El llamado “Plan B” impulsado por la llamada Cuarta Transformación se presenta bajo una fórmula tan sencilla como políticamente eficaz, la de reducir privilegios y ampliar la participación ciudadana. La promesa así enunciada es no solo atractiva, sino aparentemente incuestionable, por lo menos en su superficie. ¿Quién podría oponerse a una política más austera y a una ciudadanía más involucrada? Bajo esa lógica, el oficialismo escuetamente señala que su propuesta se estructura en tres ejes, a saber:  fijar un tope al presupuesto de los congresos locales, limitar el número de regidurías en los municipios y “ampliar” los supuestos temporales en que puede solicitarse la revocación de mandato. Todo ello (nos aseguran) generaría un ahorro superior a los cuatro mil millones de pesos. La ecuación, en apariencia, es impecable, menos gasto, más democracia.

Sin embargo, la historia constitucional enseña que las fórmulas demasiado simples suelen ocultar problemas complejos. Y este caso no es la excepción. Porque detrás de esa narrativa de austeridad y participación se despliegan una serie de decisiones que no sólo afectan el gasto público, sino que inciden directamente en la arquitectura del poder. No se trata de una reforma administrativa, sino de una intervención estructural en el equilibrio entre instituciones, niveles de gobierno y actores políticos. El problema, por tanto, no es el objetivo declarado, sino los medios propuestos para alcanzarlo.

Reducir los presupuestos de los congresos locales puede parecer razonable en un contexto de exigencia de austeridad. Pero sin un análisis serio de sus funciones sustantivas, cargas de trabajo y necesidades técnicas, el recorte deja de ser una medida de eficiencia para convertirse en un factor de debilitamiento institucional. Un congreso con menos recursos no es necesariamente más eficaz; puede ser, simplemente, menos capaz de legislar, fiscalizar y ejercer control sobre el Ejecutivo. Cuando la austeridad no distingue entre privilegio y capacidad institucional, termina erosionando precisamente aquello que busca corregir.

Algo similar ocurre con la propuesta de limitar el número de regidurías bajo un criterio uniforme: una sindicatura y hasta quince regidores, sin atender a las diferencias entre municipios. Aplicar la misma fórmula a Tijuana que a una comunidad rural revela una lógica centralista incompatible con la diversidad territorial del país. El municipio ha sido, históricamente, un espacio de representación y pluralidad. Reducir sus órganos de gobierno no garantiza mayor eficiencia; puede, en cambio, acotar la deliberación pública y concentrar decisiones.

El problema no es sólo técnico, es también constitucional. Imponer desde el centro límites homogéneos a congresos locales y ayuntamientos implica intervenir en la esfera de autonomía de las entidades federativas. El federalismo no fue diseñado para abaratar el Estado, sino para distribuir el poder. Al uniformar su organización desde el ámbito federal, se desdibuja esa lógica y se revive una tensión histórica entre centralismo y autonomía.

Además, la reducción de espacios de representación tiene efectos políticos claros. En un contexto donde la pluralidad persiste, sobre todo a nivel local, disminuir el número de cargos electivos limita la presencia de fuerzas distintas al partido en el poder federal. No es una medida neutral: es una decisión que incide directamente en la distribución territorial del poder y en la calidad de la competencia democrática.

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Pero quizá el aspecto más delicado de la propuesta se encuentra en la llamada “ampliación” de los supuestos temporales para solicitar la revocación de mandato. El término no es casual. Hablar de ampliación sugiere expansión de derechos, mayor apertura democrática. Sin embargo, en el contexto actual, lo que se propone no es ampliar el derecho ciudadano, sino modificar las condiciones bajo las cuales ese derecho puede ejercerse, alterando uno de los elementos centrales de su diseño constitucional, el de su separación de los procesos electorales ordinarios.

La revocación de mandato, tal como fue incorporada al texto constitucional en 2019, responde a una lógica precisa. Es un mecanismo de democracia directa que permite a la ciudadanía decidir la conclusión anticipada de un encargo público a partir de la pérdida de confianza. No es una elección, ni una ratificación, ni un referéndum de popularidad. Es un instrumento de control. Por ello, el Constituyente estableció reglas claras, su activación depende de la iniciativa ciudadana, su organización corresponde a autoridades electorales autónomas y, de manera particularmente relevante, su realización no debe coincidir con procesos electorales. Esta última condición no es un detalle técnico o inocuo, sino una salvaguarda esencial para evitar que la revocación se convierta en una herramienta de movilización partidista o en un plebiscito encubierto.

Hoy, esa lógica se encuentra en riesgo. La propuesta de hacer coincidir la revocación de mandato con la jornada electoral de 2027 (una elección que, además, incluiría la segunda parte de la elección judicial) no sólo altera el calendario, sino que modifica la naturaleza misma del mecanismo. Al empatar ambos procesos, la revocación deja de ser un ejercicio autónomo de control ciudadano para integrarse a la dinámica de competencia electoral. Y en ese contexto, resulta inevitable que se transforme en un instrumento de ratificación política.

Este riesgo no es hipotético. México ya vivió una experiencia que permite anticiparlo. En abril de 2022 se llevó a cabo el primer ejercicio de revocación de mandato a nivel federal. Lo que debió ser un momento histórico de evaluación ciudadana derivó en un proceso profundamente distorsionado. La propia formulación de la pregunta (que incluía la opción de que el presidente “siguiera en su cargo”) convirtió el mecanismo en un referéndum de permanencia. El debate público se polarizó hasta el absurdo. El gobierno y su partido llamaban a participar; la oposición promovía la abstención. El eje de la discusión dejó de ser la rendición de cuentas para convertirse en una disputa política sobre la legitimidad del ejercicio. El dato final fue revelador. Apenas participó el 17% del electorado, muy lejos del 40% necesario para que el resultado fuera vinculante. La ciudadanía, en ausencia de un incentivo electoral mayor, no acudió. Y es precisamente ahí donde se encuentra una de las claves para entender la propuesta actual. Empatar la revocación con elecciones de alta concurrencia no responde a una preocupación democrática, sino a una lógica de movilización. Se trata de asegurar participación y, con ella, resultados políticamente funcionales.

En este contexto, la iniciativa va aún más lejos. No sólo plantea la coincidencia temporal, sino que abre la puerta a la intervención directa de la persona titular del Ejecutivo en la difusión del proceso y en la promoción del voto a su favor. La justificación (que la presidenta “pueda hablar”) revela una comprensión profundamente problemática de la figura. La revocación de mandato no es un espacio de defensa política ni un foro de deliberación gubernamental. Es un mecanismo diseñado, precisamente, para sustraerse de la lógica del poder. Permitir la intervención del Ejecutivo no equilibra el proceso; lo desequilibra.

La prohibición vigente no es una restricción arbitraria, sino una garantía de neutralidad. En un sistema presidencial, la investidura no es neutra. La palabra del Ejecutivo tiene un peso político, institucional y mediático que ningún otro actor posee. Afirmar que su participación no implica uso de recursos públicos es ignorar que el poder mismo (su visibilidad, su capacidad de agenda, su presencia permanente en el espacio público) constituye un recurso. Más aún, la propuesta de reducir la veda de propaganda gubernamental agrava este problema al ampliar los márgenes de intervención en el periodo previo al ejercicio.

El resultado de esta combinación es evidente, una revocación empalmada con elecciones, con alta participación inducida por la concurrencia electoral, y con un Ejecutivo autorizado para intervenir activamente en su promoción. No se trata de fortalecer un derecho ciudadano, sino de modificarlo para hacerlo funcional al poder.

El problema de fondo, entonces, no es la austeridad ni la participación, sino la forma en que se invocan para justificar cambios que alteran los equilibrios institucionales. La narrativa de “reducir privilegios y ampliar la participación” funciona como una coartada discursiva para una reforma que, en los hechos, concentra poder, debilita contrapesos y flexibiliza reglas diseñadas para contener la intervención gubernamental.

Y hay, además, una ironía difícil de ignorar. Muchas de las estructuras que ahora se pretende “ajustar” (congresos locales, ayuntamientos) están hoy gobernadas por el propio oficialismo. La austeridad, en este contexto, no aparece como un mecanismo de corrección, sino como una forma de desplazar responsabilidades. No se corrigen los excesos; se reconfiguran las reglas.

Las democracias que han experimentado procesos de deterioro institucional comparten como patrón en común la utilización de mecanismos de participación directa como herramientas de legitimación del poder. Se invoca al pueblo, pero se diseñan las condiciones para orientar su decisión. Se amplía formalmente la participación, pero se condiciona materialmente su ejercicio. En ese tránsito, lo que se debilita no es sólo una figura jurídica, sino la confianza en el sistema democrático.

México se encuentra hoy frente a ese riesgo. La pregunta no es si la política puede costar menos, sino a qué costo institucional se pretende lograr ese ahorro. No es si la ciudadanía debe participar más, sino bajo qué condiciones lo hará. Porque cuando los mecanismos de control del poder son rediseñados por quienes lo ejercen, dejan de ser instrumentos democráticos y se convierten en herramientas de poder.

La revocación de mandato fortalece la democracia cuando permite a la ciudadanía remover a sus gobernantes. Pero cuando el gobernante redefine sus reglas para influir en la ciudadanía, deja de ser un derecho y se convierte en una estrategia de captura política.