Aún sin la presentación formal de su iniciativa ante cualquiera de las cámaras federales, el 25 de febrero la titular de la presidencia -con la participación de la secretaria de Gobernación- dio a conocer sus contenidos generales. El contexto fue doble, la falta de acuerdos con el PVEM y el PT, integrantes de la coalición parlamentaria que hace posible la mayoría calificada necesaria para las reformas constitucionales, y la convicción sobre el saldo impopular para quienes no atiendan sus criterios, pues insistió en conjuntar el cumplimiento de lo ofrecido al pedir el sufragio popular y obtenerlo, y dar satisfacción a la opinión reflejada en encuestas sobre lo que desea la ciudadanía sea modificado en los sistemas de partido y electoral.

Se destacaron cuatro ejes para enmarcar el contenido de los planteamientos: modificar la relación entre la persona representante popular plurinominal y las personas electoras; reducir el gasto público destinado a la organización de los comicios y para el financiamiento de los partidos; robustecer el sistema de fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos y las candidaturas, y fortalecer la previsión y el uso de las figuras de la democracia participativa en todo el país, poniéndose el acento en las esferas local y municipal. De ahí se desprendieron 10 puntos, de los cuales dos -prohibición de candidaturas de familiares y no reelección inmediata donde se permitió con la reforma de 2014- ya fueron aprobados y diferidos en su aplicación para 2030.

A partir de la censura a la ausencia de campañas específicas para que las candidaturas de representación proporcional entren en relación con las personas ciudadanas, pidan el voto y establezcan compromisos con quienes sufragan, se anunciaron nuevas formas para dilucidar la asignación de las diputaciones plurinominales. En el caso del Senado la propuesta es suprimir las 32 senadurías de la lista nacional que se asignan en proporción a la votación obtenida por cada partido en todo el país; un Senado de 96 integrantes sin personas legisladoras de representación proporcional, eligiéndose 64 por el principio de mayoría relativa (dos por cada entidad federativa) y 32 por la vía de obtener la segunda mejor votación en la entidad.

Se postula, con razón, que las senadurías de lista nacional desnaturalizaron la representación paritaria de las entidades en esa cámara; y se implica que la presencia de las minorías estará garantizada por la elección de dos tercios de la representación de la entidad a la mayoría y un tercio a la minoría.

El planteamiento es la vuelta a la reforma del 3 de septiembre de 1993 y el transitorio para los comicios de 1994, pues 32 senadores electos en 1991 concluirían en 1997. En 1994 se eligieron dos senadurías de mayoría y una de primera minoría en cada entidad y se habría elegido una senaduría de mayoría para 1997-2003, conservándose la renovación parcial a lo largo del período presidencial. Iba a ser un Senado de 128 miembros, con 96 de mayoría y 32 de primera minoría.

¿Qué ocurrió en la reforma política de 1996? El Senado había integrado a tres cuartas partes de sus miembros para el período 1994-2000 y en 1997 habría que elegir personas senadoras de mayoría por dos legislaturas. Se acordó retirar la renovación parcial cada tres años y no hacer una elección de mayoría por tres años para ir a la elección integral en 2000; la solución fue la lista nacional para el período 1997-2000 y en las sucesivas elecciones para el Senado, abriéndose la puerta a la desvinculación de las senadurías de representación proporcional de las entidades como integrantes de la Federación.

En 1993 se optó por tres senadurías de mayoría y una de primera minoría (128) y en 1996 por dos de mayoría, una de primera minoría y listas nacionales de representación proporcional para asignar 32 escaños (128). En la decisión de 1993 estaban los ecos numéricos de 1977 para la Cámara de Diputados: 75 por ciento de mayoría y 25 por ciento de minoría; esto se atemperaría con la aparición de la asignación de representación proporcional de 1996.

Si bien la supresión de ésta devolvería la esencia federalista al Senado, sus efectos para la representación de la pluralidad tenderían a disminuir. Por ejemplo, si con la propuesta que se anuncia proyectamos la votación de 2024 a 2030, solo como datos para el análisis, Morena obtendría 46 senadurías (44 de MR y 2 de PM), el PAN 16 (cuatro de MR y 12 de PM), el PRI 12 (todas de PM), el PVEM 11 (nueve de MR y dos de PM), el PT siete (todas de MR), MC dos (ambas de PM) y otra fuerza política dos (ambas de PM), a la luz de la pérdida de registro del PRD y la aparición de otras fuerzas, lo que representaría porcentajes de 35.93, 12.5, 9.37, 8.59, 5.46, 1.56 y 1.56, respectivamente, de la Cámara, con porcentajes de votación para Morena, PVEM y PT (en coalición y sin ella) de 54.86; para PAN, PRI y los números del PRD (también en coalición o sin ella) de 30.39, y para MC de 10.94. Las tres primeras fuerzas, obtendrían 64 escaños, que equivalen al 66.66 por ciento de su integración propuesta (96). Es decir, una sobre representación por efectos del sistema electoral de12 por ciento. Con menos votos se obtienen más senadurías al otorgarse dos escaños a la mayoría y uno a la primera minoría en cada entidad federativa.

La apreciación de la conformación del Senado cabe verla a la luz del principio federativo o de igualdad de sus integrantes por cada entidad, pero también con base en el principio de reconocer la representatividad de cada fuerza política en virtud del sufragio obtenido, a fin de buscar que el efecto de cada voto sea lo más similar posible.

Si la propuesta es reducir el número de personas senadoras a 96, así como de vincular a cada persona electa con el ejercicio del sufragio activo de la ciudadanía, el sistema electoral que conjunta la aspiración federal con el compromiso del mayor equilibrio representativo a partir del voto, es adoptar el sufragio de cada quien por la fuerza política de su preferencia con tres fórmulas de candidaturas y la elección de cada persona senadora en razón del 33.33 por ciento de los votos para la boleta correspondiente y las votaciones subsiguientes más cercanas a ese porcentaje, incluido el resto mayor de la fuerza política que lo rebasó.

Si en una entidad un partido o coalición obtiene 42 por ciento de la votación, otro 30 por ciento, otro 20 por ciento y uno más 8 por ciento, las fuerzas con los tres resultados más altos obtendrían un escaño cada una. En la iniciativa anunciada el primer partido lograría dos escaños y el segundo uno, sin la posibilidad de representación para otra fuerza. La obtención de dos senadurías al resultado mayoritario sin compararlo contra la votación de otras formaciones políticas significa un “bono” implícito por triunfar, pero sin reparar en el efecto de la mayor igualdad posible que cabe dar a cada sufragio. ¿Premio a la mayoría o representatividad acorde al respaldo popular en las urnas?

El planteamiento de suprimir la lista nacional atiende el principio federal, pero el sistema de votación mayoritaria y segunda mejor votación premia a la primera fuerza por encima de otras con mayor votación. La mejor forma de traducir votos en senadurías se concreta si cada escaño se aprecia con base en el porcentaje real de respaldo popular y la regla del tercio de la votación total (o lo más cercano a ello) para alcanzarla.

En la propuesta presidencial parece recuperarse la vieja idea de hacer del Senado la cámara de seguridad de la presidencia; es decir, presencia de las minorías pero no acorde a su fuerza electoral, aunada a la factibilidad de alcanzar una mayoría calificada con base en el diseño, no en los votos. Es positiva la integración del Senado con el mismo número de representantes por entidad, pero es negativa la regresión en el equilibrio del voto que sustenta tanto a la mayoría, como a las minorías.