La aprobación de la contrarreforma comunicativa hacia los derechos de las audiencias generadas por el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, la Iglesia, los medios comerciales de difusión, la Cámara de la Industria de la Radiodifusión y otros sectores empresariales llevó a la sociedad mexicana a enfrentarse a un modelo de comunicación y cultura colectiva regresivo, contrademocrático y anticivilizatorio que fracturó comunicativamente el Estado democrático en México. Dicha política provocará, entre otras, las siguientes consecuencias en diversos ámbitos de la vida nacional que impactarán el futuro de la sociedad mexicana en el siglo XXI.

Comunicación de servicio público

  1. Con la modificación del artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se anuló la concepción del “servicio público” reconocido en 2013 en la fracción III del artículo sexto de la Constitución y en la reforma de las telecomunicaciones y la radiodifusión. De esta forma, ya no será obligatorio que el “servicio público” en radio y televisión se preste en condiciones de competencia y calidad, brindando los beneficios de la cultura, preservando la pluralidad, la veracidad de la información, la objetividad de los datos y el fomento de los valores de la identidad nacional. Así, los concesionarios solo deberán garantizar la calidad técnica del servicio informativo y ya no tendrán que cumplir con el mandato de contribuir a la satisfacción de los fines educativos y culturales establecidos en el artículo tercero de la Carta Magna.
  2. El “servicio público” de la comunicación se desnaturalizó en su esencia social y se adaptó a una bárbara concepción ideológico mercantil que lo redujo a una simple acción uniforme y regular informativa que deben ofrecer los concesionarios de la comunicación, según el régimen legal que tienen autorizados, pero sin obstáculos o intervenciones del Estado para evitar el entorpecimiento del libre ejercicio de la competencia empresarial en este campo. Ello significa el respeto irrestricto por parte del gobierno a horarios, contenidos, porcentajes, políticas, calidad de las señales, decisiones que adopten unilateralmente los concesionarios de la radiodifusión.
  3. Las nociones de “servicio público”, “libertad de información”, “derecho a la comunicación”, “derecho a la cultura”, “derecho de réplica” quedaron forzadamente adaptadas a las diversas necesidades de éxito de la programación comercial de los concesionarios que en el fondo no fue otra cuestión que el reacomodo de la normatividad comunicativa a las necesidades de acumulación de capital, vía la acción simbólica que producen las industrias culturales electrónicas.
  4. Mediante la anulación del concepto de “servicio público” quedó convertido en una simple “mercancía” que no obedece a los criterios de ética, competencia, objetividad, respeto, pluralidad, independencia, sino a la burda lógica del negocio desregulado. Debido a esto, las audiencias perdieron sus garantías comunicativas ciudadanas y quedaron compactadas nuevamente como meros consumidores tradicionales, sin derecho a ser informados y beneficiados con la riqueza que aporta la cultura.

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