado y de los intereses de medios de comunicación en los comicios presidenciales de 2006; y (v) diferencia entre la calidad democrática del proceso electoral federal y las características de los procesos electorales locales en 2012.
Son, sintéticamente, las génesis de las reformas constitucionales electorales de 1977, 1989, 1996, 2007 y 2014. Las tres primeras contienen la convicción del partido hegemónico (1976 y 1988) o ya en competencia (1994) por atender problemas de credibilidad y legitimidad en las instituciones electorales y su función para que la voluntad popular se expresara libre y auténticamente. Las otras dos son el producto de los acuerdos de un sistema trimembre de fuerzas políticas del mosaico nacional de esos tiempos. La o las fuerzas dominantes concluyeron que el valor del acceso al poder a través de normas, procedimientos e instituciones que bañaran de legitimidad a su ejercicio derivado era más conveniente para el país y la plural sociedad mexicana, que mantener el statu quo.
La conducta de la “mayoría sin falla” y su coalición parlamentaria en 2023 y 2026 para sortear cuatro y elegir a tres titulares de asientos en el CGINE es el origen del grave deterioro en ese órgano por la voluntad de control para su conveniencia. Si bien el daño hecho dista mucho de la posibilidad de remediarlo con la exclusiva renovación de la presidencia del Consejo, el régimen está ante un no previsto escenario cotejable con los antes aludidos. Están a la mano dos decisiones: (a) los términos y ejecución de la convocatoria anunciada, salvo que la ausencia de consenso se use para no emitirla y así enviar la señal de que no habrá palinodia; y (b) el restablecimiento de la colegialidad del CG en la realización de nombramientos y el reforzamiento del control del propio Consejo sobre la gestión administrativa—financiera del Instituto para organizar los comicios, mediante reformas inmediatas que no buscaran el pretexto de hacerse en pleno proceso electoral para no aplicarse.
Más allá de los legítimos planteamientos del GPPAN, ¿podría el régimen enriquecer la convocatoria y hacer explícitos compromisos para alcanzar el consenso con la pluralidad hasta ahora excluida? Habría que pensar en varios componentes para observarlo y evaluarlo:
(1) la conformación del Comité Técnico de Evaluación (CTE) de quienes aspiren al cargo por cinco personas reconocidas por su capacidad, prestigio y total independencia, incluso comunicándole a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el carácter que espera la JCP de sus dos designaciones;
(2) el establecimiento de las capacidades que se analizarán y cómo se evaluarán en torno a la habilidad para conducir, vgr., comprensión de la colegialidad (procesar un caso de propuesta de la presidencia que se rechaza); construcción de acuerdos (simulador de posiciones contrapuestas y negociación para venirlas); conducción imparcial del Consejo (ensayo de una sesión con debate y mociones); preparación de las deliberaciones (modelo de asunto no integrado y diseño de la ruta para presentarlo al Consejo); capacidad para modificar la posición propia (introducir en la sesión de ensayo el ejercicio); gestión del conflicto (modelo de confrontación de posiciones en el Consejo y supuesto de interés y presión política); relación con los poderes federales y locales, y los partidos (caso hipotético de solicitud de trato privilegiado); y seguimiento de las decisiones (revisión de caso con acuerdos incumplidos y diseño de un plan de seguimiento);
(3) el señalamiento del conocimiento disciplinado de la materia electoral y la forma de evaluarlo (en lo que no abundo), vgr., comprensión constitucional del sistema electoral; conocimiento integral del proceso comicial; tutela de los derechos políticos de la ciudadanía; criterio jurídico y entendimiento de la justicia electoral; comprensión de la fiscalización y la equidad; gestión de contingencias electorales; y habilidades de comunicación pública electoral; y
(4) la precisión de las capacidades administrativas, que merecen también el señalamiento de la forma de evaluarlas, vgr., capacidad de supervisión presupuestaria; comprensión de las contrataciones y su régimen; diligencia ante eventuales alertas; habilidades de dirección institucional; y elementos para acreditar independencia e integridad. No se ha practicado este acápite, pero ahora hay que soplarle al jocoque.
A su vez, sería deseable que el CTE valorara diferentes formas de apreciar las candidaturas: conocimiento (pruebas escrita y oral), habilidades (conducta en los simulacros y ensayos) y compulsa de antecedentes a la luz del reto (elementos sobre independencia e integridad) y una tabla de evaluación con las categorías para reconocer lo insuficiente, lo básico, lo sólido y lo sobresaliente. Es decir, no únicamente el examen de conocimentos para los cortes y entrevistas generales que no permiten una evaluación adecuada al cargo al cual se aspira.
Si la selección de las cinco personas mejor evaluadas obedece a criterios imparciales y de rigor, construir el acuerdo amplio para la elección sería factible. La insaculación es la solución constitucional a la ausencia de consenso sobre propuestas comparables en mérito y capacidades, no la vía para sortear el cargo entre las preferencias de la mayoría, como en 2023. Tampoco genera confianza cubrir la forma de los dos tercios sin auténticos acuerdos.
Sin consenso en la convocatoria, no lo habrá en el proceso. ¿Qué va a ser? ¿Voluntad de acuerdo para atender la crisis de credibilidad y legitimidad? ¿O simulación de la mano de las formas constitucionales, abandonándose el fin sustantivo que tutelan?
