La contrarreforma hacia las audiencias/XIV-XX
Al admitirse en el Congreso de la Unión en 2017 la contrarreforma comunicativa hacia los derechos de las audiencias por el PRI, el PAN, el PVEM y Panal, se provocarán, entre otras, las siguientes importantes secuelas en distintos niveles para el desarrollo de la sociedad mexicana:
Protección de la sociedad
- Con la desnaturalización de la noción del servicio público se desarmó una institución jurídica primigenia del Estado mexicano, y se regresó a la definición de la antigua Ley Federal de Radio y Televisión que protegió a los concesionarios, a través de la aplicación de la categoría del interés público, la cual ampara la realización de los negocios de los propietarios de los medios con el gobierno y los partidos, y la ejecución de grandes abusos mediáticos de los concesionarios de la radiodifusión nacional sobre los ciudadanos.
- Al cancelarse la noción del servicio público se introdujo una visión anarco-liberal que permitió que los consorcios privados de la radiodifusión utilizaran el espectro radioeléctrico, que es patrimonio de la nación, como extensión de la propiedad privada de los concesionarios para alcanzar la realización de sus fines económicos, políticos e ideológicos en el país, y no para respaldar los fundamentos del “bien común”. De esta forma, podrán explotar este bien del dominio público para realizar juicios mediáticos, promover infocomerciales sin límites, transmitir “programación basura”, presionar políticamente a figuras públicas, manipular coyunturalmente la información, intensificar su cuota de publicidad, dañar la formación psicoemocional de los niños y adolescentes, desacreditar a sus opositores, etc., en nombre del ejercicio de la “libertad de información” y de la “democracia”.
- A través de la reorganización amañada de la médula del proceso de comunicación de servicio público, ni siquiera el interés superior de la infancia debería ser protegido, pues lo único que tendría que garantizar el Estado es la “libre competencia empresarial”. Mediante dicho mecanismo jurídico manipulador, se impusieron los intereses mercantiles de los propietarios de los medios electrónicos en el corazón del proceso de la comunicación colectiva y se marginaron o anularon los derechos más elementales de las audiencias reconocidos por la Constitución política mexicana.
- En el fondo, lo que se buscó derogar con la contrarreforma no fue el derecho de las audiencias que demandaba implementar la diferencia clara entre la información noticiosa y la opinión de quien la presenta. Tampoco era evitar la obligación de los concesionarios para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa con objeto de que no se continuara engañando a las audiencias. El verdadero trasfondo fue el vaciamiento jurídico de la gran fuerza que poseía el concepto de servicio público de la radiodifusión, con el fin, por una parte, de fortalecer desmedidamente la racionalidad del bussines de los monopolios informativos comerciales, a costa del “bien común”; y por otra parte, evitar que los concesionarios tuvieran que proporcionar obligatoriamente los beneficios de la cultura, la preservación de la pluralidad y la veracidad de la información.
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