Cuando se compara la cifra total de la estimación presupuestal para el siguiente ejercicio fiscal y el monto estimado para el financiamiento público de los partidos políticos, esta última aparece en su dimensión real para las finanzas del país. Para el 2020, de 6.1 billones de pesos que se estima gastar a través del Presupuesto de Egresos de la Federación, la cifra de 5.2 mil millones para las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales en ese año, no resulta desproporcionada.
Con relación al tamaño de la economía mexicana y al cúmulo de funciones a cargo del poder público, la posibilidad de que las formaciones partidarias cuenten con recursos financieros para el cumplimiento de sus funciones constitucionales no parece una asignación ajena a los objetivos democráticos de nuestro país.
Sin embargo, las percepciones públicas más extendidas oscilan entre quienes piensan que se trata de dinero público que podría dedicarse a otros menesteres y quienes incluso consideran que no correspondería al Estado sustentar el funcionamiento de los partidos con el erario.
En general, duele reconocerlo por su naturaleza indispensable para el sistema democrático, hay una carga de desprestigio para esas organizaciones políticas. De hecho, se asume como bandera para las propuestas de toda índole en materia electoral, que dicho financiamiento ha de ser disminuido para recobrar una parte del aprecio erosionado o, peor aún, de la legitimidad perdida. La pertinaz crítica a la figura del financiamiento público ha logrado hacer mella.
En abstracto, y sin demérito de que cada partido da cuenta del destino que otorga los recursos recibidos del presupuesto federal, a través de un robusto sistema de fiscalización a cargo del Instituto Nacional Electoral, la realización de actividades políticas para plantear ideas y propuestas, proponer candidaturas a cargos de elección popular y solicitar el voto del electorado para unas y otras, implica necesariamente de la posibilidad de disponer de recursos. Esas actividades requieren de financiamiento.
Al avanzar nuestro país del sistema de partido dominante al de partidos en competencia por el poder en condiciones de equidad, el tema del financiamiento de sus funciones por razones de interés público llevó a la conclusión de proveer y destinar recursos presupuestales a las organizaciones que alcanzaran el rango de partido político.
No me detengo en este aspecto porque si es actual la deliberación –por ejemplo– sobre el rebase los topes de las campañas electorales y las fuentes de esos recursos, la supresión e, incluso, la disminución sensible de recursos destinados a estos entes intermedios entre la sociedad y el acceso al poder público y el gobierno traería consigo un tema peor: el financiamiento por parte de organizaciones delictivas o de grupos de interés, cada uno con los apetitos correspondientes a su naturaleza y tendencias.
La evolución del sistema democrático mexicano y la realidad imperante en el país refrenda la necesidad de mantener el financiamiento público de los partidos políticos, pero a la luz de una revisión crítica de su concepción y de sus alcances. Es momento de movernos a un terreno distinto al de la sola reducción del financiamiento público, tanto en atención a la sensibilidad que merece la opinión de la sociedad como en virtud de otros referentes que abonen a privilegiar la voluntad ciudadana y transparencia. Parece relevante adentrarnos en los presupuestos y normas que rigen el financiamiento de los partidos políticos.
Hoy los referentes del financiamiento federal para los partidos son: la función de integrar democráticamente los órganos del poder; la asignación para actividades ordinarias permanentes basada en un monto global resultante de multiplicar el número de personas en el padrón electoral por el 65 por ciento del valor de la unidad de medida y actualización (UMA); una asignación similar para solicitar el voto en los años electorales; franquicias postales y telegráficas para su funcionamiento; el tres por ciento del total de su financiamiento anual para actividades específicas de formación, investigación y divulgación políticas, y límites anuales para el financiamiento privado de militantes (2 por ciento del financiamiento ordinario total a todos los partidos) y simpatizantes durante las campañas (diez por ciento del tope de gasto de la elección presidencial anterior).
Actualmente el financiamiento público está anclado al crecimiento del padrón electoral, tanto para las aquellas ordinarias como para la realización de las campañas y la posibilidad de obtener financiamiento privado es deliberadamente bajo. El establecimiento de estas bases son el detonador de las propuestas de disminución de recursos del erario con la reducción del porcentaje de la UMA en su relación con el padrón electoral. La fuente principal de recursos está ligada a la ampliación del padrón electoral por el solo acceso de las personas a la ciudadanía.
¿Cómo salimos de esa tendencia? Hay varios puntos para la reflexión: a) vincular el cálculo del financiamiento público a la votación ciudadana, como ha sido planteado en distintas iniciativas, de tal suerte que sin voto no hay financiamiento; b) abrir el tope establecido para el respaldo ciudadano en las modalidades del militante y del simpatizante, sobre la base de su fiscalización estricta y el mantenimiento de motos individuales bajos a sus aportaciones, sin limitarlo incluso al monto total de los recursos públicos que reciban; y c) establecer el objeto del financiamiento público y factibilidad de su evaluación objetiva.
Los dos primeros elementos hacen recaer el financiamiento de la determinación del ciudadano, con su voto o su aportación. En el tercero estaríamos ante una re-elaboración de la razón de ese financiamiento. La auténtica consolidación del sistema de partidos deviene de que estos abonen al desarrollo político propio y, por esa vía, al desarrollo político de la Nación. El desarrollo político es un proceso continuo.
Si los partidos deben dedicar parte de su financiamiento a las actividades específicas ya referidas, ¿por qué no establecer que en aras a cumplir sus funciones constitucionales deba acreditarse la utilización del financiamiento público para llevar a cabo el desarrollo político de la organización partidaria: estructuras conformadas y operantes para que la militancia profundice su participación política en la discusión y adopción de las decisiones del partido?
En otras palabras, el uso del dinero público para la construcción de la ciudadanía militante que enriquece la capacidad de la organización en competencia democrática por la voluntad ciudadana. Dinero no sólo justificable, sino evaluable en su uso. El financiamiento público deberá generar desarrollo político al interior del partido. Si eso no se acredita no habría justificación para su utilización ni sustento para recibirlo en el siguiente presupuesto.
