En las últimas semanas el tema de la Reforma al poder judicial federal, también conocido como Plan C ha ocupado la discusión pública de manera muy relevante, incluso este espacio ha dedicado varias entregas a su descripción y análisis desde su presentación el pasado 5 de febrero. Sin embargo, un tema que no se ha abordado ni ha ocupado esos espacios de discusión es el tema de la paridad de género y la carrera judicial; ni como se verá afectada de manera relevante en caso de aprobarse la reforma en sus términos.

Se ha mencionado en este mismo espacio, que la reforma judicial aprobada durante el sexenio que está por terminar y cuya iniciativa hizo suya el presidente López Obrador, se presentó como la gran reforma al poder judicial federal, como una reforma que verdaderamente podría transformar el acceso a la justicia federal insistiendo desde luego que no era una reforma integral de la justicia mexicana, pues para ello sería necesaria una profunda reflexión, cuando menos respecto a la justicia local y a la procuración de justicia.

No obstante lo claro del diagnóstico, desde ese 2021 y hasta ahora no se ha presentado ninguna propuesta de gran calado en materia de justicia local ni en materia de procuración de justicia; y lamentablemente en la propuesta de reforma al poder judicial que se está discutiendo, tampoco se está planteando una reforma integral de la justicia mexicana, y no va a servir para corregir los problemas que desde la parte discursiva se refieren, sino que va a afectar la parte de la justicia federal que funciona.

Enfrascarnos hoy, en la antesala de la transferencia del Poder Ejecutivo a la primer Presidenta de México, a tan solo tres años de la aprobación de la gran reforma al Poder Judicial Federal, so pretexto de democratizar los procesos de designación de las personas juzgadoras, es además de una tomada de pelo, una afrenta grave a las personas juzgadoras y a las personas trabajadoras del poder judicial federal.

Se insiste en este llamado de atención toda vez que lo que se pretende reformar no es la justicia mexicana de manera integral; pues no toca ni la justicia local, ni las fiscalías; tampoco es una reforma que vaya a revertir la reforma planteada por el presidente Zedillo a finales de 1994; pues en realidad la reforma propuesta por AMLO le está dando revés a la reforma propuesta por el propio AMLO y por la legislatura saliente.

Esa reforma que con bombo y platillo se mediatizó como la gran reforma al poder judicial federal desde la de 1995, cuyos ejes principales eran: “la consolidación de la Suprema Corte como tribunal constitucional; la Ley de Carrera Judicial, la cual permitirá que el acceso a todos los cargos sea mediante concurso; la transformación del Instituto de la Judicatura Federal en una Escuela Federal de Formación Judicial para tener más y mejores juezas y jueces”. ¿Por qué revertirlo todo? ¿Por qué ahora? ¿Por qué afectar la carrera judicial recién diseñada? Suena más a capricho, venganza que diagnóstico y propuesta con aras de verdadera transformación de cara a la justicia que necesitamos. En la reforma de 2021 se contemplaron como ejes el combate a la corrupción, al nepotismo, a la impunidad y el acoso sexual; se impulsó la paridad de género como política pública y como eje de la carrera judicial, además de fortalecer el Instituto Federal de Defensoría Pública para brindar acceso a la justicia de calidad a aquellas personas que menos tienen. La iniciativa de reforma de 2021 se presentó, discutió y aprobó bajo la lógica de que la misma había sido presentada por el Ejecutivo Federal a propuesta del propio Poder Judicial de la Federación; como resultado de una profunda reflexión sobre sus fortalezas y debilidades, de su experiencia, de su visión y de su compromiso para lograr una mejor justicia para las mexicanas y los mexicanos.

A continuación, me referiré precisamente a la carrera judicial, precisamente porque algunos de los ejes principales de la reforma de 2021 (la reforma de AMLO) fueron: i) la consolidación de una verdadera carrera judicial para todas las categorías, a las que se acceda por concurso de oposición; ii) la limitación a la discrecionalidad de los nombramientos otorgados por jueces y magistrados, para garantizar que solo se otorguen a los vencedores en los concursos; iii) el establecimiento de políticas que orienten las determinaciones del Consejo de la Judicatura Federal en materia de adscripciones, readscripciones, reincorporaciones y ratificación de juzgadores; iv) el reforzamiento de las facultades institucionales de combate a la corrupción y al nepotismo; v) el impulso a la capacitación y profesionalización del personal otorgándole a la Escuela Judicial un rol central en los concursos de oposición, confiriéndole también la capacitación y la carrera judicial de los defensores públicos; entre otros puntos que en caso de aprobarse la iniciativa planteada en febrero sin duda implican un retroceso en términos de capacitación y profesionalización de las personas juzgadoras federales.

Hay que mencionar que la iniciativa propuesta marca una afectación relevante y diferenciada a las mujeres juzgadoras federales. Me atrevo a mencionarlo pues ha sido un tema ausente en la discusión pública. Desde la aprobación y publicación en 2019 de la reforma de paridad en todo, se estableció, en lo que atañe al Poder Judicial Federal, que, para la integración de los órganos jurisdiccionales, se observaría el principio de paridad de género, mediante concursos de oposición abiertos.

Esta reforma ha significado sin duda, una oportunidad histórica y justa para abrir las puertas al talento de las mujeres mexicanas en los poderes públicos y los puestos de decisión. Y el Poder judicial de la Federación no ha sido la excepción, con base en el principio de paridad de género de la Carrera Judicial, se contempla la posibilidad de llevar a cabo concursos de oposición dirigidos exclusivamente a mujeres para cerrar la gran brecha de género que aún existe.

Dentro de la carrera judicial también se han establecido reglas precisas para lograr una composición igualitaria entre hombres y mujeres en las distintas etapas y procesos que comprende la Carrera Judicial. Así, se exige que de manera integral y en cada nivel de cargo o escalafón, cuando menos la mitad de las plazas sean ocupadas por mujeres. Además, hay constante sensibilización y se imparten capacitaciones sobre la perspectiva de género y la paridad. Por ejemplo, se estableció: la capacitación obligatoria en igualdad de género para todas las personas servidoras públicas que integran el Poder Judicial de la Federación; la obligación para todas las personas que integran la Carrera Judicial de tomar el “Curso Básico de Género”; la obligación de tomar el “Curso para generar espacios libres de violencia” para todas las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación.

También debe mencionarse que se otorgó el reconocimiento internacional a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal, del Poder Judicial de la Federación, al recibir el Premio Interamericano a las Buenas Prácticas para el Liderazgo de las Mujeres”, con el que se reconoce a dicha institución por contar con las mejores políticas públicas para el liderazgo de las mujeres en el continente. Con lo que se reconoce que las políticas públicas implementadas en dicho poder, como parte de una estrategia integral para lograr la igualdad de género al interior de sus filas y en todas sus sentencias.

En el mes de julio de 2019 se emitió la convocatoria el primer concurso exclusivo para mujeres para la designación de 25 juezas de distrito. El objetivo fue iniciar un proceso real dentro del Poder Judicial de la Federación tendiente a alcanzar la paridad de género. El resultado, según se dio cuenta desde el propio Poder Judicial Federal, fue todo un éxito: 25 juzgadoras con las mejores calificaciones de los últimos 9 años (incluyendo hombres y mujeres) y la mayor participación de mujeres en la historia de los concursos mixtos anteriores. ¿Qué va a pasar con esas 25 juezas de distrito designadas hace apenas 5 años, en la antesala de su ratificación? ¿Se vale obligar a 25 mujeres juzgadoras cuyos resultados fueron excelentes a ser sometidas a una elección? Se dijo entonces que el compromiso con la igualdad de género era una da las principales líneas de la administración en turno; y así debe seguir siendo puesto que es imposible hablar de justicia si no hay igualdad.

Es tiempo de mujeres, tenemos una mujer presidenta electa; una mujer en la presidencia de la SCJN, una mujer al frente del Consejo General del INE, más de 15 mujeres gobernadoras, y paridad en el poder legislativo; ¿porque entonces afectar a las talentosas mujeres que desde la carrera judicial, y por concurso, han accedido al cargo de juzgadoras federales?